Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2007 (14/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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servicios en la Gerencia de Agro y Agroindustrias de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, a la MORDAZA de Nueva MORDAZA Estados Unidos de MORDAZA, del 5 al 12 de MORDAZA del 2007, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran efectuados con cargo al Pliego Presupuestal: 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos (US$ 220 x 6 dias) : - Pasajes Aereos : - Tarifa Corpac : US$ 1 320,00 US$ 2 307,86 US$ 30,25

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el Articulo 1º de la presente Resolucion, presentara al Titular del Pliego un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 72928-3

punto de medicion de la produccion en los contratos de servicios, derivados de la explotacion de gas natural y condensados; Que, el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 27506, modificado por el articulo 2º de la Ley Nº 28322, establece los criterios de distribucion del Canon; Que, el articulo 5º del Reglamento de la Ley de Canon y modificatorias regula los criterios de distribucion establecidos en la Ley de Canon; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los indices de distribucion, entre otros, del Canon Gasifero son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante resolucion ministerial, sobre la base de los calculos que para tal efecto formule la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales, considerando los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, sobre la base de la informacion estadistica disponible proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante Oficio Nº 017-2007-INEI/DTDIS; el Ministerio de Energia y Minas, mediante Oficio Nº 056-2007-EM/VME y la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, mediante Oficio Nº 245-2007-SUNAT/200000; la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas procedio a efectuar los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion del Canon Gasifero proveniente del Impuesto a la Renta del ejercicio 2006; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 27506 y el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebense los Indices de Distribucion del Canon Gasifero proveniente del Impuesto a la Renta del ejercicio 2006, a ser aplicados a los Gobiernos Regionales y las Municipalidades Provinciales y Distritales del MORDAZA beneficiados con este Canon, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas ANEXO INDICES DE DISTRIBUCION CANON GASIFERO POR IMPUESTO A LA RENTA DE 2006
DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/GOB.REGIONAL/GOB. LOCAL TOTAL GOBIERNOS LOCALES MORDAZA MORDAZA MORDAZA CCORCA POROY SAN MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA SAYLLA WANCHAQ ACOMAYO ACOMAYO ACOPIA ACOS 0.0020492296 0.0009841408 0.0011177362 0.0148795425 0.0012669990 0.0019952921 0.0058335674 0.0148270755 0.0107384582 0.0008916562 0.0019790202 INDICE 1.0000000000

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Indices de Distribucion del Canon Gasifero proveniente del Impuesto a la Renta del ejercicio 2006
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 357-2007-EF/15 MORDAZA, 12 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, el numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, crea el canon a la explotacion del gas natural y condensados de gas denominado Canon Gasifero, el que beneficiara a la circunscripcion donde se encuentra ubicado geograficamente el recurso natural; Que, asimismo los numerales 11.2 y 11.3 del articulo 11º de la citada Ley establecen que el Canon Gasifero se compone del cincuenta por ciento (50%) del Impuesto a la Renta obtenido por el Estado de las empresas que realizan actividades de explotacion de gas natural, del cincuenta por ciento (50%) de las Regalias por la explotacion de tales recursos naturales, y de un porcentaje que obtiene el Estado por la explotacion de estos recursos naturales proveniente de los contratos de servicios, el cual sera fijado mediante Decreto Supremo; Que, por su parte el inciso c) del articulo 2º del Reglamento de la Ley de Canon, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 187-2004-EF, senala que el Canon Gasifero esta constituido por el cincuenta por ciento (50%) del Impuesto a la Renta, el cincuenta por ciento (50%) de las regalias provenientes de los Contratos de Licencia asi como del cincuenta por ciento (50%) del valor de realizacion o venta descontados los costos hasta el