Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2019 (19/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 19 de setiembre de 2019
NTP 202.188:2008 (revisada el 2014)

NORMAS LEGALES

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LECHE Y PRODUCTOSLÁCTEOS. Leche saborizada. Determinación de acidez. Método del punto final potenciométrico. 1ª Edición FIBRA DE ALPACA CLASIFICADA. Determinación del diámetro medio (finura), por el método de flujo de aire "airflow". 1ª Edición. FIBRA DE ALPACA CLASIFICADA. Método de ensayo para determinar el contenido de humedad 1ª Edición FIBRA DE ALPACA. Calibración del aparato de flujo de aire "air-flow". 1ª Edición.

de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA:

NTP 231.303:2004

NTP 231.305:2003

NTP 231.307:2004

NTP-ISO/TR 10017:2004 (revisada el 2014) ORIENTACIÓN SOBRE LAS TÉCNICAS ESTADISTICAS PARA LA NORMA NTPISO 9001:2001. 1ª Edición NTP-ISO 10014:2008 (revisado el 2014) GESTIÓN DE LA CALIDAD. Directrices para obtener beneficios financieros y económicos. 1ª Edición

Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo de Sede entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para la realización del Congreso Regional sobre Lenguas Indígenas para América Latina y el Caribe (Cusco, Perú, 25-27 de septiembre de 2019)", suscrito el 12 de septiembre de 2019 en la ciudad de Lima, República del Perú; Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido tratado, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1808817-3

NTP-ISO/TR 10013:2003 (revisado el 2014) DIRECTRICES PARA LA DOCUMENTACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD. 1ª Edición NTP-ISO 10012:2003 (revisado el 2014) SISTEMA DE GESTIÓN DE LAS MEDICIONES. Requisitos para los procesos de medición y los equipos de medición. 1ª Edición

Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO Directora Dirección de Normalización 1808086-1

Declaran de interés nacional la realización de la "29a Reunión de Jefes de los Organismos Nacionales Encargados de Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas (HONLEA), América Latina y el Caribe"
DECRETO SUPREMO N° 044-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Acuerdo de Sede entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para la realización del Congreso Regional sobre Lenguas Indígenas para América Latina y el Caribe (Cusco, Perú, 25-27 de septiembre de 2019)"
DECRETO SUPREMO Nº 043-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo de Sede entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para la realización del Congreso Regional sobre Lenguas Indígenas para América Latina y el Caribe (Cusco, Perú, 25-27 de septiembre de 2019)" fue suscrito el 12 de septiembre de 2019 en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente

CONSIDERANDO: Que, el Perú es parte del Consejo Económico de las Naciones Unidas (ECOSOC), el cual estableció a la Reunión de Jefes de los Organismos Nacionales Encargados de Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas (HONLEA), América Latina y el Caribe, como órgano subsidiario de la Comisión de Estupefacientes (CND), con el objetivo de fortalecer la cooperación en las actividades para combatir el Tráfico Ilícito de Drogas (TID) y delitos conexos, a nivel regional; Que, la HONLEA, América Latina y el Caribe, tiene como fin aumentar la cooperación en las actividades relacionadas con la lucha contra la droga en los países de América Latina y el Caribe; Que, la política general del Gobierno del Perú hacia el 2021 asigna una especial importancia a combatir la corrupción y las actividades ilícitas como el TID y delitos conexos; Que, la ciudad de Lima es sede de la 29a HONLEA, América Latina y el Caribe, que se llevará a cabo del 7 al 11 de octubre de 2019, la cual viene siendo organizada por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y acogida conjuntamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), entre otras Entidades Públicas; Que, la 29a HONLEA, América Latina y el Caribe, permitirá que el Perú incremente sus relaciones con los países de la región que combaten el narcotráfico y el narcoterrorismo; y fortalecerá el liderazgo de nuestro país en el debate regional en torno al Problema Mundial de las Drogas y eventualmente, permitirá que podamos obtener