Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2010 (28/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2010

Ordenanza Nº 000043.Modifican la Ordenanza N° 000029 referente a la exoneracion del pago de tasa por derecho de tramite de Matrimonio Civil Comunitario 424620 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza Nº 010-2010-MDLP/ALC.- Regulan el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2011 de la Municipalidad Distrital de La Punta 424621

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Res. Nº 033-2010-SUNASS-CD.- Proyecto de resolucion que aprueba formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion de EMSAP CHANKA S.C.R.L. y los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los Precios de los Servicios Colaterales que presta a sus usuarios 424636

SEPARATA ESPECIAL
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

PROYECTOS
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. Nº 212-2010-OS/CD.- Proyecto de resolucion que aprueba la modificacion de la MORDAZA "Procedimiento de Liquidacion Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmision Electrica" 424624 Res. Nº 213-2010-OS/CD.- Proyecto de resolucion que aprueba la modificacion de la MORDAZA "Procedimiento de Altas y Bajas en Sistemas de Transmision" 424631

Res. N° 486-2010/SUNAT/A.- Aprueban Procedimiento General "Material de Uso Aeronautico" INTA-PG.19 version 2 424516 Res. N° 491-2010/SUNAT/A.- Aprueban Procedimiento General "Importacion para el consumo" INTA-PG.1-A (version 1) 424625 ECONOMIA Y FINANZAS MORDAZA Macroeconomico Multianual Revisado 2011-2013 (actualizado al mes de agosto de 2010) 1 al 44

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 059-2010 DICTAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA CREAR EL PROGRAMA PILOTO DE ASISTENCIA SOLIDARIA: GRATITUD
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru, es objetivo de la comunidad y del Estado otorgar proteccion a los grupos sociales especialmente vulnerables, dentro de los cuales estan comprendidos los adultos a partir de los setenta y cinco (75) anos de edad que carecen de las condiciones basicas para su subsistencia; Que, de acuerdo a la informacion proveniente de la Encuesta Nacional de Hogares ­ ENAHO 2009, emitida en el mes de MORDAZA del presente ano, el 12,5% de la poblacion de adultos a partir de los setenta y cinco (75) anos de edad se encuentra en condicion de extrema pobreza, y como consecuencia de ello esta expuesta a riesgos de salud fisica y mental, deficiente alimentacion y nutricion, precariedad economica y abandono; Que, el objetivo gubernamental de preservar el capital humano ha venido centrando su atencion prioritaria en la poblacion vulnerable constituida por ninos y adolescentes que forman parte del 30% del total de la poblacion; dejando de lado a la poblacion senalada en los considerandos precedentes, la misma que tambien se encuentra excluida del crecimiento economico sostenido que ha experimentado la economia peruana en los ultimos anos; Que, ante la situacion de vulnerabilidad social descrita, evidenciada con los resultados de la ENAHO MORDAZA

mencionados, resulta necesario y urgente establecer un mecanismo de asistencia y proteccion para este grupo social especialmente excluido de los programas sociales existentes, a traves del otorgamiento de transferencias monetarias directas sin las cuales dicha poblacion objetivo no podria asegurar las condiciones basicas para su subsistencia; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar, tiene a su cargo la conduccion y ejecucion de Programas Sociales, dirigidos a promover la proteccion y desarrollo integral de ninas, ninos, adolescentes, jovenes, adultos y adultos mayores que se encuentran en situacion de riesgo o abandono, propiciando la generacion y mejoramiento de las condiciones que aseguren su desarrollo integral; Que, para implementar dichas transferencias monetarias directas como una politica de largo plazo debera evaluarse su diseno e impacto en el MORDAZA de un Programa Piloto a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en coordinacion con el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres - "JUNTOS", por lo que resulta conveniente que inicialmente el alcance de esta medida se circunscriba a los adultos a partir de los setenta y cinco (75) anos de edad de los hogares beneficiarios de dicho Programa Nacional en los departamentos de Huancavelica, MORDAZA y Ayacucho; y de MORDAZA Metropolitana que se encuentren en condicion de extrema pobreza de acuerdo a los criterios del Sistema de Focalizacion de Hogares ­ SISFOH; Que, en consecuencia resulta de interes nacional dictar medidas extraordinarias de caracter economico y financiero que permitan crear el Programa Piloto mencionado en el considerando precedente, toda vez que de no implementarse esta medida se estaria desprotegiendo a un sector vulnerable de la poblacion, lo que impedira el logro de los objetivos del Gobierno de asegurar una reduccion sostenida de la pobreza y pobreza extrema; En uso de las facultades conferidas en el numeral 19) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica;