Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2010 (26/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de junio de 2010

El Memorando Nº 546-2010/DSE-MSH de la Direccion del SEACE, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 9º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el articulo 281º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que el OSCE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan sido sancionados por el Tribunal en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Direccion del SEACE respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Direccion por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de MORDAZA del 2010; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 9º de la Ley y el Art. 53º numeral 13 del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de OSCE, aprobado por el Decreto Supremo N º006-2009-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de MORDAZA del 2010: 1. LACOTEL S.R.L. - MORDAZA MORDAZA CONSTRUCCIONES TELECOMUNICACIONES Y ELECTRONICA S.R.L., Mediante Resolucion Nº 9652010-TC-S4 de 19.05.2010, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 567-2010-TC-S4 del 12.03.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 2. HUARECCALLO MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, segun Resolucion Nº 694-2010-TC-S3 del 13.04.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 3. BIOVET PERU S.A.C., Mediante Resolucion Nº 929-2010-TC-S3 de 14.05.2010, se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 710-2010TC-S3 del 15.04.2010, reformando el periodo de sancion de nueve (09) a ocho (08) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 4. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAVILON, Mediante Resolucion Nº 957-2010-TC-S1 de 19.05.2010, se declaro infundo el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada persona contra la Resolucion Nº 724-2010TC-S1 de 16.04.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no

suscripcion injustificada del contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 5. MORDAZA MORDAZA S.A.C. ­ VIRC S.A.C., Mediante Resolucion Nº 957-2010-TC-S1 de 19.05.2010, se declaro infundo el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada persona contra la Resolucion Nº 724-2010TC-S1 de 16.04.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 6. MORDAZA MORDAZA INGENIEROS CONSTRUCTORES S.R.L., Mediante Resolucion Nº 957-2010-TC-S1 de 19.05.2010, se declaro infundo el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada persona contra la Resolucion Nº 724-2010-TC-S1 de 16.04.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 7. ENERGIE CONSULT E.I.R.L., Mediante Resolucion Nº 939-2010-TC-S1 de 18.05.2010, se declaro infundo el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada persona contra la Resolucion Nº 752-2010-TC-S1 del 27.04.2010, que la sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por participar en el MORDAZA de seleccion, sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infraccion tipificada en el numeral 5) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM. 8. CONSTRUCTORA MORDAZA S.A.C., Inhabilitacion por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 759-2010-TC-S4 del 23.04.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 9. ASOCIACION DE PEQUENOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE LA REGION, Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, causal tipificada en el literal a) del articulo 30º del Reglamento de la Ley Nº 27767 del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria (PRONAA), aprobado mediante Decreto Supremo Nº002-2004-MINDES, segun Resolucion Nº 765-2010-TC-S3 del 26.04.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 10. AUSTRINKA S.A.C., Mediante Resolucion Nº 10472010-TC-S3 de 28.05.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 766-2010-TC-S3 del 26.04.2010, que la sanciona con quince (15) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no mantener su oferta hasta la suscripcion del contrato, causal tipificada en el numeral 1 literal a) del articulo 237º del Reglamento de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 11. IVOTEC INGENIEROS S.R.L., Mediante Resolucion Nº 1047-2010-TC-S3 de 28.05.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 766-2010-TC-S3 del 26.04.2010, que la sanciona con trece (13) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no mantener su