Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2014 (22/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1146782-1

El Peruano Miercoles 22 de octubre de 2014

Imponen con caracter permanente a favor de concesion definitiva de distribucion de energia electrica de la que es titular Edelnor S.A.A., la servidumbre permanente de electroducto para instalacion de linea de transmision, ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 434-2014-MEM/DM MORDAZA, 1 de octubre 2014 VISTO: El Expediente Nº 21230714, sobre solicitud de imposicion de servidumbre de electroducto para la Linea de Transmision de 60 kV S.E. Nueva Jicamarca ­ S.E. MORDAZA Grande, presentada por Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. - EDELNOR S.A.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11008737 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, EDELNOR S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 080-96-EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de octubre de 1996, de conformidad con lo establecido en los articulos 110 y 111 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, mediante el documento ingresado el 21 de MORDAZA de 2014 con registro Nº 2394102, solicito la imposicion de servidumbre de electroducto sobre bienes de propiedad privada y del Estado, para la instalacion de la Linea de Transmision de 60 kV S.E. Nueva Jicamarca ­ S.E. MORDAZA Grande, ubicada en los distritos de San MORDAZA de Lurigancho y San MORDAZA, provincias de MORDAZA y Huarochiri, departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el literal a) del articulo 109 de la Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, dispone que los concesionarios estan facultados para usar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, el articulo 110 de la Ley de Concesiones Electricas, senala que las servidumbres de electroductos para establecer subestaciones de transformacion, lineas de transmision y distribucion, que ocupen bienes publicos y privados, se constituiran unicamente con arreglo a las disposiciones de la referida Ley, siendo atribucion del Ministerio de Energia y Minas imponer las servidumbres con caracter forzoso, senalando las medidas que deberan de adoptarse para evitar los peligros e inconvenientes de las instalaciones que ellas comprendan, segun lo establecido en el articulo 111 de la citada Ley; Que, el articulo 112 de la Ley de Concesiones Electricas dispone que el derecho de establecer una servidumbre al MORDAZA de la referida Ley obliga a indemnizar el perjuicio que MORDAZA cause y a pagar por el uso del bien gravado, quedando el titular de la servidumbre obligado a construir y conservar lo que fuere necesario para que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre;

Que, de acuerdo a la documentacion que obra en el Expediente, la Linea de Transmision de 60 kV S.E. Nueva Jicamarca ­ S.E. MORDAZA Grande recorre por terrenos de propiedad particular y de propiedad del Estado, habiendo EDELNOR S.A.A. cumplido con efectuar a los propietarios privados el pago por concepto de compensacion e indemnizacion por danos y perjuicios de la servidumbre, encontrandose la peticion de acuerdo a Ley; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y en su Reglamento, emitio el Informe Nº 450-2014-DGE-DCE, recomendando la procedencia de imponer la servidumbre de electroducto solicitada; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer, con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de energia electrica de la que es titular EDELNOR S.A.A., la servidumbre permanente de electroducto para la instalacion de la Linea de Transmision de 60 kV S.E. Nueva Jicamarca ­ S.E. MORDAZA Grande, ubicada en los distritos de San MORDAZA de Lurigancho y San MORDAZA, provincias de MORDAZA y Huarochiri, departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Nivel de Ancho de Inicio y Llegada de la Nº de Longitud Tension la Faja Linea Electrica Ternas (km) (kV) (m)

Cod. Exp.

21230714 S.E. Nueva Jicamarca ­ S.E. MORDAZA Grande - Tramo aereo - Tramo subterraneo 60 60 01 01 10,09 1,26 16 5

Articulo 2º.- EDELNOR S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 3º.- EDELNOR S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 4º.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolucion no perjudica los acuerdos estipulados entre las partes. Articulo 5º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1146782-2

Crean el Registro de Saneamiento en el ambito de la Estrategia de Saneamiento de la pequena mineria y mineria artesanal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 470-2014-MEM/DM MORDAZA, 21 de octubre de 2014 VISTO: el Informe N° 214-MEM-DGFM, de fecha 10 de octubre de 2014, de la Direccion General de Formalizacion Minera;