Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2015 (16/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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El Peruano Jueves 16 de MORDAZA de 2015

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizacion a la empresa Vision Horizonte Global S.A.C. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 142-2015-MTC/03 MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2015 VISTO, el Expediente Nº 2014-014209 presentado por la empresa VISION HORIZONTE GLOBAL S.A.C., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el articulo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Television senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interes social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detalla; Que, el articulo 16° del Reglamento de la Ley de Radio y Television clasifica a las estaciones del servicio de radiodifusion sonora en frecuencia modulada, en Estaciones Primarias y Estaciones Secundarias, indicando que estas ultimas "son estaciones de baja potencia con caracteristicas tecnicas restringidas determinadas en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y destinadas a servir un area de dimensiones limitadas. Se ubican fuera de la MORDAZA de servicio de las estaciones primarias y son consecuencia de su Plan de Asignacion de Frecuencias"; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 332-2014MTC/03, se aprobo los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Chiara; senalando que las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias, de acuerdo a la definicion prevista en el Reglamento de la Ley de Radio y Television y estan sujetas a los parametros tecnicos establecidos en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, indicado en el parrafo precedente, establece 0.10 KW. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun la Resolucion Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango hasta 100 w. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se

clasifican como Estaciones de Servicio MORDAZA Clase E1, consideradas de baja potencia; Que, en virtud a lo indicado, la empresa VISION HORIZONTE GLOBAL S.A.C. no se encuentra obligada a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Informe Nº 0366-2015-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por la empresa VISION HORIZONTE GLOBAL S.A.C. para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Ayacucho; en el MORDAZA del procedimiento para el otorgamiento de autorizacion del servicio de radiodifusion en areas rurales Que, con Resolucion Ministerial Nº 718-2013-MTC/03, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 03 de diciembre de 2013, se aprobaron los criterios para la determinacion de Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social para el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM); Que, de acuerdo al listado de localidades calificadas como areas rurales o lugares de preferente interes social publicado en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se aprecia que la localidad de MORDAZA se encuentra calificada como area rural para el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM); De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 332-2014-MTC/03, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la empresa VISION HORIZONTE GLOBAL S.A.C., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudios y Planta Transmisora : Jr. San MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho. : Longitud Oeste : 74º 12' 20.77'' Latitud Sur : 13º 16' 27.75'' : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m. : : : : OAF-5K 256KF8E 100 W SECUNDARIA E1 ­ BAJA POTENCIA : RADIODIFUSION SONORA EN FM : 88.3 MHz. : COMERCIAL

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio