Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2013 (07/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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PROYECTO

El Peruano Sabado 7 de diciembre de 2013

de la ciudadania en general dentro del plazo de treinta (30) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la recepcion, procesamiento, sistematizacion y atencion de los comentarios que se presenten al mencionado proyecto de Decreto Supremo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Decreto Supremo que determina las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Capitan FAP MORDAZA MORDAZA Abensur Rengifo" de la MORDAZA de Pucallpa El Ministerio de Transportes y Comunicaciones a traves de la Direccion General de Aeronautica Civil, pone en consideracion del publico interesado el contenido del proyecto de Decreto Supremo que determina las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Capitan FAP MORDAZA MORDAZA Abensur Rengifo" de la MORDAZA de Pucallpa, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias a la Direccion General de Aeronautica Civil con atencion al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por escrito a MORDAZA Zorritos 1203, Cercado de MORDAZA, via fax al 6157838 o via correo electronico a proyectonormas@mintc.gob.pe dentro del plazo de treinta (30) dias habiles, de acuerdo al formato siguiente.

areas circundantes a cada aeropuerto de uso publico que tienen la condicion de zonas de dominio restringido, es de acuerdo al Plan Maestro respectivo; Que, el articulo 49° del Reglamento acotado, establece que todo aeropuerto debe contar con un Plan Maestro que establece la proyeccion que tendra, a fin de satisfacer la demanda de servicios aeronauticos y no aeronauticos, los que son aprobados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Aeronautica Civil; Que, a traves de la Resolucion Directoral N° 039-2011MTC/12, de fecha 07 de octubre de 2011, se aprobo el Plan Maestro de Desarrollo del Aeropuerto Internacional "Capitan FAP MORDAZA MORDAZA Abensur Rengifo" de la MORDAZA de Pucallpa, presentado por la empresa Aeropuertos del Peru S.A., concesionaria y explotadora del citado aeropuerto, que consta del Volumen I- Texto y Volumen II- Planos; Que, el Plan Maestro de Desarrollo del Aeropuerto Internacional "Capitan FAP MORDAZA MORDAZA Abensur Rengifo" de la MORDAZA de Pucallpa, contempla en el Plano 9.1 las areas necesarias para su futuro desarrollo; Que, corresponde establecer las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Capitan FAP MORDAZA MORDAZA Abensur Rengifo" de la MORDAZA de Pucallpa, en cumplimiento a lo dispuesto en la normatividad vigente; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 27261, Ley de Aeronautica Civil, modificada por la Ley N° 28525, Ley de Promocion de los Servicios de Transporte Aereo, y el Decreto Supremo No. 050-2001-MTC; SE DECRETA: Articulo 1º.- Zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Capitan FAP MORDAZA MORDAZA Abensur Rengifo" de la MORDAZA de Pucallpa. Aprobar la determinacion de las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Capitan FAP MORDAZA MORDAZA Abensur Rengifo" de la MORDAZA de Pucallpa, las que se describen en coordenadas UTM en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Limitaciones Los propietarios de los bienes inmuebles que se encuentren en las areas circundantes determinadas en el articulo 1° del presente Decreto Supremo, no podran realizar ninguna construccion que importe la obligacion de obtener una licencia de construccion. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno en MORDAZA a los

Articulo del Proyecto 1º 2º Comentarios Generales

Comentarios (*)

(*) Adjunte los documentos sustentatorios de sus comentarios de ser pertinentes.

DECRETO SUPREMO DETERMINAN ZONAS DE DOMINIO RESTRINGIDO DE LAS AREAS CIRCUNDANTES DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL "CAPITAN FAP MORDAZA MORDAZA ABENSUR RENGIFO" DE LA MORDAZA DE PUCALLPA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 27 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, modificado por la Ley No. 28525, Ley de Promocion de los Servicios de Transporte Aereo, determina que las areas circundantes a los aeropuertos son zonas de dominio restringido; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley de Aeronautica Civil del Peru, dispone que el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo establecera las zonas de dominio restringido de las areas circundantes a los aeropuertos, las que se determinaran conforme a las coordenadas UTM de validez universal, asimismo senala que los propietarios de los bienes inmuebles que se encuentren en dichas areas no podran realizar ninguna construccion que importe la obligacion de obtener una licencia de construccion; Que, el articulo 42° del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por el Decreto Supremo N°050-2001-MTC, establece que la determinacion de las

ANEXO: COORDENADAS UTM DE LAS AREAS DE DOMINIO RESTRINGIDO DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL "CAPITAN FAP MORDAZA MORDAZA ABENSUR RENGIFO" DE LA MORDAZA DE PUCALLPA
AREA Nº 1 VERT. A1 A2 A3 A4 A5 A6 A7 A8 A9 ESTE NORTE ANG. INTERNO LADO 34° 33' 24'' 145° 31' 54'' 217° 00' 24'' 180° 00' 00'' 101° 39' 51'' 221° 20' 03'' 270° 00' 00'' 90° 00' 00'' 269° 59' 42'' A1-A2 A2-A3 A3-A4 A4-A5 A5-A6 A6-A7 A7-A8 A8-A9 A9-A10 DIST.(m) 29.67 51.48 93.63 309.03 262.17 384.08 102.10 123.31 19.48 546239.7809 9072396.3322 546232.3926 9072425.0709 546250.0430 9072473.4322 546222.7353 9072562.9963 546132.6104 9072858.5896 546362.7512 9072984.1719 546494.4020 9073344.9834 546398.4907 9073379.9788 546440.7591 9073495.8231