Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2008 (29/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de febrero de 2008

MTC/03 a favor de la empresa RADIO SAN MORDAZA S.A.C., en atencion a la abstencion formulada por la Viceministra de Comunicaciones y de acuerdo al articulo 90º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley de Radio y Television-Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley Nº 27444, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada la transferencia y reconocer a la empresa RADIO SAN MORDAZA S.A.C. como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 091-2003-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, que fueron otorgadas a la empresa RADIO SEMAR E.I.R.L. asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA POMAREDA Viceministro de Transportes

Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, incluye dentro de la localidad denominada Jauja al distrito de Yauyos, provincia de Jauja, departamento de Junin. Que, mediante Informe Nº 0223-2007-MTC/17.01. ssr, de la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, MORDAZA con Informe Nº 0260-2008MTC/28, de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, se senala que la solicitud presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorizacion y permiso solicitado; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC, modificado mediante Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006MTC que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en frecuencia modulada (FM), en la localidad de Jauja, departamento de Junin; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo : OCN-4Z Emision : 256KF8E Potencia Nominal del Transmisor : 0.50 Kw Ubicacion de la Estacion: Estudio Coordenadas Geograficas Planta Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio : Av. Los MORDAZA Nº 418, en el distrito de Yauyos, provincia de Jauja, departamento de Junin. : Longitud Oeste : 75° 29' 57'' Latitud Sur : 11° 47' 14'' : Cerro Yahuarjasha, en el distrito de Ataura, provincia de Jauja, departamento de Junin. : Longitud Oeste : 75° 26' 40'' Latitud Sur : 11° 46' 47'' : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m : RADIODIFUSION SONORA EN FM : 101.5 MHz : COMERCIAL

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Otorgan autorizacion a persona natural para efectuar el servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en el distrito de Yauyos, provincia de Jauja
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 152-2008-MTC/03
MORDAZA, 25 de febrero de 2008 VISTO, el Expediente Nº 2006-001532 presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en frecuencia modulada (FM), en el distrito de Yauyos, provincia de Jauja, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan. Asimismo, debe acompanarse la documentacion necesaria a fin de verificar el cumplimiento del articulo 25º del acotado Reglamento;

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares, se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- En caso que, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, se verifique que la planta transmisora de la respectiva estacion radiodifusora, se encuentre dentro de las zonas de restriccion establecidas en el articulo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el titular procedera a su reubicacion, salvo que cuente con el permiso de la autoridad competente de tratarse de los supuestos previstos en los numerales 1), 4), 5) y 6) del referido articulo.