Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2014 (22/10/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Miercoles 22 de octubre de 2014

535647
VISTO: El Informe Nº 1110-2014-SGRC/GSMGA/ MVES de la Sub Gerencia de Registro Civil, el Informe Nº 085-2014-GSMGA/MVES de la Gerencia de Servicios Municipales y Gestion Ambiental, el Informe Nº 3392014-UP-OPRP/MVES de la Unidad de Presupuesto y el Memorandum Nº 1972-2014-GM-MVES de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Articulos 194º y 195º numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru, modificados por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Codigo Civil en su articulo 233º establece que la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamadas en la Constitucion Politica; asimismo en el articulo 248º de la MORDAZA MORDAZA citada, senala las formalidades y requisitos para la celebracion del Matrimonio Civil, en los que los interesados lo declararan oralmente o por escrito ante el MORDAZA Provincial o Distrital; y el articulo 252º establece que el MORDAZA puede dispensar de la publicacion de avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º de la acotada norma; Que, por otro lado la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece en su articulo 20º numeral 16) que una de las atribuciones del MORDAZA es la de celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas establecidas en el Codigo Civil vigente; asimismo el articulo 42º de la acotada MORDAZA senala que: "Los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias (...) y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario (...)"; Que, es politica de esta Corporacion MORDAZA, brindar al poblador los mecanismos legales para que las parejas puedan formalizar su situacion de convivencia y a la vez ofrecer todas las facilidades a los vecinos que deseen unirse en matrimonio civil y fortalezcan la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Que, mediante Informe Nº1110-2014-SGRC/GSMGA/ MVES la Sub Gerencia de Registro Civil senala que en el Plan Operativo Anual 2014 se ha programado entre las actividades, la celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario 2014, a realizarse el dia 13 de diciembre del presente ano a las 10:00 a.m. horas; en el frontis de la Municipalidad, Avenida MORDAZA MORDAZA con Av. Revolucion del distrito de MORDAZA El Salvador; Que, con Informe Nº 085-2014-GSMGA/MVES la Gerencia de Servicios Municipales y Gestion Ambiental manifiesta que dicha actividad se ha programado con el fin de brindar al poblador los mecanismos legales para que las parejas puedan regularizar su situacion de convivencia, y a la vez ofrecer todas las facilidades a los vecinos que deseen unirse en matrimonio civil accedan al mismo, y fortalezcan la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Que, con Informe Nº 339-2014-UP-OPRP/MVES, la Unidad de Presupuesto, senala que la propuesta para la realizacion del "II Matrimonio Civil Comunitario 2014", cuenta con la disponibilidad presupuestaria para su realizacion por el monto ascendente a S/. 13,460.00 (Trece Mil Cuatrocientas Sesenta con 00/100 nuevos soles); Estando a lo expuesto, y contando con el visto favorable de la Oficina de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR la realizacion del II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2014, programado para el dia Sabado 13 de diciembre del 2014, a las 10:00 horas; en el frontis de la Municipalidad, Avenida MORDAZA MORDAZA con Av. Revolucion del distrito de MORDAZA El MORDAZA,

planes de desarrollo regional y locales y al mismo tiempo, velando por la oferta de la formacion profesional impartida en el ambito universitario, supervisar la adecuada labor de los profesionales que prestan servicios bajo diversas modalidades en la administracion publica regional y en la actividad privada; Que, de acuerdo a lo previsto en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general y de la propia administracion del Gobierno Regional, reglamentando materias de su competencia; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulo 9º y 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y Nº 29053, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en sesion ordinaria del 21 de agosto del 2014, aprobo por unanimidad la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Articulo Primero.- ESTABLECER como requisito para el ejercicio profesional en el ambito de la Administracion Publica y Privada de la Region Ucayali, la acreditacion del certificado de habilidad profesional otorgado por el respectivo Colegio Profesional. Articulo Segundo.- DISPONER que los funcionarios competentes de la Administracion Publica del Gobierno Regional MORDAZA efectivo el imperativo acatamiento de lo dispuesto en el articulo primero. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Oficina Regional de Administracion del Gobierno Regional de Ucayali la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion regional y a la Oficina de Sistemas su difusion en el MORDAZA institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www. regionucayali.gob.pe). Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los veintiun dias del mes de agosto del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA URCIA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional POR LO TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los dos dias del mes de setiembre del dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1152426-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban realizacion del II Matrimonio Civil Comunitario 2014
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2014-ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 24 de setiembre de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA