Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2015 (16/04/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Jueves 16 de MORDAZA de 2015

550749
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 007-2015MPCH celebrado el 06 de MORDAZA del 2015, de conformidad con lo previsto en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y demas normas complementarias; VISTA La Carta Nº 285-2015-A/MPCH, de fecha 30 de marzo del 2015, La Opinion Legal Nº 220-2015-GAJ/MPCH, de fecha 31 de marzo del 2015, sobre autorizacion de viaje de comision de servicios al MORDAZA de Corea del Sur. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y siendo de aplicacion el articulo VIII del Titulo Preliminar de este mismo cuerpo normativo, las competencias y funciones especificas municipales se cumplen en MORDAZA con las politicas y planes regionales y locales; Que, mediante expediente administrativo Nº 5845 el Gobierno Metropolitano de Seul efectua invitacion al MORDAZA de esta comuna a participar en una capacitacion de politicas exitosas y suministro de agua por el periodo del 19 al 25 de MORDAZA del presente, considerando que los gastos de alojamiento, alimentacion y pasajes de Peru ­ Corea del Sur y viceversa seran cubiertos por la mencionada Institucion. Que, mediante expediente Nº 5844 la Corporacion Korea Engineering Consultants efectua invitacion al MORDAZA de esta comuna a fin de participar en diferentes actividades oficiales que se desarrollaran a partir del 26 de MORDAZA al 03 de MORDAZA, para la cual se necesita los viaticos. Que, mediante Opinion Legal Nº 220-2015-GAJ/ MPCH, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica declara procedente el viaje de comision de servicios del MORDAZA la Municipalidad Provincial de Chanchamayo al MORDAZA de Corea del Sur a fin de participar de la capacitacion y actividades oficiales. Que, conforme al Numeral 11) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal autorizar el viaje al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, que realicen el MORDAZA, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. Que, por lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; el Pleno del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo en Sesion de Concejo Ordinaria Nº 0072015-MPCH, celebrada el dia 06 de MORDAZA del 2015, con el MORDAZA unanime de sus miembros. ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje de comision de servicios del MORDAZA Sr. Hung Won Jung, al MORDAZA de Corea del Sur, del 19 de MORDAZA al 03 de MORDAZA del 2015, para que en representacion de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, participe en la capacitacion de las politicas exitosas y suministro de agua que se desarrollara del 19 de MORDAZA al 25 de MORDAZA, y en las actividades oficiales programadas por la Corporacion Korea Engineering Consultants que se desarrollara desde el 26 de MORDAZA al 03 de MORDAZA del 2015. Articulo Segundo.- ENCARGAR, el Despacho de Alcaldia al MORDAZA MORDAZA Reg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Morel, desde el 19 al 03 de MORDAZA del 2015, conforme a lo senalado por el Art. 24 de la Ley Nº 27972. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programacion de Inversiones. Registrese, comuniquese y cumplase. HUNG WON JUNG MORDAZA 1223977-1

Politica, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; ello en concordancia con el numeral 1.13, MORDAZA de Simplicidad del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, que orienta a que los tramites establecidos por la autoridad administrativa deberan ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; Que, en tal sentido, al simplificarse los requisitos para el Matrimonio Civil Comunitario, corresponde su aprobacion mediante Decreto de Alcaldia conforme a lo establecido en el numeral 36.3 del articulo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, el numeral 201.1 del articulo 201º y el numeral 36.3 del articulo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; DECRETA: Articulo Primero.- MODIFICAR los articulos tercero y MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 002-2015/MVMT conforme al siguiente tenor literal: "Articulo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 40.00 (CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), como unico pago. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el Matrimonio Civil Comunitario, son los que a continuacion se detallan: 1. MORDAZA certificada de Partida de Nacimiento de los contrayentes (antiguedad no mayor a un ano). 2. MORDAZA fedateada del D.N.I. de ambos contrayentes. 3. Certificado Medico para matrimonio. 4. Pago del Derecho de Tramite para Matrimonio Civil Comunitario (S/.40.00) 5. Declaracion Jurada de Domicilio y Solteria de ambos contrayentes. 6. MORDAZA fedateada del D.N.I. de dos (2) testigos. 7. El Acta de Nacimiento y Certificado de Solteria de persona extranjera visado por el Consul del Peru en el MORDAZA de residencia del solicitante y en MORDAZA Peru legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y/o con APOSTILLA por autoridad del extranjero y traducido al espanol." Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Registros Civiles y Cementerio la organizacion de los correspondientes expedientes matrimoniales, senalandose como obligatorios la MORDAZA y cumplimiento de los requisitos precisados en el articulo anterior y los que fueren de aplicacion, segun el caso, del codigo civil. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, a la Sub Gerencia de Tecnologia de Informacion y Procesos la publicacion en el MORDAZA Institucional y a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional brindar la difusion correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1225019-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Autorizan viaje de MORDAZA a Corea del Sur, en comision de servicios
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 087-2015-MPCH/CM La MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2015