Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2012 (12/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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organos dependientes, en los casos expresamente establecidos (...)" Articulo 2º.- MODIFICAR el procedimiento Nº 11.02 contenido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA vigente de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 134-MDMM y sus modificatorias; correspondiente a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, conforme el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- INCORPORAR a la Ordenanza Nº 024MDMM y sus modificatorias, las infracciones y sanciones detalladas en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- MODIFICAR las infracciones y sanciones de la Ordenanza Nº 024-MDMM y sus modificatorias, detalladas en el Anexo III que forma parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Unica.- En concordancia al MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), Clasificador de Cargos y demas documentos de gestion aprobados mediante Ordenanza Nº 523-MDMM, entiendase que la denominacion o alusion que se haga en las demas disposiciones de la Ordenanza 182-MDMM y modificatorias, referidas al cargo funcional de "Jefe de Departamento" y unidad organica de "Departamento", se entenderan que corresponden a "Sub Gerente" y "Sub Gerencia", respectivamente. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Dispongase que los Procedimientos Administrativos Sancionadores que cuenten con Resolucion de Sancion a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, continuaran hasta su culminacion bajo las normas y competencias vigentes al momento de iniciados. Segunda.- Los Procedimientos Administrativos Sancionadores iniciados, que no cuenten con Resolucion de Sancion a la fecha de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se adecuaran a lo senalado en la presente norma. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ADECUESE toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR el cumplimiento de las disposiciones contempladas en la presente Ordenanza a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Policia Municipal, Sub Gerencia de Sanciones y demas unidades organicas de la municipalidad, de acuerdo a sus competencias. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica la publicacion de la presente Ordenanza y sus Anexos I, II y III en la pagina web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe conforme a ley. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 877140-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 228-MDSJL que aprueba el costo por derecho de emision mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 245 San MORDAZA de Lurigancho,23 de octubre de 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto, en Sesion Extraordinaria de la fecha, el Memorandum Nº 1198-2012-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 440-2012-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 330-2012GR/MDSJL de la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en su articulo 194º, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 concordante con el Art. II del titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la MORDAZA MORDAZA indicada, que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas Municipales; asimismo las Ordenanzas expedidas por la Municipalidades Distritales en materia tributaria deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su vigencia; teniendo ademas en cuenta y a fin de facilitar su administracion y garantizar una eficaz distribucion entre los contribuyentes de acuerdo a los criterios establecidos en las Sentencias del Tribunal Constitucional, recaidos en los expedientes Nº 0041-2004-AI/TC y 0053-2004-PI/TC; Que, mediante Ordenanza Nº 241/MDSJL publicada en el diario oficial El Peruano el 18 de Octubre de 2012 dispone la Prorroga para el Ejercicio 2013 la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 228/MDSJL, ratificada con Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 421-2012/MML, que aprueba los costos por Servicio de Emision Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ano 2012; Que, la Ordenanza Nº 241/MDSJL que Prorroga para el Ejercicio 2013 la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 228/MDSJL, ratificada con Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 421-2012/MML, que aprueba los costos por Servicio de Emision Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ano 2012, en su articulo MORDAZA senala que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; frente a ello la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 330-2012-GR/ MDSJL propone la modificacion de los articulos primero y MORDAZA de la Ordenanza a fin de compatibilizar con las normas pertinentes en la materia; Estando al Informe Nº 440 -2012-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica, y el Informe Nº 330-2012GR/MSJL de la Gerencia de Rentas; y de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del articulo 9° y por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA Mayoritario del Pleno del Concejo y dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del acta, se