Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2012 (12/12/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

480642

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de diciembre de 2012

Control y Seguridad Ciudadana y/o la Sub Gerencia de Policia Municipal estime convenientes, pudiendo realizarse a cualquier hora del dia salvo en el caso de establecimientos a los que se les debera notificar dentro de sus horarios de atencion habituales, con excepcion de los casos que involucren indicios o denuncias de faltas graves." "Articulo 11º.- Para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras la Sub Gerencia de Policia Municipal solicitara el MORDAZA de la Policia Nacional conforme a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades." "Articulo 13º.- La Municipalidad, a traves de las Gerencias de Desarrollo MORDAZA y Obras y de Desarrollo Social y Economico, interviene en los conflictos entre vecinos y fiscaliza el cumplimiento de los acuerdos de las juntas de propietarios de edificaciones y de las juntas vecinales, luego de una facultativa etapa de conciliacion extrajudicial. Las sanciones derivadas de dichos conflictos se aplican conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza." "Articulo 24º.- MORDAZA del inicio del procedimiento administrativo sancionador, la Sub Gerencia de Policia Municipal podra realizar actuaciones de investigacion a traves de inspecciones u otros medios con el objeto de determinar si es justificado iniciar el procedimiento." "Articulo 26º.- La denuncia vecinal se presenta por escrito en la Mesa de Partes de la Municipalidad y sera remitida en el plazo MORDAZA de un (1) dia a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana para su respectivo tramite, a traves de la Sub Gerencia de Policia Municipal. (...) (...) la Sub Gerencia de Policia Municipal emitira pronunciamiento sobre la denuncia en un plazo no mayor de treinta (30) dias. (...)" "Articulo 29º.- Vencido el plazo senalado en el articulo anterior, y con el respectivo descargo o sin el la Sub Gerencia de Sanciones, encargada de la instruccion del procedimiento, realizara el examen de los hechos, recabando, de ser necesario, los datos e informaciones que MORDAZA relevantes para determinar la responsabilidad del supuesto infractor e imponer las sanciones correspondientes." "Articulo 31º.- Concluido el examen de los hechos y en un plazo no mayor de veinte (20) dias de impuesta la Notificacion de Infraccion, la Sub Gerencia de Sanciones, emitira la Resolucion de Sancion respectiva, en la cual senalara la sancion o sanciones pecuniarias y/o no pecuniarias que corresponda imponer al infractor de acuerdo al CIS; o bien declarara la no existencia de la infraccion o, en su caso, declarara que la misma ha sido subsanada. (...)" "Articulo 32º.- En caso de declararse la no existencia de la infraccion o que la misma ha sido subsanada, la Sub Gerencia de Sanciones ordenara ademas el archivamiento del procedimiento. En la Resolucion de Sancion se exigira al administrado, de ser el caso, la reposicion de la situacion alterada por el mismo a su estado anterior. Las Resoluciones seran notificadas, tanto al administrado como a quien denuncio la infraccion, si este ultimo lo hubiere solicitado expresamente por escrito." "Articulo 33º.- La Resolucion de Sancion contiene el acto de imposicion de la multa y las sanciones no pecuniarias. Para su validez debe contener: (...) d) El sustento y/o fundamentos que motivan la imposicion de la sancion. (...) h) Denominacion del Organo del cual emana, nombre y firma del Sub Gerente de Sanciones. (...)"

"Articulo 34º.- Simultaneamente a la iniciacion del procedimiento sancionador o durante el mismo, la Sub Gerencia de Policia Municipal puede adoptar las siguientes medidas provisionales (...)" "Articulo 35º.- Las Medidas Provisionales se sustentaran en informe de la Sub Gerencia de Policia Municipal y su aplicacion se MORDAZA constar mediante acta que sera entregada al infractor (...)" "Articulo 39º.- (...) Si el infractor incumpliera con la orden, se MORDAZA efectiva la sancion impuesta a traves del Ejecutor Coactivo, conforme a lo senalado en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS.". "Articulo 41º.- El decomiso se hace efectivo a traves de la Sub Gerencia de Policia Municipal y se realiza previo acto de inspeccion que conste en acta (...)" "Articulo 42º.- Si el infractor no cumple con retirar voluntariamente los bienes colocados de manera antirreglamentaria en el plazo que establezca la Sub Gerencia de Policia Municipal (...) Por el caracter inalienable e imprescriptible de la via publica y a fin de garantizar el libre MORDAZA peatonal y vehicular, la Sub Gerencia de Policia Municipal retirara (...)" "Articulo 44º.- La Autoridad Municipal, a traves de la Sub Gerencia de Policia Municipal, ordenara paralizar las obras de construccion, edificacion o demolicion de edificaciones (...)" "Articulo 46º.- La Sub Gerencia de Sanciones, en coordinacion con la Sub Gerencia de Policia Municipal, remitira a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras un informe debidamente motivado que sustente la procedencia de la revocacion o suspension de las licencias otorgadas (...). Para sustentar la revocatoria, la Sub Gerencia de Sanciones se cenira a lo dispuesto en las normas municipales que establecen las causales respectivas. En los casos de suspension, la prohibicion de ejercer los derechos derivados del otorgamiento de la licencia se extendera por el plazo propuesto por la Sub Gerencia de Sanciones en el informe referido. Si vencido el plazo, el infractor mantiene la conducta que motivo la sancion, se le revocara las licencias. Cuando la revocacion de licencias se aplique al MORDAZA de la facultad de revision prevista en la Ley Nº 27444, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 93º, numeral 7, de la Ley Organica de Municipalidades y/o de las normas expresas dictadas por esta Municipalidad, esta medida no constituira sancion administrativa, haciendose efectiva a traves de una Resolucion, en la cual ademas se ordenara a la Sub Gerencia de Policia Municipal, con conocimiento de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, la ejecucion inmediata de la clausura del establecimiento o edificio (...)" "Articulo 47º.- La Sub Gerencia de Policia Municipal, dispondra el traslado e internamiento inmediato de vehiculos (...)" "Articulo 48º.- (...) La sancion de retencion se hace efectiva a traves de la Sub Gerencia de Policia Municipal y tiene por objeto preservar los bienes de uso publico (...)" "Articulo 49º.- Una vez notificada al infractor la Resolucion de Sancion, la Sub Gerencia de Sanciones remitira una MORDAZA a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas (...)" "Articulo 53º.- El Sub Gerente de Sanciones es competente para resolver los Recursos de Reconsideracion interpuestos contras las sanciones impuestas. El Recurso de Apelacion es resuelto en MORDAZA instancia por la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, en su calidad de jerarquico superior." "Articulo 55º.- Luego de la intervencion de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, a traves de sus