Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2015 (16/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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VISTOS: El Informe Tecnico Nº 009-2015-OTASS-DPGC de la Direccion de Politicas y Gobierno Corporativo del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS y el Informe Nº 027-2015-OTASS/ OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica del OTASS, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 3 de la Ley Nº 30045, Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS, como Organismo Publico Especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, encargado de cautelar la correcta ejecucion de la politica del Estado en materia de administracion para la prestacion de los servicios de saneamiento de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento ­ EPS Municipal; Que, el literal a) del numeral 2 del articulo 4 de la citada Ley, dispone que es funcion del OTASS emitir normas relacionadas con la composicion de los Directorios, requisitos y causales de vacancia para la Alta Direccion de las EPS, entre otros; Que, asimismo, el numeral 1 del articulo 12 establece que los Directores y Gerentes de las EPS son designados conforme a los requisitos, procedimientos, plazos y demas reglas que para el efecto apruebe el OTASS, en ejercicio de las competencias asignadas por dicha Ley; Que, en el MORDAZA de las normas referidas, el 1 de diciembre de 2014, se publico la Resolucion de Consejo Directivo Nº 001-2014-OTASS/CD, que aprobo la Directiva N° 001-2014OTASS/CD "Directiva para la seleccion y designacion de los miembros del Directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento ­ EPS Municipales", la misma que fue modificada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 002-2015-OTASS/CD; Que, con documento de Vistos, la Direccion de Politicas y Gobierno Corporativo propone la modificacion de los articulos 14 y 15, la derogacion del articulo 16, asi como la incorporacion de una Unica Disposicion Complementaria Transitoria, de la Directiva Nº 001-2014-OTASS/CD modificada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 0022015-OTASS/CD, ello en el MORDAZA de lo dispuesto en el literal a) del numeral 2 del articulo 4 de la Ley Nº 30045 ­ Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento, que senala como funcion del OTASS emitir normas relacionadas con la composicion de los Directorios, requisitos y causales de vacancia para la Alta Direccion de las EPS, rendicion de cuentas y desempeno y buen gobierno corporativo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30045, Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento, en el Reglamento de la Ley Nº 30045, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, y estando a lo acordado en la Sesion Nº 005-2015-CD/OTASS del Consejo Directivo del OTASS, realizada el 13 de MORDAZA de 2015; En uso de las facultades conferidas en el literal b) del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del OTASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los articulos 14 y 15 de la Directiva Nº 001-2014-OTASS/CD, "Directiva para la seleccion, designacion, remocion y vacancia de los miembros del directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento ­ EPS Municipales" aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 001-2014-OTASS/ CD y modificada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 002-2015-OTASS/CD, conforme el siguiente texto: "Articulo 14.- Remocion de directores 14.1 La remocion de los directores representantes de los Gobiernos Locales, la realiza la junta general de accionistas de la EPS. 14.2 Los demas directores son removidos por la entidad correspondiente mediante el mismo acto por el que efectuo la eleccion o designacion. Articulo 15.- Causales de remocion de directores 15.1 Son causales de remocion de los directores, las siguientes:

El Peruano Jueves 16 de MORDAZA de 2015

a) Incurrir en algun impedimento sobreviniente para ser elegido director. b) Tener conflicto de intereses con la EPS de la que forma parte. c) Inasistencia injustificada a tres sesiones consecutivas o cinco no consecutivas de directorio, en el periodo de un ano, salvo licencia autorizada. d) Para el caso especifico del Presidente del Directorio, no convocar a los representantes del Gobierno Local, del Gobierno Regional, de la Sociedad Civil y del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a las sesiones de directorio. e) Perdida de la confianza. 15.2 La remocion de los directores de las EPS debe estar debidamente motivada y necesariamente sustentada en cualquiera de las causales senaladas en el numeral precedente." Articulo 2º.- Derogar el articulo 16 de la Directiva Nº 0012014-OTASS/CD, "Directiva para la seleccion, designacion, remocion y vacancia de los miembros del directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento ­ EPS Municipales" aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 001-2014-OTASS/CD y modificada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 002-2015-OTASS/CD. Articulo 3º.- Incorporar una Unica Disposicion Complementaria Transitoria a la Directiva Nº 001-2014OTASS/CD, "Directiva para la seleccion, designacion, remocion y vacancia de los miembros del directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento ­ EPS Municipales" aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 001-2014-OTASS/CD y modificada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 002-2015-OTASS/CD; con el siguiente texto: "Disposicion Complementaria Transitoria Unica.- Las causales de remocion a que se refiere el articulo 15 de la presente Directiva, no resultan de aplicacion a los procedimientos de remocion o sustitucion de directores previos a la modificacion de la Directiva Nº 001-2014-OTASS/CD aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 002-2015-OTASS/CD." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BONIFAZ MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 1224739-1

Encargan funciones General del OTASS

de

Secretario

RESOLUCION DIRECTORAL N° 013-2015-OTASS/DE MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 0122014-OTASS/DE, se encargo al Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Negron, las funciones de Secretario General del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento; Que, en tal sentido, resulta necesario dar por finalizado el encargo de funciones acotado y encargar al Jefe de la Oficina de Administracion las funciones de Secretario General del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y de acuerdo a las facultades conferidas a la Direccion Ejecutiva en el articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento - OTASS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el encargo de funciones de Secretario General del Organismo Tecnico