Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2013 (07/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano Sabado 7 de diciembre de 2013

PROYECTO EXPOSICION DE MOTIVOS

508711

CONSIDERANDO: Que, el articulo 27 de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil, modificado por la Ley No. 28525, Ley de Promocion de los Servicios de Transporte Aereo, determina que las areas circundantes a los aeropuertos son zonas de dominio restringido; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria de la mencionada Ley de Aeronautica Civil, dispone que el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo establecera las zonas de dominio restringido de las areas circundantes a los aeropuertos, las que se determinaran conforme a las coordenadas UTM de validez universal, asimismo senala que los propietarios de los bienes inmuebles que se encuentren en dichas areas no podran realizar ninguna construccion que importe la obligacion de obtener una licencia de construccion; Que, el Plan Maestro de Desarrollo del Aeropuerto "Cap. FAP MORDAZA Canga Rodriguez" de la MORDAZA de Tumbesfue aprobado mediante Resolucion Directoral No. 161-2009-MTC/12 de fecha 18 de junio de 2009, el cual contempla en el Plano 9.1 las areas necesarias para su futuro desarrollo, por lo que corresponde establecer las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del mencionado aeropuerto, en cumplimiento a lo dispuesto en la normatividad a que se refiere el MORDAZA considerando del presente Decreto Supremo; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y por la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil, modificada por la Ley No. 28525, Ley de Promocion de los Servicios de Transporte Aereo; y, Decreto Supremo No. 050-2001MTC; SE DECRETA: Articulo 1.- Zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto "Cap. FAP MORDAZA Canga Rodriguez" de la MORDAZA de Tumbes. Determinar las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto"Cap. FAP MORDAZA Canga Rodriguez" de la MORDAZA de Tumbes, las que se describen en coordenadas UTM en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo 2.- Limitaciones Los propietarios de los bienes inmuebles que se encuentren en dichas areas no podran realizar ninguna construccion que importe la obligacion de obtener una licencia de construccion. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los

DETERMINAN LAS ZONAS DE DOMINIO RESTRINGIDO DE LAS AREAS CIRCUNDANTES DEL AEROPUERTO "CAP. FAP MORDAZA CANGA RODRIGUEZ" DE LA MORDAZA DE TUMBES I. ANTECEDENTES: - El articulo 27º de la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, modificado por la Ley Nº 28525, Ley de Promocion de los Servicios de Transporte Aereo, establece que las areas circundantes a los aeropuertos son zonas de dominio restringido. - La Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, dispone que el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo establecera las zonas de dominio restringido de las areas circundantes a los aeropuertos, las que se determinaran conforme a las coordenadas UTM de validez universal. Asimismo, senala que los propietarios de los bienes inmuebles que se encuentren en dichas areas no podran realizar ninguna construccion que importe la obligacion de obtener una licencia de construccion. - Por su parte, el articulo 42º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, establece que mediante Resolucion Suprema del Sector Transportes y Comunicaciones, se determina y aprueban las areas circundantes a cada aeropuerto de uso publico que tienen la condicion de zonas de dominio restringido, de acuerdo al Plan Maestro respectivo. - El Plan Maestro del Aeropuerto "Cap. FAP MORDAZA Canga Rodriguez" de la MORDAZA de Tumbes fue aprobado por Resolucion Directoral Nº 161-2009-MTC/12 del 18.06.2009 el cual contempla en el Plano 9.1 las areas necesarias para su futuro desarrollo. - Mediante Oficio Nº 910-2013-MTC/12.08 del 17.07.2013, la Direccion General de Aeronautica Civil ­ DGAC solicito a Aeropuertos del Peru S.A., como concesionaria, administradora y operadora del Primer Grupo de Provincia, su opinion respecto a la declaracion de las zonas de dominio restringido de dicho aeropuerto, para lo cual se remitio el Informe Nº 397-2013-MTC/12.08 del 15.07.2013, en el que se senalan, entre otras, las areas circundantes a determinarse como zonas de dominio restringido, en consideracion del Plan Maestro aprobado del aeropuerto. - Con Carta N° 0527-2013-GR-AdP (P/D 110145) del 05.08.2013, Aeropuertos del Peru S.A. otorga su conformidad a las areas contenidas en el citado Informe. II. FUNDAMENTACION - Segun establece la Ley de Aeronautica Civil se deben determinar las zonas de dominio restringido de las areas circundantes a los aeropuertos, para lo cual, debe tenerse en cuenta el Plan Maestro del Aeropuerto, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley. - A la fecha, encontrandose aprobado el Plan Maestro del Aeropuerto "Cap. FAP MORDAZA Canga Rodriguez" de la MORDAZA de Tumbes, el cual contempla las areas consideradas para su futuro desarrollo, corresponde cumplir con la obligacion legal de establecer las zonas de dominio restringido. - La Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley de Aeronautica Civil establece los efectos legales de la determinacion de las zonas de dominio restringido, disponiendo que los propietarios de los bienes inmuebles que se encuentren en dichas areas no podran realizar ninguna construccion que importe la obligacion de obtener una licencia de construccion. - En consecuencia, la determinacion de las zonas de dominio restringido tiene como efecto el congelamiento de la situacion inmobiliaria al momento de su declaracion, de modo que se mantengan sin alteraciones las construcciones existentes, no pudiendo efectuarse nuevas construcciones. - Dicho efecto esta fundamentado en el Plan Maestro del Aeropuerto el cual establece la proyeccion que el Aeropuerto tendra para satisfacer la demanda de servicios aereos y en este sentido contempla la proyeccion de su desarrollo en las areas circundantes.

ANEXO: COORDENADAS UTM DE LAS AREAS DE DOMINIO RESTRINGIDO DEL AEROPUERTO "CAP. FAP MORDAZA CANGA RODRIGUEZ" DE LA MORDAZA DE TUMBES
AREA Nº 1 VERT. A B C D E F G ESTE 568232.5830 569696.2870 569833.8380 570454.6200 570312.8270 567858.0660 568045.4300 NORTE 9608878.4320 9607032.8680 9606387.8770 9605605.1930 9605492.7390 9608580.9880 9608730.0020 ANG. INTERNO 90° 00' 00'' 153° 37' 15'' 206° 22' 51'' 89° 59' 52'' 90° 03' 46'' 90° 00' 56'' 179° 55' 19'' LADO DIST.(m) A-B B-C C-D D-E E-F F-G G-A 2355.53 659.50 998.98 180.97 3945.01 239.40 238.87

Area Total: 1,499,117.34 m2

Perimetro: 8,618.26 m