Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2010 (26/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de junio de 2010

servicio de la matricula de la embarcacion pesquera "RUBEN", MORDAZA PL-17623-BM y ahora PL-17623-CM, manteniendose los demas terminos y condiciones del permiso de pesca. Articulo 2°.- Aprobar a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "RUBEN" de matricula N° PL-17623-CM y 38.60 m3 de capacidad de bodega, solo en la extraccion de los recursos anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto y sardina con destino al consumo humano directo y en los demas terminos y condiciones en que fue otorgado por Resolucion Directoral N° 037-2003-PRE/ P-LL de fecha 28 de febrero de 2003, modificado por la Resolucion Directoral N° 633-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de octubre de 2008, condicionandose la eficacia de dicho derecho administrativo al resultado del MORDAZA judicial correspondiente, de acuerdo a lo establecido por el tercer parrafo del Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a MORDAZA MARITZA MORDAZA MORDAZA a traves de la Resolucion Directoral N° 6332008-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "RUBEN" de matricula N° PL-17623-CM. Articulo 4°.- Incorporar a GRICELDAEFFIO MORDAZA, como nueva titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "RUBEN" de matricula N° PL-17623-CM, asi como la presente Resolucion al Anexo correspondiente de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo a MORDAZA MARITZA MORDAZA MORDAZA y la Resolucion Directoral N° 633-2008-PRODUCE/DGEPP, consignado en el Anexo de la indicada Resolucion Ministerial. Articulo 5°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la pagina Web del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. 511560-6 RESOLUCION DIRECTORAL N° 397-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 14 de junio del 2010 Visto los escritos con Registros N°s 00083401-2009, 00083401-2009-1, 00083401-2009-2, 00083401-2009-3, 00083401-2009-4 y 00083401-2009-5 del 22 de octubre del 2009, 22 de enero, 09 y 17 de marzo, 08 de MORDAZA y 04 de MORDAZA del 2010 respectivamente, presentados por PESQUERA EXALMAR S.A. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 0122001-PE y modificado por el Decreto Supremo N° 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no procede el cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o

confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Directoral N° 144-2006PRODUCE/DNEPP de fecha 2 de MORDAZA de 2006, modificada por la Resolucion Directoral N° 456-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 24 de noviembre de 2006, se otorgo permiso de pesca a CORPORACION MORDAZA S.A., para operar la embarcacion "COSTA DE ORO" de matricula N° CO-22904-PM de 300.00 m3 de capacidad de bodega para la extraccion del recurso anchoveta utilizando red de cerco de ½ pulgada (13 mm) con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas de la costa; declarandose improcedente el extremo de la solicitud de permiso de pesca presentada por la citada empresa respecto a destinar el recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo y los recursos sardina, jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto, al no contar la citada embarcacion pesquera con sistema de preservacion a bordo alguno, no presentando la recurrente MORDAZA del protocolo sanitario expedido por la autoridad competente y por lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2002-PRODUCE; Por Resolucion Ministerial N° 232-98-PE de fecha 11 de MORDAZA de 1998, modificado por la Resolucion Directoral N° 182-2003-PRODUCE/DNEPP, del 3 de MORDAZA de 2003, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a CORPORACION MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada "IPANEMA", de matricula N° CO-14268-PM de 296.44 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion R.S.W., para la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm), y 1 ½ pulgada (38 mm), de tamano de abertura de malla segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que, por Resolucion Directoral N° 388-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 22 de MORDAZA del 2008, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, a favor de CORPORACION MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "LIGURIA", con matricula N° CO-23167-PM, de 152.00 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm), y 1 ½ pulgada (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que, por Resolucion Directoral N° 236-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 4 de MORDAZA del 2007, se otorgo a favor de CORPORACION MORDAZA S.A., permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "COSTA BRAVA" de matricula N° CO23560-PM con 307.17 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando para ello redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm) de longitud de abertura de malla, respectivamente, en el ambito nacional y fuera de las cinco (5) millas adyacentes a la costa; Que, por Resolucion Ministerial N° 524-97-PE de fecha 7 de octubre de 1997, ampliada por Resolucion Ministerial N° 336-99-PE de fecha 2 de diciembre de 1999, modificada por la Resolucion Directoral N° 182-2003-PRODUCE/ DNEPP del 3 de MORDAZA del 2003 y la Resolucion Directoral N° 037-2005-PRODUCE/DNEPP del 25 de enero del 2005, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a CORPORACION MORDAZA S.A. para operar, entre otras, la embarcacion pesquera "CARIBE" con matricula N° CO-15312-PM y con 374.65 m3 de capacidad de bodega para la extraccion de recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, con el uso de red de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que, por Resolucion Ministerial N° 609-97-PE de fecha 20 de octubre de 1997, ampliada por Resolucion Ministerial N° 255-98-PE de fecha 20 de MORDAZA de 1998