Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2009 (04/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de octubre de 2009

permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "DELFIN 2" de matricula Nº PL2270-CM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado por Resolucion Directoral Nº 239-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de agosto del 2003. Articulo 2º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 239-2003-PRODUCE/DNEPP, a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera "DELFIN 2" de matricula Nº PL-2270-CM. Articulo 4º.- Incorporar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MAGUIN MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, URCINO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como nuevos titulares del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "DELFIN 2" de matricula Nº PL-2270-CM, asi como la presente Resolucion al Anexo correspondiente de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Resolucion Directoral Nº 239-2003-PRODUCE/DNEPP, consignado en el Anexo de la indicada Resolucion Ministerial. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 405392-2 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 748-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 21 de septiembre del 2009 Vistos los escritos de Registro Nº 00024651 y adjunto 1, 2, y 3, de fechas 06 de MORDAZA, 18 de MORDAZA, 25 de junio y 18 agosto de 2009, presentado por los senores MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA, casado con MAGIL MORDAZA ECHE; SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA MORDAZA de PANTA; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA MORDAZA ECHE; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA RAMONA ECA ECA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA PANTA; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE, del 20 de febrero del 2007, sustituye el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, estableciendo que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley Nº 26920, se efectuaran conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que "El permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asi mismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes

de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada"; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, de fecha 5 de setiembre de 2002, establece que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 038-2003GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR de fecha 05 de febrero de 2003, se otorgo permiso de pesca al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA de nombre MI SAN MORDAZA de matricula PL-3464CM, de arqueo neto 21.46 y de 89.76 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1½ pulgadas (13 mm y 38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, en el MORDAZA Institucional se consigna a la embarcacion pesquera MI SAN MORDAZA de matricula PL3464-CM, con permiso de pesca vigente para consumo humano directo con las especies anchoveta, caballa, jurel y sardina; y para consumo humano indirecto con la especie anchoveta; Que, mediante los escritos del visto, los senores MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA, casado con MAGIL MORDAZA ECHE; SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA MORDAZA de PANTA; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA MORDAZA ECHE; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA RAMONA ECA ECA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitan el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MI SAN MORDAZA de matricula PL-3464-CM, para lo cual, adjunta los requisitos senalados en el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, en el expediente administrativo obra MORDAZA del Certificado Compendioso de Dominio de fecha 21 de MORDAZA de 2009, expedido por la Oficina Registral de Chiclayo - MORDAZA Registral Nº II que certifica que la propiedad de la embarcacion pesquera MI SAN MORDAZA de matricula PL-3464-CM corresponde a los senores MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA, casado con MAGIL MORDAZA ECHE; SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA MORDAZA de PANTA; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA MORDAZA ECHE; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA RAMONA ECA ECA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, corroborado con la verificacion en linea de la pagina web de la SUNARP, en la Partida Nº 11020852 del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Oficina Registral Chiclayo - MORDAZA Registral Nº II - Sede Chiclayo; Que, asi mismo, de la revision del Certificado de Matricula de Naves y Artefactos Navales de fecha 14 de MORDAZA de 2009 emitido por la Capitania de Puerto de MORDAZA, se advierte que, la embarcacion pesquera de MORDAZA MI SAN MORDAZA de matricula PL-3464-CM, consigna 89.76 m3 de capacidad de bodega. Dicha capacidad coincide con la consignada en el respectivo permiso de pesca; Estando a lo expuesto, y atendiendo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que, los senores MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA, casado con MAGIL MORDAZA ECHE; SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA MORDAZA de PANTA; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA MORDAZA ECHE; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casado con MORDAZA RAMONA ECA ECA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-