Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2007 (14/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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3.2 Apertura de oficinas especiales Para el establecimiento de una oficina especial permanente, las cooperativas deberan presentar ademas de la solicitud MORDAZA referida, el "Perfil de Factibilidad Economica" que se menciona en el punto anterior, sin considerar el numeral 7) del Anexo A del presente Reglamento. Cuando se trate de la apertura de oficinas especiales temporales o de oficinas especiales que se establecen solo para brindar servicio de informacion sobre las operaciones y servicios que ofrece la cooperativa, en el Perfil no se consideraran los numerales 2), 3), 7) y 8) del Anexo A del presente Reglamento. 3.3 Traslado de oficinas El traslado de oficinas solo puede realizarse dentro del area de influencia geografica y economica indicada en el "Perfil de Factibilidad Economica" elaborado por la cooperativa para la apertura de la oficina que se propone trasladar. Para este efecto, las cooperativas deberan presentar una solicitud adjuntando MORDAZA certificada de la parte pertinente del acta donde conste el acuerdo del consejo de administracion, asi como la ubicacion y direccion del inmueble donde funcionara la oficina. En el caso que el traslado se realice fuera de la mencionada area de influencia geografica y economica, las cooperativas deberan presentar la solicitud como cierre y apertura de oficina respectivamente. 3.4 Conversion de oficinas Las cooperativas podran convertir las oficinas especiales en agencias, para este efecto, las cooperativas deberan presentar una solicitud adjuntando MORDAZA certificada de la parte pertinente del acta donde conste el acuerdo del consejo de administracion. Asimismo, se adjuntara el "Perfil de Factibilidad Economica" requerido para la apertura de agencias. 3.5 Cierre de oficinas Para el cierre de oficinas, las cooperativas deberan presentar una solicitud adjuntando MORDAZA certificada de la parte pertinente del acta donde conste el acuerdo del consejo de administracion. Las cooperativas deberan cumplir con las siguientes condiciones para el cierre de la oficina solicitado: a) Exhibir en el local de la oficina el acuerdo del consejo de administracion durante treinta (30) dias previos al cierre. Tambien podran informar a traves de los medios de comunicacion que consideren necesario. b) Indicar la oficina que se MORDAZA cargo de continuar brindando las operaciones y servicios de la oficina que se cierra. 4. Relacion de oficinas Las cooperativas deberan remitir a la Federacion dentro de los primeros veinte (20) dias calendario del mes de enero de cada ano, la relacion de sus oficinas segun formato del Anexo B del presente Reglamento.

Asimismo deberan tener permanentemente actua-lizado y a disposicion de la FENACREP, cuando se les requiera, su "Plan Anual de apertura, conversion, traslado y cierre de oficinas", el mismo que debera contar con la correspondiente aprobacion del organo social correspondiente. 5. Plazo de emision del documento de autorizacion Para la emision del correspondiente documento de autorizacion de oficinas, la FENACREP dispondra de un plazo no mayor a sesenta (60) dias calendario, luego de recibida la solicitud con la informacion completa. 6. Plazo para la apertura, conversion, traslado y cierre de oficinas Tratandose de la apertura, conversion, traslado y cierre de oficinas, la autorizacion que otorgue la FENACREP quedara sin efecto en caso la cooperativa no proceda a la apertura, conversion, traslado y cierre de oficinas dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha en que se otorgo la respectiva autorizacion. ANEXO A PERFIL DE FACTIBILIDAD ECONOMICA Debera contener como minimo la siguiente informacion: 1. Area de influencia geografica y economica de la oficina propuesta. Se indicara ademas la ubicacion y direccion del inmueble donde funcionara la oficina. 2. Poblacion total y poblacion economicamente activa de la MORDAZA de operacion.¹ 3. Evolucion del MORDAZA microfinanciero (ahorro y credito) en los ultimos dos (2) anos, y una estimacion de la participacion de la oficina propuesta en dicho mercado.¹ 4. Operaciones y servicios que se pretende realizar asi como la indicacion de los sistemas electronicos de datos a utilizarse. 5. Organigrama funcional y cuadro de necesidades de personal. 6. Indicacion de la dependencia organica de la oficina. 7. Indicacion de las oficinas bajo su responsabilidad de ser el caso. 8. Proyeccion de estados financieros y punto de equilibrio por un periodo no menor de dos (2) anos.¹

¹

Estos aspectos no seran considerados cuando se trate de apertura de oficinas especiales temporales o de oficinas especiales que se constituyan unicamente para brindar el servicio de informacion acerca de las operaciones y servicios que realiza la cooperativa.