Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2019 (19/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de setiembre de 2019 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. el traslado de diversas agencias ubicadas en los departamentos de Arequipa, Junín y Huánuco
RESOLUCIÓN SBS Nº 4114-2019 Lima, 9 de septiembre de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. para que se le autorice el traslado de 3 agencias ubicadas en los departamentos de Arequipa, Junín y Huánuco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones SBS Nº 10459-2011, Nº 8467-2010 y Nº 2879-2008 del 07/10/2011, 03/08/2010 y 04/07/2008, se autorizaron la apertura de las agencias ubicadas en los departamentos de Arequipa, Junín y Huánuco, respectivamente; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de las agencias solicitadas; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución Nº 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. el traslado de las siguientes agencias ubicadas en: a) Avenida Salaverry Nº 103, esquina con Plaza de Armas, distrito de Chivay, provincia de Caylloma y departamento de Arequipa, a su nuevo local ubicado en el Centro Poblado Chivay, Mz Q, Lote 19, Sector A, Urinsaya del mismo distrito, provincia y departamento. b) Calle Real Nº 625, distrito de Chilca, provincia de Huancayo y departamento de Junín, a su nuevo local ubicado en la Calle Real Nº 695 del mismo distrito, provincia y departamento. c) Avenida Antonio Raymondi Nº 493-497, distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado y departamento de Huánuco, a su nuevo local ubicado en la Avenida Antonio Raymondi Nº 514-520 del mismo distrito, provincia y departamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1808026-1

Autorizan al Banco Internacional del Perú Interbank el cierre de sucursal ubicada en la República de Panamá
RESOLUCIÓN SBS Nº 4191-2019 Lima, 11 de setiembre de 2019 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú ­ Interbank (en adelante el Banco) para que se le autorice el cierre de su Sucursal en Panamá, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio del Banco celebrada el 23 de abril de 2019, se aprobó el cierre y la liquidación voluntaria de la Sucursal en Panamá; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento N° 15 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante la Resolución SBS N° 1678-2018, la misma que tras la evaluación efectuada se encuentra conforme; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión Bancaria "D", del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal, así como de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre de la Sucursal ubicada en Calle 50 con Elvira Méndez, PH Torre Financial Center, Piso 47, Panamá, República de Panamá. Artículo Segundo.- El Banco deberá informar a esta Superintendencia sobre los resultados del proceso de liquidación voluntaria, una vez que se haga efectivo el cierre de la Sucursal, precisando las acciones realizadas con los activos y pasivos de la Sucursal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1807524-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Declaran al Café y Cacao como Productos Emblema de la Región Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 444 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-CR "DECLARAR COMO PRODUCTOS EMBLEMA DE LA REGIÓN AMAZONAS, AL CAFÉ Y CACAO, Y PROMOVER SU CONSUMO INTERNO EN EL ÁMBITO DE TODA LA REGIÓN" EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS