Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2009 (04/10/2009)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

403817

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Viceministro de MYPE e Industria como representante titular del Ministerio de la Produccion ante la Comision Intersectorial de Empleo ­ CIE. Articulo 2º.- Remitir al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de la Produccion 405395-1

Modifican las RR.MM. Nºs. 140-95-PE y 371-94-PE en el extremo referido a la implementacion del sistema de preservacion RSW a bordo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 721-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 14 de septiembre del 2009 Visto el escrito de Registro N° 00060314-2009 y adjuntos 1 y 2 de fechas 03 de agosto, 09 y 10 de septiembre del 2009, presentada por la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que, en el numeral 32.2 del articulo 32º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que las embarcaciones pesqueras para consumo humano directo mayores de cien (100) toneladas metricas de capacidad de bodega, que destinen sus capturas a plantas procesadoras de consumo humano directo, podran contar con permiso de pesca siempre que cuenten con sistemas CSW (agua de mar enfriada) o RSW (agua de mar refrigerada) u otro sistema que garantice la optima calidad del producto capturado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 140-95PE de fecha 31 de marzo de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su reglamento, entre otros, a la empresa SALTA MAR S.A. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "DONA ROSA" de matricula CE-1853-PM de 250.00 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, Mediante Resolucion Directoral Nº 189-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 10 de MORDAZA del 2003, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. para operar la embarcacion pesquera denominada "DONA ROSA" de matricula CE-1853-PM, con 265.62 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado por Resolucion Ministerial Nº 140-95-PE; Que, mediante escrito de Registro Nº 0006314-2009, de fecha 03 de agosto del 2009, la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., solicito la modificacion de Resolucion Autoritativa por implementacion de RSW a bordo de la embarcacion pesquera "DONA ROSA" de matricula CE-1853-PM; Que, como consecuencia del MORDAZA de evaluacion de la solicitud, presentada por la administrada se observo los Certificados de Matricula y Certificado Nacional de Arqueo, toda vez que no indicaban la capacidad de bodega en m3; asimismo, se observo que se habia realizado el pago por derecho de tramite de 12.25% siendo el monto real el 12.30% de la UIT;

Que, mediante Oficio Nº 5535-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 03 de septiembre del 2009, se comunico a la administrada que subsane las observaciones indicadas en dicho oficio caso contrario se procederia conforme a la normatividad vigente; Que, la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., ha cumplido con subsanar las observaciones anotadas dentro del plazo establecido del mismo, adjuntando el Certificado Nacional de Arqueo por el que se preciso la capacidad de bodega en m 3 de la embarcacion pesquera "DONA ROSA" de matricula CE-1853-PM, asi como, el reintegro de pago por derecho de tramite, en tal sentido, la administrada ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 21 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo N° 0082009-PRODUCE, por lo que corresponderia aprobar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 916-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 140-95-PE de fecha 31 de marzo de 1995, modificado por Resolucion Directoral Nº 189-2003-PRODUCE/DNEPP el extremo referido a la implementacion del sistema de preservacion RSW a bordo, manteniendose inalterables las demas caracteristicas de la embarcacion pesquera "DONA ROSA" de matricula CE-1853-PM. Articulo 2°.- El permiso de pesca a que se refiere la presente resolucion sera ejercido conforme lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento. Articulo 3°.- Incorporar el sistema de preservacion RSW de la embarcacion pesquera "DONA ROSA" de matricula CE-1853-PM, y de la presente Resolucion Directoral en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Articulo 4°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 404910-5