Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2009 (04/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

403833

Meta 33569: Atencion del Protocolo y Ceremonial de Estado y las Inmunidades y Privilegios de los Diplomaticos Extranjeros, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Nombres y Apellidos US$ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2,258.80 Viaticos por dia US$ 260.00 Numero de dias 2+2 Total viaticos US$ 1,040.00 Tarifa aeropuerto US$ 31.00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida comision, el mencionado funcionario diplomatico debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 405454-2

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban "Manual para la Organizacion de Ferias Regionales de Intermediacion Laboral"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 294-2009-TR MORDAZA, 02 de octubre de 2009 VISTO: El Oficio Nº 3404-2009-MTPE/3/11.2 de fecha 24 de setiembre de 2009, del Director Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal b) del numeral 23.1 del articulo 23º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, son funciones generales de los Ministerios aprobar las disposiciones normativas que les corresponden; Que, los articulos 4º y 5º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, reconocen a la intermediacion laboral como una de las areas programaticas de responsabilidad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, organismo rector en materia de trabajo y promocion del empleo, competente para dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales; Que, los literales b) y g) del articulo 56º del Reglamento de Organizacion y Funciones del MTPE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias, establecen que son funciones especificas de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional, formular y proponer la normatividad de empleo y formacion profesional, supervisar su cumplimiento y aprobar instrumentos normativos internos en la materia, asi como coordinar, regular y supervisar los sistemas de intermediacion laboral publicos y privados; Que, el Manual de Operaciones del Programa RED CIL PROEmpleo, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 033-2009-TR, establece en sus numerales 2.1 y 2.3 que dicho programa depende administrativa y funcionalmente de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional; y tiene como funciones,

entre otros, coordinar y articular la red de oficinas publicas de empleo de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo de los Gobiernos Regionales y los Centros de Colocacion e Informacion Laboral (Centros CIL), asi como promover y facilitar la vinculacion laboral entre empresas que requieren personal y buscadores de empleo, disenando estrategias y herramientas para dicho fin; Que, el Programa Red CIL PROEmpleo ha venido implementado una nueva modalidad de vinculacion entre buscadores de empleo y empleadores denominada "Intermediacion Focalizada", atendiendo a la dinamica del MORDAZA laboral peruano, la cual se encuentra dirigida a atender demandas masivas de personal que requieren ser cubiertas rapidamente a fin de lograr una vinculacion agil, directa e inmediata entre los empleadores que ofrecen vacantes y los buscadores de empleo, y a la vez garantizar la transparencia y seriedad de las convocatorias estacionales de personal, que en muchos casos son realizadas a traves de intermediadores informales; Que, esta modalidad de "Intermediacion Focalizada" viene siendo asumida por el Programa Red CIL PROEmpleo a traves de la organizacion de Ferias Regionales de Intermediacion Laboral, como parte del conjunto de acciones de politica laboral emprendidas por el Poder Ejecutivo para la promocion activa del empleo, de conformidad con lo previsto en el articulo 2º y el inciso a) del articulo 3º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Formacion y Promocion Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-97-TR; Que, la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional, a traves del Programa RED CIL PROEmpleo, ha disenado un modulo informatico de registro especial para la intermediacion focalizada en el Sistema de Intermediacion Laboral ­ SILNET, para poder distinguir los resultados alcanzados por cada modalidad de intermediacion, disenar estrategias especificas de intervencion, asi como efectuar una objetiva y adecuada rendicion de cuentas de las acciones del Programa y de las oficinas articuladas a su red; Que, mediante Oficio Nº 3404-2009-MTPE/3/11.2, la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional remite para su aprobacion al Despacho del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral el instrumento tecnico denominado "Manual para la organizacion de Ferias Regionales de Intermediacion Laboral", el cual tiene como finalidad establecer las condiciones previas a la realizacion de dichas ferias, asi como fijar las pautas basicas para que las oficinas publicas de empleo de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo de los Gobiernos Regionales y los Centros de Colocacion e Informacion Laboral (Centros CIL), puedan organizarlas y promocionarlas; Que, en merito a lo expuesto, resulta necesario expedir la Resolucion Ministerial que apruebe el citado instrumento; Con la conformidad del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, y las visaciones del Director Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional y de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica; y De conformidad con el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el numeral 8 del articulo 25º de la Ley Nº 29518, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "MANUAL PARA LA ORGANIZACION DE FERIAS REGIONALES DE INTERMEDIACION LABORAL", formulado por la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional, el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- La Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional, a traves del Programa RED CIL PROEmpleo, es el organo encargado de