Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2010 (28/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2010

Que, por otro lado, cabe precisar que la Contraloria General de la Republica en el ano 2005, realizo una accion de control de Gestion Gubernamental a la Reserva Nacional de Paracas y su MORDAZA de amortiguamiento en la que se encuentran involucrados cinco entidades tales como el Ministerio de Energia y Minas, Ministerio de de la Produccion, Direccion de Capitanias y Puertos­ DICAPI, INRENA y la Municipalidad Distrital de Paracas. Las conclusiones y recomendaciones se encuentran materializadas en el Informe Nº 400-2005-GGR, documento que se tomo en cuenta por las autoridades sectoriales, generando responsabilidad administrativa; Que, por otro lado, la Resolucion Jefatural Nº 1252003-INRENA, expedida por el Ex INRENA, determino las extensiones de las areas naturales y sus zonas de amortiguamiento, en el que la Reserva Nacional de Paracas, que comprende que las area naturales y sus espacios de amortiguamiento, constituyen Patrimonio de la Nacion y es deber del Estado protegerlas a perpetuidad y precisa que bajo el MORDAZA precautorio, se deben adoptar medidas ante la amenaza inminente ante cualquier actividad que tienda a perjudicarla, no siendo necesario pretextar la certeza de prueba cientifica para la procedencia de cualquier actividad; Que, en atencion a las consideraciones precedentes, las deliberaciones realizadas por los senores Consejeros Regionales durante la Sesion Ordinaria Descentralizada y la participacion de los asistentes, conforme asi se desprende del acta de sesion de la fecha, el Consejo Regional acordo con el quorum de ley, dictar el presente Acuerdo de Consejo Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria Descentralizada del trece de MORDAZA del ano dos mil diez, con el MORDAZA aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica; y, en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modificatorias, con la dispensa y aprobacion del acta de la fecha; ACUERDA: Articulo Primero.- RECOMENDAR que se paralicen los plazos de aprobacion del estudio de impacto ambiental. Articulo Segundo.- LIBRAR el oficio respectivo a los organismos competentes. Articulo Tercero.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de Mayor Circulacion de la Region, ademas de su inclusion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional, previo los procedimientos establecidos por Ley. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA CABREJAS MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. MORDAZA TRIVENO MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Ica 536336-1

Exhortan Tecnica

la

instalacion

de

Mesa

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0036-2010-GORE-ICA Ica, 21 de junio de 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesion Ordinaria Descentralizada del distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, del dia trece de MORDAZA del ano dos mil diez;

Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los articulos 11 y 13 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establecen que el Consejo Regional es un organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, en tal virtud es atribucion del Consejo Regional dictar normas expresando su decision sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional, conforme al articulo 39 de la acotada MORDAZA legal; Que, conforme al inciso g) del articulo 9º de la Ley Nº 27867, entre las funciones del Gobierno Regional, le corresponde entre otras, promover y regular actividades y/o servicios en materia de turismo, energia, mineria, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, el Consejo Regional en Sesion Ordinaria Descentralizada de la fecha, como consecuencia de haber tomado conocimiento de parte de los representantes de la Comision de Defensa de Paracas; Comite de San Andres; Asociacion de Pescadores de San Andres; Asociacion de Pescadores Artesanales de Bolichito; Municipalidad Provincial de Pisco; Autoridad Eclesiastica de San Andres; y Autoridades de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en el que se manifiesta que viene sosteniendo reuniones con las Autoridades del Gobierno Central como el Primer Ministro, Ministerio de Energia y Minas; asi como el Vice Ministerio del sector aludido, en torno a la existencia de problemas en la Zonificacion Industrial gestionada por la Empresa Nitratos del Peru, para cuyo efecto esta Empresa viene tramitando el saneamiento fisico-legal del area industrial asignado por el Estado, respecto del terreno ubicado en la MORDAZA de Amortiguamiento, que comprende la Reserva Nacional de Paracas; por lo que se propone que el Consejo Regional disponga la Instalacion de una Mesa Tecnica, debiendo participar los funcionarios de los diversos estamentos del Estado Central, Regional y Local, con participacion del pueblo de la Region Ica; Que, por otro lado, cabe precisar que la Contraloria General de la Republica en el ano 2005, realizo una accion de control de Gestion Gubernamental a la Reserva Nacional de Paracas y su MORDAZA de Amortiguamiento en la que se encuentran involucrados cinco entidades tales como el Ministerio de Energia y Minas, Ministerio de la Produccion, Direccion de Capitanias y Puertos­DICAPI, INRENA y la Municipalidad Distrital de Paracas. Las conclusiones y recomendaciones se encuentran materializadas en el Informe Nº 400-2005-GGR, documento que se tomo en cuenta por las autoridades sectoriales, generando responsabilidad administrativa; Que, por otro lado, la Resolucion Jefatural Nº 1252003-INRENA, expedida por el Ex INRENA, determino las extensiones de las areas naturales y sus zonas de amortiguamiento, en el que la Reserva Nacional de Paracas, que comprende que las area naturales y sus espacios de amortiguamiento, constituyen Patrimonio de la Nacion y es deber del Estado protegerlas a perpetuidad y precisa que bajo el MORDAZA precautorio, se deben adoptar medidas ante la amenaza inminente ante cualquier actividad que tienda a perjudicarla, no siendo necesario pretextar la certeza de prueba cientifica para la procedencia de cualquier actividad; Que, en atencion a las consideraciones precedentes, las deliberaciones realizadas por los senores Consejeros Regionales durante la Sesion Ordinaria Descentralizada y la participacion de los asistentes, conforme asi se desprende del acta de sesion de la fecha, el Consejo Regional acordo con el quorum de ley, dictar el presente Acuerdo de Consejo Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria descentralizada del trece de MORDAZA del ano dos mil diez, con el MORDAZA aprobatorio del pleno del Consejo Regional de Ica; y, en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modificatoria, con la dispensa y aprobacion del acta de la fecha; ACUERDA: Articulo Primero.- EXHORTAR la Instalacion de una Mesa Tecnica, debiendo participar los funcionarios de