Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2008 (29/02/2008)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

367540
Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC : US$ : US$ : US$ 12, 638.92 17, 200.00 211.75

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de febrero de 2008

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios cuyo viaje se autoriza, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera que sea su denominacion o clase a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

170403-5

la aceptacion de la DGH y la expedicion de la respectiva Resolucion Directoral que lo apruebe o modifique; Que, mediante comunicacion recibida con fecha 21 de febrero del presente ano, Enersur S.A. solicito la modificacion de la autorizacion de instalacion y operacion del ducto de uso propio de la Central Termoelectrica MORDAZA 1, presentando para dicho efecto los siguientes documentos: i) poderes de los representantes legales de Enersur; ii) documentos de identidad de los representantes legales; iii) MORDAZA de la Resolucion de Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural OSINERGMIN Nº 692-2008-0S/GFGN-DPTN, que modifica el ITF en el extremo referido a la capacidad del Ducto; iv) Informe Tecnico TA-SIMBA-001 elaborado por Tormene Americana S.A.; v) Resolucion Ministerial Nº 024-2008-MEM/DM que aprueba la ampliacion de la potencia instalada de la Central, de 350,1 MW a 543,6 MW; vi) MORDAZA de la Resolucion Nº 2803-2006-0S/GFGNUPDN, acompanada del ITF; vii) MORDAZA de la Resolucion Directoral Nº 154-2006-EM/DGH; Que, al existir un informe favorable expedido por el OSINERGMIN, a traves del cual se senala que el ducto de uso propio de la Central Termoelectrica MORDAZA 1 esta disenado para soportar un flujo MORDAZA de 145 MMSCFD y habiendo sido aprobado mediante Resolucion Nº 692-2008OS/GFGN-DPTN, corresponde autorizar la modificacion de la autorizacion de instalacion y operacion del ducto de uso propio de la Central Termoelectrica MORDAZA 1, en lo referente a consignar una capacidad de 145 MMSCFD; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar la autorizacion de instalacion y operacion del ducto de uso propio que transporta gas natural para las operaciones de la Central Termoelectrica MORDAZA 1, de propiedad de la empresa Enersur S.A., contenida en la Resolucion Directoral Nº 154-2006-EM/DGH, de fecha 01 de diciembre de 2006, en el extremo de establecer que la capacidad del ducto es de 145 MMSCFD. Articulo Segundo.- La empresa Enersur S.A. se encuentra obligada a cumplir con las Normas de Seguridad para el Transporte de Hidrocarburos por Ductos contenidas en el Anexo 1 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-EM y demas normas aplicables. Articulo Tercero.- La presente Resolucion entra en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Hidrocarburos

ENERGIA Y MINAS
Modifican autorizacion de instalacion y operacion del ducto de uso propio que transporta gas natural para las operaciones de la Central Termoelectrica MORDAZA 1, de propiedad de ENERSUR S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 027-2008-EM/DGH
MORDAZA, 26 de febrero de 2008 VISTO el expediente Nº 1761211 de fecha 21 de febrero de 2008, mediante el cual la empresa Enersur S.A. solicito la modificacion de la autorizacion de instalacion y operacion del ducto de uso propio que transporta gas natural para las operaciones de la Central Termoelectrica MORDAZA 1, de propiedad de Enersur S.A., contenida en la Resolucion Directoral Nº 154-2006-EM/DGH del 01 de diciembre de 2006, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 154-2006-EM/ DGH, de fecha 01 de diciembre de 2006, esta Direccion General autorizo a la solicitante la instalacion y operacion de un ducto para transportar gas natural en el departamento de MORDAZA, en atencion al dictamen favorable emitido por el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN, a traves del Informe Tecnico Nº 129968261-2006, aprobado por la Resolucion Nº 2803-2006OS/GFGN-UPDN. A traves de la mencionada Resolucion Directoral, se establecio que el referido ducto contaba con una capacidad de 84 millones de pies cubicos estandar por dia (en adelante, MMSCFD); Que, la Sexta Disposicion Complementaria del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 081-2007EM, dispone que las autorizaciones para instalar y operar Ductos de Uso Propio otorgadas con anterioridad al presente Reglamento mantendran su vigencia, sin perjuicio del cumplimiento de la obligacion establecida en el literal b) de la Primera Disposicion Complementaria de la citada norma; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 86º del Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, establece que la transferencia de la autorizacion de instalacion y/u operacion o cualquier modificacion de las condiciones de la misma, requiere de

169818-1

PRODUCE
Autorizan viaje de funcionario y profesional del Ministerio para participar en la II Ronda de Negociaciones para la Suscripcion de un Tratado de Libre Comercio con China
RESOLUCION SUPREMA Nº 007-2008-PRODUCE
MORDAZA, 28 de febrero del 2008 Visto: El Memorandum Nº 185-2008-PRODUCE/DVI del Despacho Viceministerial de Industria del Ministerio de la Produccion; CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil Circular Nº 014-2008MINCETUR/VMCE, de fecha 8 de febrero de 2008, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunico al Despacho