Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2008 (29/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de febrero de 2008

Que, el articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba, dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas lo cual sera verificado por el organo competente del Ministerio; Que, asimismo, el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General acotado, senala que realizada la inspeccion tecnica se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, con Informe Nº 2284-2001-MTC/15.19.03.3, del 28 de diciembre de 2001, la entonces Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas de la Direccion de Administracion de Frecuencias, concluye que la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A. opera de acuerdo con las caracteristicas tecnicas autorizadas, contando para ello con el equipamiento necesario para su operacion, siendo favorable la inspeccion tecnica; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce meses improrrogables; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 331-2005-MTC/03 se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de VHF para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, comprendiendo la localidad de Casma, que incluye al distrito y provincia de Casma, ubicacion de la estacion consignada en la Resolucion Viceministerial Nº 177-98-MTC/15.03; Que, el articulo 5º, numeral 2), del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 0382006-MTC, establece que los titulares de concesiones o autorizaciones vigentes que utilicen espectro radioelectrico, deben realizar anualmente el monitoreo de sus estaciones radioelectricas de acuerdo a los protocolos que para tal efecto dicte el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de garantizar que las radiaciones que sus estaciones emitan no excedan los limites establecidos en la referida norma; Que, con Escrito de Registro Nº 2002-012254, presentado el 7 de noviembre de 2002, la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A., solicito la transferencia de la autorizacion a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUITRON; Que, el articulo 122º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que "las autorizaciones, asi como los permisos y licencias de los servicios de telecomunicaciones, son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobacion previa y expresa del Ministerio. Tratandose del servicio de radiodifusion debera haber transcurrido por lo menos dos (2) anos contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorizacion. Aprobada la transferencia, el adquirente asumira automaticamente todos los derechos y obligaciones derivadas de la autorizacion". Asimismo, senala que la transferencia no podra ser denegada sin causa justificada, entendiendose como tales a las estipuladas en el articulo 119º del TUO del Reglamento General acotado, y a toda situacion que pudiera atentar contra lo dispuesto en el articulo 6º de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television en concordancia con el ultimo parrafo del articulo 74º de su Reglamento disponen que el plazo para la aprobacion de la transferencia es de noventa (90) dias, transcurrido el cual sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud el peticionario podra considerarla aprobada Que, mediante Informe Nº 1309-2007-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que habiendo resultado favorable la inspeccion tecnica realizada a la estacion de television de la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A., es procedente otorgarle autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado mediante Resolucion Viceministerial Nº 177-98-MTC/15.03; y que por lo tanto su vigencia sera hasta el 30 de MORDAZA de 2008; asimismo, opina que si bien opero el silencio administrativo positivo respecto a la solicitud de aprobacion de transferencia de la citada autorizacion a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha verificado el cumplimiento de los

requisitos establecidos para tal efecto en el articulo 122º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, y que la adquirente no se encuentre en impedimento para obtener la titularidad de autorizacion del servicio de radiodifusion contempladas en el articulo 119º de la citada MORDAZA, por lo que debe procederse a expedir la Resolucion Viceministerial que asi lo declare y se reconozca a la citada persona, como nueva titular de la autorizacion otorgada, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; Que, la actual denominacion de la recurrente es TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A.C., segun la MORDAZA literal de la Partida 40008712, de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao - Sede Huacho; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A.C., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en la localidad de Casma, departamento de Ancash; dicho plazo comprende el periodo de instalacion y prueba concedido por la Resolucion Viceministerial Nº 177-98-MTC/15.03, por lo que vencera el 30 de MORDAZA de 2008. Articulo 2º.- Declarar aprobada la transferencia de la autorizacion otorgada en el articulo precedente a la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A.C. para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en la localidad de Casma, departamento de MORDAZA, a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUITRON. Articulo 3º.- Reconocer a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como titular de la autorizacion otorgada en el articulo 1º de la presente resolucion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extenderle la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion debera dar cumplimiento a lo dispuesto en la Setima Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion. Articulo 5º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones

169467-1

Otorgan a MORDAZA Airlines Inc. permiso de operacion de servicio de transporte aereo internacional regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL N° 029-2008-MTC/12
MORDAZA, 14 de febrero de 2008