Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2010 (28/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2010

concepto de tramitacion de procedimientos administrativos o por el aprovechamiento particular de bienes de propiedad de la Municipalidad; Que, mediante Ley Nº 29227 se regula el Procedimiento No Contencioso de la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarias, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS, que disponen que las municipalidades, estan facultadas a ejecutar el Procedimiento No Contencioso de Separacion Convencional y el Divorcio Ulterior; Que, en tal sentido, resulta necesario la aprobacion del Procedimiento que regula la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA al MORDAZA de las normas citadas, disponiendo las funciones, plazos y competencias, asi como aprobar el pago del derecho correspondiente por la prestacion del servicio en el procedimiento administrativo; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 8 del articulo 9º, asi como el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, asi como la dispensa del tramite de aprobacion y lectura del Acta, se expide la siguiente; ORDENANZA Articulo 1º.- APROBAR la Ordenanza que regula el Procedimiento No Contencioso de la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, la misma que consta de diez (10) articulos, tres (02) Disposiciones Complementarias y tres (03) Disposiciones Finales que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo ratificatorio de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Servicios Municipales a traves de la Subgerencia de Registros Civiles con el apoyo de los demas Organos y Gerencias de esta Municipalidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina de Presupuesto y Planeamiento a traves de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica la publicacion del integro de la presente Ordenanza en el MORDAZA institucional: www.munives.gob.pe. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 536055-1

actividades ha concretar la vision de "ciudad productiva y de emprendedores lideres de MORDAZA Sur comprometidos con el desarrollo distrital donde las actividades industriales, comerciales, de servicios recreativos y culturales son competitivas, generadoras de riqueza y posicionadas en el contexto nacional e internacional", dentro de la vision de nuestra comuna la promocion del desarrollo economico local bajo principios de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres"; Que, mediante Informes Nº 142-2009-GDE/MVES y 040-2010-GDE/MVES, la Gerencia de Desarrollo Economico opina favorablemente por la aprobacion del Plan Estrategico de Desarrollo Economico Local de MORDAZA El MORDAZA al 2021; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9º, asi como el Art. 41º de la Ley Organica de Municipalidades, contando con el MORDAZA Mayoritario del Concejo Municipal, se expide la presente; ORDENANZA: Articulo 1º.- APROBAR el Plan Estrategico de Desarrollo Economico Local de MORDAZA El MORDAZA al 2021, el cual consta de 04 (cuatro) Titulos: MORDAZA, Introduccion, MORDAZA metodologico y el Plan Estrategico de Desarrollo Economico Local de MORDAZA El Salvador; y 05 (cinco) Capitulos: I.- Sector Industria, con 10 programas y 41 proyectos de desarrollo; II.- Sector Comercio, con 09 programas y 21 proyectos de desarrollo; III.- Sector Servicios con 09 programas y 27 proyectos de desarrollo; IV: Sector Pecuario e Industrial con 10 programas y 20 proyectos de desarrollo; y, V: Modelo de Gestion del Plan DEL; y como Anexos: Diagnostico Economico del Distrito de MORDAZA El MORDAZA y Exposicion, los mismos que forman parte, en calidad de anexo, de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Economico la implementacion del Plan Estrategico de Desarrollo Economico Local de MORDAZA El MORDAZA al 2021 en el distrito y a la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica la publicacion de la misma en el MORDAZA institucional de esta Municipalidad: www.munives.gob.pe, en la misma fecha de la publicacion oficial. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 536055-2

Aprueban Plan Estrategico de Desarrollo Economico Local de MORDAZA El MORDAZA al 2021
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 211-MVES MORDAZA El MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2010

Constituyen los Centros Integrales de Atencion al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 212-MVES MORDAZA El MORDAZA, 13 de agosto de 2010 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL SALVADOR; CONSIDERANDO:

Visto: El Proyecto de Ordenanza para la aprobacion del Plan Estrategico de Desarrollo Economico de MORDAZA El MORDAZA al 2021 como MORDAZA normativo para la promocion del desarrollo economico en el distrito, asi como el Informe Nº 040-2010-GDE/MVES; y, CONSIDERANDO: Que, nuestra Carta Magna en su articulo 195º establece expresamente que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local; Que, segun la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su Titulo Preliminar Articulos VI y X, asi como el Articulo 36º establecen las funciones municipales de promocion del desarrollo economico local; Que, dentro del Plan Integral de Desarrollo Concertado al 2021 se ha considerado la Linea Estrategica 3 destinado al Desarrollo Economico Local orientando sus objetivos estrategicos, programas, proyectos y

Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establece que las Municipalidades Distritales son los organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, el Articulo 7º de la Carta Magna senala que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, del medio familiar y la de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental, tiene derecho al respecto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad. Que, el numeral 2.4 del Articulo 84º de la Ley Organica de Municipales ­ Ley Nº 27972; establece como funciones especificas exclusivas de las municipales distritales;