Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2012 (03/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 3 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Crean la Comision Multisectorial de Intervencion Integral para la Gestion Reactiva del Riesgo de Desastres frente a las Temporadas de Heladas y Friaje
RESOLUCION SUPREMA Nº 092-2012-PCM MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los reportes de emergencias historicas del Sistema de Informacion Nacional para la Respuesta y Rehabilitacion - Instituto Nacional de Defensa Civil y el Ministerio de Salud, entre las semanas 16 y 39 de todos los anos se presenta la temporada de heladas y friaje, en las que las infecciones respiratorias agudas y las neumonias suelen incrementarse y son causa de muerte de personas, principalmente de ninos y ancianos, asi como de los animales mayores; epoca en la que se requiere una cercana atencion por parte de las entidades del Estado a las poblaciones vulnerables, a fin de proveerles atencion en salud, alimentacion y cobijo; Que, de otro lado, como consecuencia de la manifestacion de frios extremos se han inhabilitado y colapsado infraestructuras de comunicaciones, salud, educacion y vivienda, causando la interrupcion de servicios basicos en las poblaciones ubicadas por encima de los 3,500 metros sobre el nivel del mar; Que, los diversos organismos publicos del Gobierno Central, en el MORDAZA de sus funciones, han intervenido en la adopcion de acciones que permitan la preparacion y atencion de los danos ante el peligro inminente que las temporadas de heladas y friaje puedan ocasionar en las poblaciones mas vulnerables; Que, mediante la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de DesastresSINAGERD, se establece como parte de su finalidad, entre otros, la preparacion y atencion de situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 9 del Reglamento de la Ley N° 29664, el Instituto Nacional de Defensa Civil tiene por funcion, entre otros, coordinar la participacion de entidades y agencias de cooperacion nacional e internacional para los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion; Que, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, senala que el Poder Ejecutivo tiene las competencias exclusivas de disenar y supervisar politicas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado con Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, senala que la Presidencia del Consejo de Ministros tiene las funciones, entre otras, de realizar el monitoreo de las politicas y programas de caracter multisectorial del Poder Ejecutivo, y coordinar acciones con las entidades y comisiones del Poder Ejecutivo, conciliando prioridades para asegurar el cumplimiento de los objetivos de interes nacional; Que, el articulo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, senala que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal del Poder Ejecutivo, se crean con fines especificos para cumplir funciones de fiscalizacion, propuesta, o emision de informes tecnicos, los cuales se crean formalmente mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los sectores involucrados; Que, con la finalidad de prepararse ante el impacto del peligro inminente de los fenomenos naturales por temporadas de heladas y friajes, y brindar alternativas de solucion integrales que resguarden la salud de la poblacion a ser afectada, atendiendo oportunamente la situacion de emergencia en la temporada de heladas y friaje; resulta necesario crear una Comision Multisectorial

a fin de articular los esfuerzos para una buena gestion reactiva ante posibles riesgos de desastres; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.Creacion de la Comision Multisectorial Crease la "Comision Multisectorial de naturaleza temporal de Intervencion Integral para la Gestion Reactiva del Riesgo de Desastres frente a las Temporadas de Heladas y Friaje", la cual estara adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, siendo su objeto articular los esfuerzos para la preparacion, respuesta y rehabilitacion frente a las temporadas de heladas y friaje, a fin de identificar e implementar las estrategias y acciones de intervencion del Gobierno Central en coordinacion con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, respetando los principios generales que establece la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres-SINAGERD. Articulo 2º.- Conformacion de la Comision Multisectorial La Comision Multisectorial esta integrada por: a) Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidira; b) Un representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; c) Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas; d) Un representante del Ministerio de Salud; e) Un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; f) Un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; g) Un representante del Ministerio de Agricultura; h) Un representante del Instituto Nacional de Defensa Civil; i) Un representante del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia del Peru. Actuara como Secretario Tecnico de la Comision Multisectorial de Intervencion Integral para la Gestion Reactiva del Riesgo de Desastres frente a las Temporadas de Heladas y Friaje, el representante del Instituto Nacional de Defensa Civil. Articulo 3º.- Designacion de representantes Cada entidad designara mediante Resolucion de su Titular, a sus respectivos representantes, el mismo que debera tener experiencia en acciones referidas a los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion frente a las temporadas de heladas y friajes, dentro del plazo de cinco (05) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. El ejercicio de la funcion sera ad honorem; y, el funcionamiento de la Comision no ocasionara gasto alguno al Estado. Articulo 4º.- Instalacion de la Comision Multisectorial La Comision Multisectorial debera instalarse en un plazo que no excedera de siete (07) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Funciones de la Comision Multisectorial La Comision Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Identificar areas especificas de peligro inminente frente a la temporada de heladas y friaje, en las cuales se efectuara la intervencion multisectorial. b) Proponer estrategias y acciones de intervencion integral para la gestion reactiva del riesgo de desastres ante heladas y friaje, por parte del Gobierno Central, asi como los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.