Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2009 (18/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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CLASE CATEGORIA Domestico RANGOS m3/mes 0 a 10 10 a 25 25 a mas NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a 30 30 a mas 0 a mas 0 a mas 1,680 2,652 1,875 0,910 1,898 2,997 2,119 1,028 2,067 3,263 2,307 1,120 Tarifa (S/./m3) Ano 1 (1) 0,602 0,689 1,175 Ano 2 (1) 0,680 0,779 1,328 Ano 3 (1) 0,741 0,848 1,446

NORMAS LEGALES
Ano 4 0,741 0,848 1,446 2,067 3,263 2,307 1,120 Ano 5 0,741 0,848 1,446 2,067 3,263 2,307 1,120

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de febrero de 2009

m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 30 m3. b. Vigencia de Asignacion de consumo - La Asignacion de Consumo de 60 m3 se aplicara hasta el termino del primer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano seran de aplicacion las Asignaciones de Consumo de 50 m3 y 30 m 3. - La Asignacion de Consumo de 50 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano sera de aplicacion la Asignacion de Consumo de 30 m3. B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 90º del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007-SUNASS-CD1, modificada por Resolucion Nº 088-2007-SUNASS-CD2. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 91º del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007-SUNASS-CD, modificada por Resolucion Nº 088-2007-SUNASS-CD. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignacion de consumo aplicable. ANEXO Nº 2 Evaluacion del Cumplimiento de las Metas de Gestion por parte de EMAPA HUARAL S.A. para el Primer Quinquenio I.- DEFINICIONES Ano: Es el periodo que comprende un ano calendario computado desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria. Indicadores de Gestion: Son los parametros que permiten la determinacion del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su gestion. Queda entendido que los valores de las Metas de Gestion fijados para estos indicadores son aquellos a que se refiere el Anexo 1 de la presente Resolucion, los cuales son el resultado de la aprobacion de las formulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestion. Indice de Cumplimiento Global (ICG): Es el indice que se utiliza para medir el cumplimiento de las Metas de Gestion. Este indice es el resultado de la media aritmetica del indice de cumplimiento individual de cada Meta de Gestion a nivel EPS expresado en variacion porcentual.

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 16,0%, 13,0% y 8,9% correspondientes a los anos 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

b) Cargo por el Servicio de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a 30 30 a mas 0 a mas 0 a mas 0,480 0,757 0,536 0,260 0,538 0,848 0,600 0,291 0,617 0,973 0,689 0,334 0,617 0,973 0,689 0,334 0,617 0,973 0,689 0,334 0 a mas 0 a 10 10 a 25 25 a mas 1,172 1,172 0,197 0,336 1,313 1,313 0,221 0,376 1,507 1,507 0,253 0,432 1,507 1,507 0,253 0,432 1,507 1,507 0,253 0,432 RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 1 (2) Ano 2(2) Ano 3 (2) Ano 4 Ano 5

(2) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 16,0%, 12,0% y 14,8% correspondientes a los anos 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 10 Domestico(1) 25 40 30 Comercial(2) 50 60 Industrial 100 Estatal 50

(1) Categoria Domestica a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 40 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 40 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 25 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 25 m3. b. Vigencia de Asignacion de consumo - La Asignacion de Consumo de 40 m3 se aplicaran hasta el termino del primer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano sera de aplicacion la Asignacion de Consumo de 25 m3. (2) Categoria Comercial a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 100 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 60 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 60 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 60 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 50 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 50 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 30

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Publicado el 5 de febrero de 2007 en el Diario El Peruano. Publicado el 31 de diciembre de 2007 en el Diario El Peruano.