Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2017 (20/12/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de diciembre de 2017 /

El Peruano

instituciones educativas públicas y privadas", aprobadas por; Con el visado de la Dirección General de Educación Básica Regular; de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; de la Dirección General de Desarrollo Docente; de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Viceministerial N° 0015-2011-ED que aprueba las "Normas sobre acciones de educación preventiva ante los impactos negativos de la radiación solar en las instituciones educativas públicas y privadas". Regístrese, comuníquese y publíquese. GUILLERMO MOLINARI PALOMINO Viceministro de Gestión Pedagógica 1599209-1

Aprueban Norma Técnica "Disposiciones para la adopción de medidas preventivas frente a los efectos nocivos a la salud por la exposición prolongada a la radiación solar en instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica; Educación Técnico - Productiva; Educación Superior Tecnológica, Pedagógica y Artística"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 368-2017-MINEDU Lima, 19 de diciembre de 2017 VISTOS, el Expediente N° 0063299-2016, los Informes N° 111-2016-MINEDU/VMGP-DIGEBR-UEA, Nº 213-2016-MINEDU/VMGP-DIGEBR-UEA y Nº 182-2017-MINEDU/VMGP-DIGEBR-UEA de la Dirección General de Educación Básica Regular; el Informe N° 1149-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el literal g) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, la educación peruana se sustenta, entre otros, en el principio de la conciencia ambiental, el cual motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 017-2012ED aprueba la Política Nacional de Educación Ambiental, como instrumento para desarrollar la educación, cultura y ciudadanía ambiental nacional orientada a la formación de una sociedad peruana sostenible, competitiva, inclusiva y con identidad; Que, de acuerdo a lo señalado por los literales a) y b) del artículo 2 de la Ley N° 30102, los titulares de las instituciones y entidades públicas y privadas, a fin de reducir los efectos nocivos ocasionados por la exposición a la radiación solar, tienen entre otras obligaciones, el deber de desarrollar actividades destinadas a informar y sensibilizar al personal a su cargo acerca de los riesgos por la exposición a la radiación solar y la manera de prevenir los daños que esta pueda causar; así como disponer que las actividades deportivas, religiosas, institucionales,

cívicas, protocolares o de cualquier otra índole que no se realicen en ambientes protegidos de la radiación solar se efectúen preferentemente entre las 8:00 y las 10:00 horas o a partir de las 16:00 horas; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 177-2015 MINEDU, se conforma la Unidad de Educación Ambiental, como unidad funcional no orgánica en la Dirección General de Educación Básica Regular, a cargo de la promoción y orientación de la implementación de la Política Nacional de Educación Ambiental, cuyas facultades son promover y orientar la implementación de la Política Nacional de Educación Ambiental en el sistema educativo nacional; coordinar y orientar la aplicación del enfoque ambiental en los recursos educativo-pedagógicos, y en los contenidos y modalidades de formación docente en servicio; y promover y articular el desarrollo e implementación de las estrategias y metodologías de la educación con enfoque ambiental para la formación integral de los estudiantes y la conservación de los recursos naturales; Que, con Oficio N° 1755-2016-MINEDU/VMGPDIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe N° 111-2016-MINEDU/VMGPDIGEBR-UEA, el mismo que fue complementado con los Informes N° 213-2016-MINEDU/VMGP-DIGEBR-UEA y N° 182-2017-MINEDU/VMGP-DIGEBR-UEA, a través de los cuales se sustenta la necesidad de emitir un nuevo marco normativo para establecer disposiciones para la implementación de acciones educativas (actividades institucionales y pedagógicas) orientadas a la prevención de los efectos nocivos para la salud por efecto de la exposición prolongada a la radiación solar, de estudiantes, docentes, directivos y demás miembros de la comunidad educativa, en instituciones educativas públicas y privadas de la educación básica; educación técnico-productiva; educación superior tecnológica, pedagógica y artística, a nivel nacional y de manera descentralizada; Que, de acuerdo al literal f) del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU, modificado por el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 568-2017-MINEDU, se delega en la Secretaría General del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del Despacho Ministerial; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica; del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional; de la Dirección General de Educación Básica Regular; de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; de la Dirección General de Desarrollo Docente; de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; de la Dirección General de Gestión Descentralizada; de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar; y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la adopción de medidas preventivas frente a los efectos nocivos a la salud por la exposición prolongada a la radiación solar en instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica; Educación Técnico-Productiva; Educación Superior Tecnológica, Pedagógica y Artística", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.