Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2009 (04/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 737-2009-PRODUCE/DGEPP

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de octubre de 2009

MORDAZA, 16 de septiembre de 2009 Visto el escrito de Registro N° 00071231-2009 de fecha 09 de septiembre del 2009, presentada por la empresa LOS HALCONES S.A. CONSIDERANDO: Que, en el numeral 32.2 del articulo 32º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que las embarcaciones pesqueras para consumo humano directo mayores de cien (100) toneladas metricas de capacidad de bodega, que destinen sus capturas a plantas procesadoras de consumo humano directo, podran contar con permiso de pesca siempre que cuenten con sistemas CSW (agua de mar enfriada) o RSW (agua de mar refrigerada) u otro sistema que garantice la optima calidad del producto capturado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE de fecha 14 de septiembre de 1994, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PEEA PESQUERA UNION S.C.R.L., para operar la embarcacion pesquera denominada "RIMAC 1" de matricula SE0830-PM con 180 TM de capacidad de bodega, para la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 039-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 07 de febrero del 2003, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "RIMAC 1" de matricula SE-0830-PM, a favor de LOS HALCONES S.A., en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado, asi como las modificaciones en el extremo referido de nombre y denominacion de puerto de la matricula entendiendose como MORDAZA nombre de la embarcacion "HALCON 4" de matricula CE-0830-PM de 200.55 m3 de capacidad de bodega; Que, con el escrito del visto, la empresa LOS HALCONES S.A., solicita la modificacion de Resolucion Autoritativa por implementacion de RSW a bordo de la embarcacion pesquera "HALCON 4" de matricula CE0830-PM; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa LOS HALCONES S.A. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 21 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo N° 0082009-PRODUCE, por lo que corresponderia autorizar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 1016-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE de fecha 14 de septiembre de 1994, modificado por Resolucion Directoral Nº 039-2003-

PRODUCE/DNEPP, unicamente el extremo referido a la implementacion del sistema de preservacion RSW a bordo, manteniendose inalterables las demas caracteristicas de la embarcacion pesquera "HALCON 4" de matricula CE0830-PM. Articulo 2°.- El permiso de pesca a que se refiere la presente resolucion sera ejercido conforme lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento. Articulo 3°.- Incorporar el sistema de preservacion RSW de la embarcacion pesquera "HALCON 4" de matricula CE-0830-PM, y la presente Resolucion Directoral en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Articulo 4°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 404910-10 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 738-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 16 de septiembre del 2009 Visto el escrito de Registro N° 00071235-2009 de fecha 09 de septiembre del 2009, presentada por la empresa LOS HALCONES S.A. CONSIDERANDO: Que, en el numeral 32.2 del articulo 32º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que las embarcaciones pesqueras para consumo humano directo mayores de cien (100) toneladas metricas de capacidad de bodega, que destinen sus capturas a plantas procesadoras de consumo humano directo, podran contar con permiso de pesca siempre que cuenten con sistemas CSW (agua de mar enfriada) o RSW (agua de mar refrigerada) u otro sistema que garantice la optima calidad del producto capturado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 140-95-PE de fecha 31 de marzo de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su reglamento, entre otros, a la empresa PESQUERA EXITO PEEA S.R.LTDA. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "CHIMBOTE 9" de matricula PS-0613-PM de 270.00 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 002-97-PE de fecha 02 de enero de 1997, se autorizo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "CHIMBOTE 9" de matricula CO0613-PM a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda., en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado por Resolucion Ministerial Nº 140-95-PE; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 251-97-PE de fecha 23 de MORDAZA de 1997, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion