Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2013 (07/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano Sabado 7 de diciembre de 2013

PROYECTO DECRETO SUPREMO

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de Normas Legales de Caracter General, el cual en su articulo 14° establece que las entidades publicas deben disponer la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia, en el Diario Oficial "El Peruano", en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) dias, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, la Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicacion de proyectos de normas legales, aprobada por la Resolucion Ministerial N° 543-2011-MTC/01, regula entre otros, el contenido que deben tener los proyectos normativos a publicar y el procedimiento de prepublicacion, considerando para el presente caso, al tratarse de un proyecto de Decreto Supremo, que la publicacion debe ordenarse mediante Resolucion Ministerial; Que, en consecuencia, corresponde proceder con la publicacion del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la determinacion de las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Cap. FAP MORDAZA Montes" de la MORDAZA de Talara, conforme a las normas previstas en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y la Directiva Nº 001-2011-MTC/01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 543-2011-MTC/01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la determinacion de las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Cap. FAP MORDAZA Montes" de la MORDAZA de Talara, asi como su Exposicion de Motivos en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, con el objeto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadania en general dentro del plazo de treinta (30) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la recepcion, procesamiento, sistematizacion y atencion de los comentarios que se presenten al mencionado proyecto de Decreto Supremo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

DETERMINAN ZONAS DE DOMINIO RESTRINGIDO DE LAS AREAS CIRCUNDANTES DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL "CAP. FAP MORDAZA MONTES" DE LA MORDAZA DE TALARA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 27 de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil, modificado por la Ley No. 28525, Ley de Promocion de los Servicios de Transporte Aereo, determina que las areas circundantes a los aeropuertos son zonas de dominio restringido; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley de Aeronautica Civil del Peru, dispone que el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo establecera las zonas de dominio restringido de las areas circundantes a los aeropuertos, las que se determinaran conforme a las coordenadas UTM de validez universal, asimismo senala que los propietarios de los bienes inmuebles que se encuentren en dichas areas no podran realizar ninguna construccion que importe la obligacion de obtener una licencia de construccion; Que, el articulo 42° del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por el Decreto Supremo N°050-2001-MTC, establece que la determinacion de las areas circundantes a cada aeropuerto de uso publico que tienen la condicion de zonas de dominio restringido, es de acuerdo al Plan Maestro respectivo; Que, el articulo 49° del Reglamento acotado, establece que todo aeropuerto debe contar con un Plan Maestro que establece la proyeccion que tendra, a fin de satisfacer la demanda de servicios aeronauticos y no aeronauticos, los que son aprobados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Aeronautica Civil; Que, a traves de la Resolucion Directoral N° 340-2012MTC/12, de fecha 26 de octubre de 2012, se aprobo el Plan Maestro de Desarrollo del Aeropuerto Internacional "Cap. FAP MORDAZA Montes", presentado por la empresa Aeropuertos del Peru S.A., concesionaria y explotadora del citado aeropuerto, que consta del Volumen I- Texto y Volumen II- Planos; Que, el Plan Maestro de Desarrollo del Aeropuerto Internacional "Cap. FAP MORDAZA Montes" de la MORDAZA de Talara, contempla en el Plano 9.1 las areas necesarias para su futuro desarrollo; Que, corresponde establecer las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Cap. FAP MORDAZA Montes" de la MORDAZA de Talara, en cumplimiento a lo dispuesto en la normatividad vigente; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil, modificada por la Ley No. 28525, Ley de Promocion de los Servicios de Transporte Aereo, y el Decreto Supremo No. 050-2001-MTC; SE DECRETA: Articulo 1º.- Zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Cap. FAP MORDAZA Montes" de la MORDAZA de Talara. Aprobar la determinacion de las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Cap. FAP MORDAZA Montes" de la MORDAZA de Talara, las que se describen en coordenadas UTM en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo 2º.- Limitaciones Los propietarios de los bienes inmuebles que se encuentren en las areas circundantes determinadas en el articulo 1° del presente Decreto Supremo, no podran realizar ninguna construccion que importe la obligacion de obtener una licencia de construccion. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno en MORDAZA a los

PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Decreto Supremo que determina las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Cap. FAP MORDAZA Montes" de la MORDAZA de Talara El Ministerio de Transportes y Comunicaciones a traves de la Direccion General de Aeronautica Civil, pone en consideracion del publico interesado el contenido del proyecto de Decreto Supremo que determina las zonas de dominio restringido de las areas circundantes del Aeropuerto Internacional "Cap. FAP MORDAZA Montes" de la MORDAZA de Talara, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias a la Direccion General de Aeronautica Civil con atencion al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por escrito a MORDAZA Zorritos 1203, Cercado de MORDAZA, via fax al 6157838 o via correo electronico a proyectonormas@mintc.gob.pe dentro del plazo de treinta (30) dias habiles, de acuerdo al formato siguiente

Articulo del Proyecto 1º 2º Comentarios Generales

Comentarios (*)

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