Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2014 (22/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Que, mediante la Hoja de Estudio y Opinion N° 4012014-DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 26 de setiembre de 2014, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru estimo conveniente que la Direccion General de la Policia Nacional del Peru autorice el viaje al exterior en mision de estudios, del 25 al 31 de octubre de 2014, del Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial de Primera de la Policia Nacional del Peru Joe MORDAZA Riega Wong, para que participen en el curso indicado en el considerando anterior; Que, en atencion a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorandum Multiple Nº 467-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 29 de setiembre de 2014, la Direccion General de la Policia Nacional del Peru autorizo el viaje senalado en el considerando precedente, disponiendo la formulacion de la resolucion autoritativa de viaje correspondiente e indicando ademas que el mismo irrogara gastos al Estado; Que, el numeral 3 del articulo 13° de la Ley de la Policia Nacional del Peru, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1148, establece que el personal policial tiene derecho a la formacion, capacitacion, especializacion y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participacion en el curso indicado redundaran en el ambito de competencia de la Policia Nacional del Peru, resultando de interes institucional y del MORDAZA, debiendo senalarse que los gastos que irrogara dicha participacion, por concepto de viaticos y pasajes aereos (incluyendo la tarifa unica de uso de aeropuerto), seran asumidos por la Unidad Ejecutora N° 002, Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru; Que, segun lo establecido en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la resolucion de autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por tarifa unica de uso de aeropuerto; Que, conforme al penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, las excepciones a la prohibicion de viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Ley de la Policia Nacional del Peru, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1148; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Decreto Supremo Nº 010-2013-IN, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en mision de estudios, del 25 al 31 de octubre de 2014, para participar en el "IV Curso de Formacion de Formadores Sobre Herramientas y Servicios Integrados de INTERPOL", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, del siguiente personal policial: - Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Flores; y, - Suboficial de Primera de la Policia Nacional del Peru Joe MORDAZA Riega Wong;

El Peruano Miercoles 22 de octubre de 2014

Articulo 2°.- Los gastos por concepto de pasajes aereos y la tarifa unica de uso de aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el articulo precedente, se efectuaran a cargo de la Unidad Ejecutora Nº 002, Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Dias Pers. US$ 180.00 5 X 2 = US$ 1,800.00 US$ 1,687.00 X 2 = US$ 3,374.00

Viaticos Pasajes

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal designado debera presentar ante el titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas documentada por los viaticos asignados. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneraciones o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1153496-3

SALUD
Decreto Supremo que prorroga la Emergencia Sanitaria de la prestacion de servicios de salud en hospitales y establecimientos del Gobierno Regional de MORDAZA y del Gobierno Regional de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 029-2014-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en sus articulos 7 y 9 que todos tienen derecho a la proteccion de su salud y el Estado determina la politica nacional de salud, de modo que el Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion y es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, este se constituye como la Autoridad de Salud a nivel nacional, y segun lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulacion, direccion y gestion de la politica nacional de salud y es la MORDAZA autoridad en materia de salud; Que, el Decreto Legislativo Nº 1156, Decreto Legislativo que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio publico de salud en los casos que exista un riesgo elevado o dano a la salud y la MORDAZA de las poblaciones, establece los supuestos que configuran una emergencia sanitaria y senala que su Declaratoria se aprueba mediante Decreto Supremo, con acuerdo del Consejo de Ministros, a solicitud de la Autoridad Nacional de Salud, indicando las entidades competentes que deben actuar para su atencion, la vigencia de la declaratoria de emergencia, asi