Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2007 (22/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 22 de enero de 2007

El Oficio Nº 5271-2006/GO/RENIEC y el Informe Nº 1526-2006-GAJ/RENIEC de fecha 13 de diciembre del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Informe Nº 3019-2006SGREC/GO/RENIEC, se ha determinado que el ciudadano YSRAEL MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 05844382, mediante el Formulario de Identidad Nº 24414373 solicito la rectificacion de su inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, adjuntando como sustento de su pretension MORDAZA certificada del Acta de Nacimiento Nº 64177356, expedida por la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de MORDAZA, en la que figura como fecha de su nacimiento, el 13 de setiembre de 1937, consignando como nombre MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hijo de MORDAZA y Elisa; tramitada de manera extraordinaria al MORDAZA de la Ley Nº 26497; sin embargo, se ha acreditado que dicho ciudadano fue inscrito de manera ordinaria en la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de MORDAZA, en la Partida Nº 84 del Libro de Nacimientos del ano 1937, figurando registrado como YSRAEL MORDAZA MORDAZA y con fecha de nacimiento 3 de setiembre de 1937; Que, se ha acreditado que dicho ciudadano tramito en forma irregular una nueva inscripcion de partida de nacimiento en via administrativa; lo cual era incompatible toda vez que, dicho MORDAZA esta orientado para aquellos casos de personas que no cuentan con inscripcion en ninguna Oficina de Registro Civil del MORDAZA, generando con ello duplicidad de inscripcion registral, respecto de una misma persona, vulnerando asi la intangibilidad del Registro de Estado Civil, lo que conlleva a la cancelacion del Acta Nº 64177356 del Libro de Nacimientos del ano 2005 de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, por tratarse de una doble inscripcion con aporte de datos falsos; por lo que su comportamiento se tipifica como Delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsedad ideologica por haber aportado datos que no les corresponden, ilicito contemplado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 26497, asi como a lo dispuesto en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra YSRAEL MORDAZA MORDAZA, por el presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional
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RESOLUCION JEFATURAL Nº 1403-2006-JEF/RENIEC

MORDAZA, 29 de diciembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 2103-2006/GP/RENIEC y el Informe Nº 1264-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 3 de octubre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la entonces Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil en su labor fiscalizadora, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUISAYAURI, MORDAZA MORDAZA MASUDA, MORDAZA MORDAZA NARVASTE, Nery MESTANZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DOY MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se presentaron ante el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y obtuvieron su inscripcion respectiva; Que, se ha determinado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Documento Nacional de Identidad Nº 40339504, tramito una MORDAZA inscripcion a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y obtuvo de manera irregular el Documento Nacional de Identidad Nº 43675085; esto conforme se ha determinado, mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 270-2006/AP/SGDAR/GP; Que, de acuerdo al analisis de lo actuado, se desprende que la ciudadana Nery MORDAZA MORDAZA MORDAZA, obtuvo indebidamente la inscripcion Nº 44093399, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, adjuntando para ello MORDAZA de la partida de nacimiento Nº 83 asentada en la Oficina Registral que funciona en la Municipalidad Distrital de Pallanchacra - Pasco; toda vez que mediante Oficio Nº 02-MDP-05, la Oficina Registral correspondiente senala que no se encuentra registrado el nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA AGUERO; y que la partida de nacimiento presentada, pertenece verdaderamente a Nery MORDAZA MORDAZA AGUERO; Que, la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUISAYAURI, actualmente titular de la Inscripcion Nº 44778605, obtuvo indebidamente la Inscripcion Nº 42780445, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sustentando dicha inscripcion con la MORDAZA de una Partida de Nacimiento que contiene datos falsos, esto conforme se ha determinado mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 482-2005-GPSGDAC-AP; y el Oficio Nº 1799-2005/RC/MJM, en la que la oficina registral correspondiente, informa que no se encuentra registrado el nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUISA; Que, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue adoptado mediante Resolucion Judicial de fecha 25 de enero de 1991, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Masuda de MORDAZA, rectificando sus apellidos a MORDAZA Masuda e inscribiendose en el Registro Unico de las Personas Naturales con el Nº 15748171; sin embargo, posteriormente en forma indebida solicito nuevamente la rectificacion de sus apellidos a MORDAZA MORDAZA, sustentando su solicitud con MORDAZA de una partida de nacimiento que contenia datos falsos; Que, la ciudadana MORDAZA MORDAZA NARVASTE, fue adoptada mediante Resolucion Judicial por MORDAZA Higashi Higashi y MORDAZA Morinaka Vemura; rectificando sus apellidos a HIGASHI MORINAKA, e inscribiendose en el Registro Nacional de Identificacion de las Personas Naturales con el Nº 10041561; sin embargo, posteriormente solicito de forma indebida, nuevamente la rectificacion de sus apellidos a MORDAZA Narvaste, sustentando su propuesta registral con una MORDAZA de partida de nacimiento que contiene datos falsos;