Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2019 (19/09/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 42
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NORMAS LEGALES
Jueves 19 de setiembre de 2019 /
El Peruano
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. el traslado de diversas agencias ubicadas en los departamentos de Arequipa, Junín y Huánuco
RESOLUCIÓN SBS Nº 4114-2019 Lima, 9 de septiembre de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. para que se le autorice el traslado de 3 agencias ubicadas en los departamentos de Arequipa, Junín y Huánuco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones SBS Nº 10459-2011, Nº 8467-2010 y Nº 2879-2008 del 07/10/2011, 03/08/2010 y 04/07/2008, se autorizaron la apertura de las agencias ubicadas en los departamentos de Arequipa, Junín y Huánuco, respectivamente; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de las agencias solicitadas; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución Nº 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. el traslado de las siguientes agencias ubicadas en: a) Avenida Salaverry Nº 103, esquina con Plaza de Armas, distrito de Chivay, provincia de Caylloma y departamento de Arequipa, a su nuevo local ubicado en el Centro Poblado Chivay, Mz Q, Lote 19, Sector A, Urinsaya del mismo distrito, provincia y departamento. b) Calle Real Nº 625, distrito de Chilca, provincia de Huancayo y departamento de Junín, a su nuevo local ubicado en la Calle Real Nº 695 del mismo distrito, provincia y departamento. c) Avenida Antonio Raymondi Nº 493-497, distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado y departamento de Huánuco, a su nuevo local ubicado en la Avenida Antonio Raymondi Nº 514-520 del mismo distrito, provincia y departamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1808026-1
Autorizan al Banco Internacional del Perú Interbank el cierre de sucursal ubicada en la República de Panamá
RESOLUCIÓN SBS Nº 4191-2019 Lima, 11 de setiembre de 2019 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú Interbank (en adelante el Banco) para que se le autorice el cierre de su Sucursal en Panamá, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio del Banco celebrada el 23 de abril de 2019, se aprobó el cierre y la liquidación voluntaria de la Sucursal en Panamá; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento N° 15 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante la Resolución SBS N° 1678-2018, la misma que tras la evaluación efectuada se encuentra conforme; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión Bancaria "D", del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal, así como de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre de la Sucursal ubicada en Calle 50 con Elvira Méndez, PH Torre Financial Center, Piso 47, Panamá, República de Panamá. Artículo Segundo.- El Banco deberá informar a esta Superintendencia sobre los resultados del proceso de liquidación voluntaria, una vez que se haga efectivo el cierre de la Sucursal, precisando las acciones realizadas con los activos y pasivos de la Sucursal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1807524-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Declaran al Café y Cacao como Productos Emblema de la Región Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 444 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-CR "DECLARAR COMO PRODUCTOS EMBLEMA DE LA REGIÓN AMAZONAS, AL CAFÉ Y CACAO, Y PROMOVER SU CONSUMO INTERNO EN EL ÁMBITO DE TODA LA REGIÓN" EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS