Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2015 (16/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Las Pirias, Huabal, Chontali, en la provincia de Jaen; las Municipalidades Distritales de Namballe y San MORDAZA, en la provincia de San Ignacio; las Municipalidades Distritales de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, en la provincia de San MORDAZA y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en la provincia de San MORDAZA, respectivamente; con la coordinacion tecnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y la participacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, del Ministerio de Salud, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Educacion, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demas instituciones publicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda dentro de sus competencias; ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion de las zonas afectadas para el restablecimiento de los servicios basicos y de la infraestructura diversa; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Salud, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Educacion, el Ministro del Interior y el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA HUAITA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa 1225205-1

El Peruano Jueves 16 de MORDAZA de 2015

VISTOS, el Informe N° 089-2015-DGPC-VMPCIC/ MC de la Direccion General de Patrimonio Cultural; los Informes N° 098 y N° 099-2015-DPHI-DGPC/MC de la Direccion de Patrimonio Historico Inmueble; el Informe N° 212-2015-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico y con autonomia administrativa y economica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, como documento tecnico normativo de gestion institucional, que establece la estructura organica de la Entidad y funciones de sus organos; Que, el articulo 54 del referido Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, establece que la Direccion de Patrimonio Historico Inmueble, es la unidad organica "encargada de la formulacion y proposicion de politicas, planes, programas, proyectos, estrategias y normas, orientadas a la preservacion de las edificaciones y sitios de las epocas colonial, republicana y contemporanea que presentan la condicion de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion asi como de la ejecucion y promocion de acciones de identificacion, registro, preservacion, y puesta en valor de los bienes indicados, en concordancia con las normas vigentes"; Que, con Decreto Supremo N° 001-2015-MC de fecha 4 de febrero de 2015, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Cultura, el mismo que contempla los procedimientos administrativos N°s 3 y 5, asi como el servicio prestado en exclusividad N° 3, denominados "Revision de propuestas de avisos y anuncios en Bienes Culturales Inmuebles Historicos", "Autorizacion para la emision de Licencia de Funcionamiento en Bienes Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion" y "Expedicion de Certificado de Condicion Cultural", respectivamente; los cuales se inician ante la Sede Central o las Direcciones Desconcentradas de Cultura, y cuya autoridad competente para resolver es el Director (a) de la Direccion de Patrimonio Historico Inmueble; Que, la Direccion de Patrimonio Historico Inmueble a traves de los Informes N° 098 y N° 099-2015-DPHIDGPC/MC de Vistos, comunica a la Direccion General de Patrimonio Cultural, que atendiendo a los principios de celeridad y simplicidad establecidos en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se propone se delegue en las Direcciones Desconcentradas de Cultura, la tramitacion de los procedimientos administrativos N° 3 y 5, y del servicio prestado en exclusividad N° 3, precisados en el considerando precedente; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Informe N° 212-2015-OGPPSG/MC de Vistos, considera viable delegar en las Direcciones Desconcentradas de Cultura, las facultades propuestas por la Direccion de Patrimonio Historico Inmueble, a fin de coadyuvar a la celeridad y simplicidad en la atencion de los procedimientos administrativos y en lograr una atencion oportuna a los administrados; Que, el articulo 96 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, senala que las Direcciones Desconcentradas de Cultura son los organos desconcentrados del Ministerio encargados, dentro de su ambito territorial, de actuar en representacion y por delegacion del Ministerio de Cultura, siendo responsables de ejercer de manera desconcentrada las funciones ejecutivas del Ministerio, relacionadas a la materia de patrimonio cultural, entre otras; asimismo, se precisa tambien que estos organos implementan las politicas, lineamientos tecnicos, directivas establecidas por la Alta Direccion y los organos de linea del Ministerio, en concordancia con la politica del Estado y con los planes sectoriales y regionales en materia de cultura; Que, en ese sentido, la Direccion de Patrimonio Historico Inmueble considera pertinente delegar a las Direcciones Desconcentradas de Cultura, las funciones que les permitan resolver los procedimientos administrativos N° 3 y 5, asi como el servicio prestado en exclusividad N° 3, establecidos en el Texto Unico de

CULTURA
Delegan en las Direcciones Desconcentradas de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2015, la facultad de resolver los procedimientos administrativos N° 3 y 5, asi como el servicio prestado en exclusividad N° 3, del MORDAZA del Ministerio de Cultura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 128-2015-MC MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015