Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2018 (17/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Sábado 17 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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pago que garanticen la atención integral de los asegurados del SIS en la IPRESS; Que, mediante Informe N° 025-2018-SIS/OGPPDODADZ con Proveído N° 138-2018-SIS/OGPPDO, en atención a lo requerido por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, a través del Memorando N° 585-2018-SISGNF, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal correspondiente al pago de Prestaciones de Salud - Calendario octubre 2018, aprobándose las Certificaciones de Créditos Presupuestarios N° 0000000993 y 0000001000 en las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, respectivamente; Que, según Informe Conjunto N° 005-2018-SIS/GNF/ SGRF-SGF/VMMG-MLR con Proveído Nº 770-2018-SIS/ GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento realizó: (i) el cálculo del importe a transferir a la Unidad Ejecutora 021 - HOSPITAL CAYETANO HEREDIA, por lo que propuso efectuar la transferencia de los recursos financieros a dicha Unidad Ejecutora, por el monto ascendente a S/ 1 327 818.00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES); y, (ii) el cálculo del importe a transferir a la Unidad Ejecutora 025 - HOSPITAL DE APOYO DEPARTAMENTAL MARIA AUXILIADORA, por lo que propuso efectuar la transferencia de los recursos financieros a dicha Unidad Ejecutora, por el monto ascendente a S/ 365 529.00 (TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 SOLES); Que, mediante Informe N° 560-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 860-2018-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos, considera viable emitir la Resolución Jefatural de Transferencia Financiera a favor de la Unidad Ejecutora 021 - HOSPITAL CAYETANO HEREDIA, así como a la Unidad Ejecutora 025 - HOSPITAL DE APOYO DEPARTAMENTAL MARIA AUXILIADORA para el financiamiento de las prestaciones de salud a los asegurados del SIS; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 1 693 347.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: RDR, correspondiente al calendario noviembre de 2018, en los términos y a favor de las Unidades Ejecutoras descritos en el Anexo Procedimientos Especiales Tercerizados Noviembre 2018 - Recursos Ordinarios, que forma parte integrante de la presente Resolución, para financiar las prestaciones de salud en el marco de los convenios suscritos con el Seguro Integral de Salud. Artículo 2.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad de la entidad que recibe la transferencia, para fines distintos para los cuales han sido autorizados. Artículo 3.- La Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud, en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la transferencia que se aprueba a través de la presente Resolución Jefatural, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.3 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1713647-1

CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS
Excluyen once Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 109-2018-PERÚ COMPRAS Lima, 15 de noviembre de 2018 VISTOS: El Informe N° 125-2018-PERÚ COMPRAS/ JEFATURA-DSI, emitido por la Dirección de Subasta Inversa, así como el Informe N° 234-2018-PERÚ COMPRAS/SG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las compras corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las compras corporativas facultativas que le encarguen otras entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modificado por Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios transables, de acuerdo a lo previsto en la Directiva que emita para estos efectos, las que son incluidas en un Listado de Bienes y Servicios Comunes al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico; Que, el numeral 8.14 de las Disposiciones Específicas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada "Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de su uso", aprobada por la Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante "la Directiva", establece que PERÚ COMPRAS podrá excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes