Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2014 (22/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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MORDAZA, cuatro de setiembre de dos mil catorce VISTO el Oficio Nº 238-2014-MDC-ALC, presentado el 25 de agosto de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Casitas, provincia de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, comunicando la licencia, concedida al regidor MORDAZA MORDAZA Pena Silva. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos; la misma que gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) dias naturales MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del ano 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 0140-2014JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 30 de junio de 2014 (fojas 02), el regidor MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, con motivo de su participacion en las Elecciones Municipales 2014, presento su solicitud de licencia, siendo esta concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 032-2014/MDC-SG, de fecha 24 de MORDAZA de 2014 (fojas 03), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. En el caso en concreto, se aprecia que el regidor MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA Barba, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 40496879, candidata no proclamada del movimiento regional Nueva Alternativa, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tumbes, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de Casitas, provincia de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, mientras este vigente la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Barba, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 40496879, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Casitas, provincia de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1153331-10

El Peruano Miercoles 22 de octubre de 2014

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidora de la Municipalidad Distrital de Capachica, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 2419-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02544 CAPACHICA - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, cuatro de setiembre de dos mil catorce VISTO el Oficio Nº 010-MDC-SG, presentado el 20 de agosto de 2014 por MORDAZA MORDAZA Suana MORDAZA, secretario general de la Municipalidad Distrital de Capachica, provincia y departamento de MORDAZA, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paucar. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos; la misma que gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) dias naturales MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del ano 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 3 de MORDAZA de 2014 (fojas 02), el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con motivo de su participacion en las Elecciones Municipales 2014, presento su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 016-2014-MDC/A, de fecha 18 de agosto de 2014 (fojas 02 y 03), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la misma que fue aprobada por el concejo municipal y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, procede convocar al primer regidor Fredy MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 01321993, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida a su titular. 5. Asimismo, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, resulta procedente convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 45393473, candidata no proclamada de la alianza electoral Gran Alianza Nacionalista - Popular - Poder Democratico Regional, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Capachica, provincia y departamento de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales de 2014, por el periodo de la licencia concedida.