Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2012 (03/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 3 de MORDAZA de 2012

c) Coordinar las acciones necesarias con los organismos publicos del Poder Ejecutivo, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en lo que corresponda a los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion que permitan el desarrollo de lo establecido en el literal anterior. Articulo 6º.- Vigencia El plazo de vigencia de la Comision Multisectorial para el cumplimiento de sus funciones asignadas en el articulo 5 de la presente Resolucion, sera de sesenta (60) dias habiles, contados partir de su instalacion. Articulo 7º.- Informe Final Al culminar el encargo conferido, la Comision Multisectorial presentara al Consejo de Ministros un Informe Final respecto a la identificacion de las zonas de peligro inminente ante la temporada de heladas y friaje, asi como la propuesta de intervencion multisectorial para la gestion reactiva del riesgo de desastres, que considere las acciones oportunas, a efectos que los sectores indicados adopten las medidas que correspondan en el ambito de sus competencias. Articulo 8º.- Apoyo de organos y dependencias La Comision Multisectorial podra convocar la participacion de profesionales e instituciones publicas y privadas que MORDAZA necesarias para tal efecto. Articulo 9º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Ministro de Economia y Finanzas; el Ministro de Salud; el Ministro de Agricultura; la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social; y la Ministra de Mujer y Poblaciones Vulnerables. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 772287-6

por el uso de agua superficial, subterranea y retribucion economica por el vertimiento de aguas residuales tratadas para el ano 2012; Que, en la elaboracion del cuadro descrito en el numeral 1.3 del articulo 1º del citado Decreto Supremo se incurrio en error al consignar los datos que corresponde a las filas y columnas de los volumenes a los que se aplica la retribucion economica plana por el uso de agua superficial con fines industriales, mineros y poblacionales para el ano 2012; Que, la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos mediante Informe Tecnico Nº 007-2012-ANA/ DARH senala que el cuadro descrito en el numeral 1.3 del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 014-2011-AG contiene un error, puesto que se ha invertido la denominacion correspondiente a las filas (categorias) y columnas (uso); tal como puede corroborarse en los Informes Tecnicos Nºs. 016 y 021-2011-ANA-DARH/VEA que sustentaron la emision del acotado dispositivo legal; En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 26889, Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa; DECRETA: Articulo 1º.- Rectificacion del Decreto Supremo Nº 014-2011-AG Rectificar el numeral 1.3 del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 014-2011-AG de la siguiente manera: "Se aplicara un valor de "retribucion economica plana" equivalente a cincuenta nuevos soles (S/. 50.00) para el caso de volumenes menores o iguales a los indicados en el cuadro descrito a continuacion:
Uso Minima Media MORDAZA Volumen menor o igual en m3 al que se aplica la retribucion economica plana, segun categoria Industrial 1,041 878 897 Minero 1,583 1,234 1,014 Poblacional 11,390 3,754 2,259

"

Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura 772287-2

Rectifican nombre de comunidad campesina por el de Comunidad Campesina de Pongococha
RESOLUCION SUPREMA Nº 007-2012-AG

AGRICULTURA
Rectifican articulo 1º del Supremo Nº 014-2011-AG
DECRETO SUPREMO Nº 005-2012-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2011-AG se determinaron los valores de las retribuciones economicas

Decreto

MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2012 VISTA: La solicitud de rectificacion de nombre presentada por la Comunidad Campesina de Pongoccocha, representada por el Presidente de la Directiva Comunal senor MORDAZA MORDAZA Tinco; y, CONSIDERANDO: Que, con escrito presentado el 23 de octubre del 2009, la Comunidad Campesina de Pongoccocha, representada