Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2012 (03/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 3 de MORDAZA de 2012

Que, el articulo 18° del Reglamento establece el funcionamiento de los Grupos de Trabajo, para la articulacion y coordinacion del SINAGERD, mediante el cual coordinan y articulan la gestion prospectiva, correctiva y reactiva, promueven la participacion e integracion de esfuerzos de las entidades publicas, el sector privado y la ciudadania en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD, entre otros; De conformidad, con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29664 - Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir el Grupo de Trabajo para la Gestion de Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura (GTGRD-MINAG), el cual estara integrado por los siguientes responsables de los organos y unidades organicas competentes: 1. Ministro de Agricultura, quien lo preside, 2. Viceministro de Agricultura, 3. Secretario General 4. Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, 5. Director General de la Oficina de Apoyo y Enlace Regional, 6. Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria, 7. Director General de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, 8. Director General de la Direccion General de Asuntos Ambientales, 9. Director General de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica, 10. Jefe de la Autoridad Nacional del Agua- MORDAZA, 11. Jefe del Servicio Nacional de Sanidad AgrariaSENASA, 12. Jefe del Instituto Nacional de Innovacion AgrariaINIA, 13. Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL, 14. Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones ­ PSI. 15. Jefe del Programa de Compensaciones para la Competitividad. 16. Director de la Unidad de Defensa Nacional. Articulo 2º.- Designar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto como la Secretaria Tecnica del GTGRDMINAG. Articulo 3º.- Otorgar un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles desde la instalacion del Grupo de Trabajo GTGRD-MINAG, para la elaboracion y MORDAZA de su Plan de Trabajo. Articulo 4º.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto presentara al Presidente del GTGRD-MINAG los lineamientos, mecanismos y herramientas necesarias asi como las adecuaciones de los instrumentos de gestion, para la implementacion adecuada de los procesos de la gestion del riesgo de desastres en el Sector Agricultura. Articulo 5º.- Dispongase que el GTGRD-MINAG coordine con la Unidad de Defensa Nacional los aspectos relacionados a la movilizacion y desmovilizacion y los procesos de la gestion reactiva, en el MORDAZA de sus funciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura 772274-1

Delegan diversas facultades en el Viceministro y en el Director General de la Oficina de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0127-2012-AG MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Memorandum Nº 506-2012-AG-OA y el Oficio Nº 453-2012-AG-OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0027-2012AG, publicada el 08 de febrero de 2012, se delegaron en el Director General de la Oficina de Administracion y en el Director de la Unidad de Logistica de la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura, facultades en materia de contratacion publica, durante el Ejercicio Fiscal 2012, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central; Que, por Resolucion Ministerial Nº 0045-2012AG, publicada el 25 de febrero de 2012, se delegaron diversas facultades en el Director General de la Oficina de Administracion y en el Secretario General del Ministerio de Agricultura; Que, mediante los documentos del visto, se sustenta sobre la necesidad de ampliar la delegacion de facultades, sobre diversas materias de caracter administrativo; Que, el ultimo parrafo del articulo 25º de la Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante la aplicacion del MORDAZA de desconcentracion, se consigue una descarga efectiva de funciones de los organos superiores, al transferir competencia para emitir resoluciones a los organos jerarquicamente dependientes, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses, tal como lo preve el articulo 74º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444: Que, teniendo en consideracion la estructura organica del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, y con el proposito de lograr una mayor fluidez en la marcha administrativa, es conveniente efectuar las delegaciones a diversos organos de este Ministerio; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion en materia de organizacion interna. Delegar en el Viceministro del Ministerio de Agricultura, la facultad de aprobar los Manuales de Organizacion Interna de los organos y unidades organicas del Ministerio de Agricultura, previa opinion favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el visto MORDAZA de la Secretaria General. Articulo 2°.- Delegacion en materia de contratacion publica. Delegar en el Director General de la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura, las facultades senaladas a continuacion: 1º. Aprobar las bases de los procesos de seleccion provenientes de exoneraciones.