Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2010 (28/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion de riesgo, de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion. Que, el Articulo 8º de la Ley de las Personas MayoresLey 28803, establece que las Municipalidades Distritales y Provinciales en coordinacion con la Direccion de Personas Adultas Mayores del MIMDES, deben crear los Centros Integrales de Atencion al Adulto Mayor (CIAM). Que, el tercer parrafo del Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 013-2006-MIMDES, Reglamento de la Ley de las Personas Adultas Mayores, indica que las municipalidades dispondran las medidas administrativas necesarias y estableceran alianzas estrategicas para la implementacion progresiva de los servicios que deben brindar los CIAM de acuerdo al articulo 8º de la Ley Nº 28803. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 613-2007MIMDES, se aprueban las pautas y recomendaciones para el funcionamiento de los Centros Integrales de Atencion al Adulto Mayor (CIAM), entendiendose por CIAM al espacio municipal de prestacion, coordinacion y articulacion, intra e interinstitucional, de servicios basicos integrales y multidisciplinarios, para el bienestar y promocion social de las personas adultas mayores domiciliadas en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, promoviendo la participacion de la persona adulta mayor y la familia. Que, en el distrito de MORDAZA el MORDAZA segun el INEICenso 2007, existen 24,560 personas Adultas Mayores; y, para el ano 2010 se ha proyectado a 31,841 personas Adultas Mayores. Que, desde hace 15 anos la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, viene promoviendo la participacion y asociatividad de las personas adultas mayores, siendo que a la fecha se han registrado en el padron a 1,512 personas Adultas Mayores; contando con 33 Clubes y Asociaciones, 2 Redes Distritales y 1 Asociacion Distrital. Que, en ese sentido, actualmente, a traves de la Gerencia de Desarrollo Social, Sub Gerencia de Salud y Ambiente, se viene desarrollando una serie de actividades, destacando entre ellas: talleres de desarrollo de habilidades manuales y motrices, talleres de fomento del ejercicio fisico y la recreacion, participacion en eventos masivos de recreacion y celebracion de fechas civicas como paseos de MORDAZA e invierno, celebracion del Dia de la MORDAZA, celebracion del Dia del Padre, celebracion por el Dia Nacional del Adulto Mayor, celebracion por el Dia Internacional del Adulto Mayor, celebraciones de misa de salud para los adultos mayores, Navidad del Adulto Mayor. Que, la Oficina de Participacion Ciudadana, dentro del MORDAZA estipulado para el reconocimiento de las Organizaciones Sociales, reconocen la creacion de Organizaciones de Personas Adultas Mayores en el Distrito, y realizara su inscripcion en el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS), permitiendo asi su participacion como agentes activos de manera organizada y concertada en las actividades, proyectos y otros analogos de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades. Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8 del articulo 9º, asi como el articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA QUE CONSTITUYE LOS CENTROS INTEGRALES DE ATENCION AL ADULTO MAYOR (CIAM) EN LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA Articulo Primero.- Objeto La presente Ordenanza Municipal, tiene por objeto constituir los Centros Integrales de Atencion al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad Distrital de MORDAZA el Salvador. Articulo Segundo.- Finalidad La presente Ordenanza tiene como finalidad 1. Desarrollar lazos de mutuo conocimiento y amistad entre los participantes; 2. Identificar problemas individuales, familiares o locales en general; 3. Combatir y prevenir los problemas de salud mas comunes en este grupo de edad; 4. Realizar actividades y practicas de caracter recreativo e integrativo; 5. Participar en talleres de

autoestima, mantenimiento de funciones mentales superiores y prevencion de enfermedades cronicas; 6. Otorgar especial importancia a la labor de alfabetizacion; 7. Implementar talleres de manufactura y desarrollo de habilidades laborales puntuales; 8. Participar en eventos sociales e informativos sobre analisis de la problematica local y alternativas de solucion; 9. Promover en la ciudadania un trato diligente, respetuoso y solidario con las personas adultas mayores; 10. Proponer soluciones a la problematica que afecta al adulto mayor; y, 11. Otros que senale el reglamento de la Ley 28803, Ley de las Personas Adultas Mayores. Articulo Tercero.- Definicion Los Centros Integrales de Atencion al Adulto Mayor (CIAM) son espacios municipales de prestacion, coordinacion y articulacion, intra e interinstitucional, de servicios basicos integrales y multidisciplinarios, para el bienestar y promocion social de las personas adultas mayores domiciliadas en el Distrito de MORDAZA El MORDAZA, promoviendo la participacion de las personas adultas mayores y la familia. Articulo Cuarto.- Dependencia funcional e implementacion Los Centros Integrales de Atencion al Adulto Mayor (CIAM) dependeran funcionalmente de la Sub Gerencia de Salud y Ambiente de la Gerencia de Desarrollo Social. Su implementacion es progresiva, promoviendo una cobertura adecuada, de acuerdo con la capacidad economica institucional. Articulo Quinto.- Celebracion de Convenios Los Centros Integrales de Atencion al Adulto Mayor (CIAM), a traves de la Gerencia de Desarrollo Social, en concordancia con la Ley 28803 y su Reglamento, podran proponer la celebracion de convenios con organizaciones e instituciones publicas o privadas, que puedan proporcionar en forma desinteresada y voluntaria atencion profesional o humana a los beneficiarios adultos mayores, dentro del MORDAZA juridico legal. La celebracion de convenios, debera ser aprobado por el Concejo Municipal, de conformidad a lo establecido por el numeral 26 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Sexto.- Vigencia La presente Ordenanza regira a partir del dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El reglamento de Los Centros Integrales de Atencion al Adulto Mayor (CIAM), sera elaborado por la Subgerencia de Salud y Ambiente, el mismo que sera aprobado mediante Decreto de Alcaldia, conforme a Ley. Segunda.- Encarguese a la Gerencia Municipal en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo Social a traves de la Subgerencia de Salud y Ambiente, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- Encarguese a la Unidad de Comunicaciones, Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica e Informatica, la difusion de la presente Ordenanza en la pagina Web de la Municipalidad. Cuarta.- Deroguese todas las normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 536055-3

Aprueban disposiciones sobre tasa de interes moratorio aplicable a las deudas tributarias administradas por la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 213-MVES MORDAZA El MORDAZA, 26 de agosto del 2010