Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2014 (22/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiseis de setiembre del dos mil catorce, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 1 prescribe lo siguiente: "La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado"; en tanto el articulo 4 establece: "La comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 60 sobre funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, prescribe lo siguiente: "(...) h) Formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad". Que, mediante Oficio Nº 010-2014-PHP-CR/GOB. REG.TACNA, de fecha 19 de febrero del 2014 emitido por el Consejero Regional MORDAZA MORDAZA Parqui presenta la propuesta normativa de Ordenanza Regional sobre: "CREAR LA MESA REGIONAL PARA LA ATENCION DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA REGION TACNA". Que, la Organizacion Mundial de la Salud, senala que: "El envejecimiento activo es el MORDAZA de optimizacion de las oportunidades de salud, participacion y seguridad con el fin de mejorar la calidad de MORDAZA en medio que las personas envejecen, por lo que se aplica tanto a los individuos como a los grupos de poblacion". Que, es una necesidad desconcentrar la gestion, aperturar espacios de participacion, priorizar los problemas, prever soluciones adecuadas y articular procesos politicos que MORDAZA viable el desarrollo social del Adulto Mayor; por lo que, es importante conformar una Mesa Regional para la atencion de personas adultas mayores en la Region Tacna. Asimismo el enfoque de los derechos humanos reconoce el respeto, proteccion y promocion de los derechos humanos, que constituyen obligaciones primarias del Estado, que son garantizadas por la comunidad internacional, su cumplimiento esta protegido por los tratados sobre la materia de los que el Peru es parte. En tal sentido la promocion de una cultura de envejecimiento activo y saludable es una tarea que compromete al Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobiernos Local, a la familia, al adulto mayor, a las organizaciones civiles y actores sociales que actuan en defensa de sus derechos. Que, con el Oficio Nº 0552-2014-GRDS/GOB.REG. TACNA, de fecha 12 de marzo del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna que remite el Informe Nº 012-2014WFCL-ABJBG-GRDS/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de marzo del 2014 y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedio a emitir el Dictamen Nº 019-2014-CR-CODS de fecha 22 de setiembre del 2014, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "CREAR LA MESA REGIONAL PARA LA ATENCION DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA REGION TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 26 de setiembre del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL:

El Peruano Miercoles 22 de octubre de 2014

Articulo Primero.- CREAR LA MESA REGIONAL PARA LA ATENCION DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA REGION TACNA, la misma que tiene como objetivo aperturar espacios de participacion real, priorizar los problemas, prever soluciones adecuadas y articular procesos politicos que MORDAZA viable el desarrollo social del Adulto Mayor. Articulo Segundo.- LA MESA REGIONAL PARA LA ATENCION DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA REGION TACNA estara conformada por los siguientes miembros: 2.1. Presidencia del Gobierno Regional de Tacna o su representante, quien lo presidira. 2.2. Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a cargo de la Secretaria Tecnica. 2.3. Un representante de cada una de las Municipalidades Provinciales de la Region de Tacna. 2.4. Un representante de cada una de las Municipalidades Distritales de la Region de Tacna. 2.5. Presidente de la Junta de Fiscales de Tacna o su representante. 2.6. Un representante de la Corte Superior de Justicia de Tacna. 2.7. Un representante de la Direccion Regional de Educacion de Tacna. 2.8. Un representante de la Direccion Regional de Salud de Tacna. 2.9. Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de Tacna. 2.10. Un representante de la Defensoria del Pueblo. 2.11. Un representante de la Mesa de Concertacion de Lucha contra la Pobreza. 2.12. Un representante de la Policia Nacional del Peru. 2.13. Un representante del Seguro Social de Salud ESSALUD. 2.14. Dos representantes de la sociedad civil vinculadas al trabajo de prevencion y atencion de adultos mayores. 2.15. Un representante de CARITAS - Tacna. 2.16. Otros representantes que la mesa regional considere pertinente. Los miembros titulares de la Mesa Regional para la atencion de las Personas Adultas Mayores de la Region Tacna, contaran con sus respectivos alternos, que concurriran en ausencia del titular. Articulo Tercero.- La Mesa Regional para la atencion de las Personas Adultas Mayores de la Region Tacna debera cumplir con las siguientes funciones: 3.1. Establecer estrategias de accion, asi como promover politicas orientadas a la prevencion, a efecto de evitar la vulneracion de sus derechos en todos los ambitos de su desarrollo social; debiendo coordinarse para tal efecto con las instituciones publicas, privadas, organizaciones de adultos mayores y la sociedad civil. 3.2. Generar proyectos de recreacion, esparcimiento y realizar talleres, a fin de mejorar la calidad de MORDAZA de las personas adultas mayores mediante su participacion activa. Articulo Cuarto.- CONFORMAR dentro de la Mesa Regional para la atencion de las personas adultas mayores de la Region Tacna, un equipo tecnico de vigilancia permanente, con el objetivo de dar seguimiento a los acuerdos que se adopten dentro de la Mesa Regional. Articulo Quinto.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna determine en su Presupuesto los recursos necesarios para la ejecucion de lo dispuesto en la presente ordenanza regional. Articulo Sexto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna la instalacion y constitucion de la Mesa Regional para la Atencion de las Personas Adultas Mayores de la Region Tacna, otorgandosele un plazo de sesenta (60) dias calendarios contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza Regional. Articulo Setimo.- RECOMENDAR a los Gobiernos Locales participar activamente en la Mesa Regional para