Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2007 (22/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, lunes 22 de enero de 2007

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1399-2006-JEF/RENIEC

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones legales a que hubiera lugar contra la persona que se identifico como MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuya fotografia e impresion digital obran en la Partida de Inscripcion Nº 29708775 Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, por el presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional
17925-1 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1400-2006-JEF/RENIEC

MORDAZA, 29 de diciembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 159-2005-GP/SGDAC/RENIEC y el Informe Nº 506-2006-GAJ/RENIEC de fecha 12 de MORDAZA del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos, a traves de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, organo de linea encargado de la depuracion y actualizacion de datos del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, ha detectado que una persona no identificada ha obtenido irregularmente la inscripcion a nombre de la menor MORDAZA MORDAZA PUMA; Que, de la revision de los actuados y el Informe Nº 145-2005-GP/SGDAC/DR RENIEC se ha establecido que la persona que se identifico como MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito y obtuvo la Inscripcion Nº 29708775, acreditando su identidad con Libreta Militar Nº 3007897774 y registrando como fecha y lugar de nacimiento el 11 de diciembre de 1977, en el distrito de Velille, provincia de Chumbivilcas, departamento del MORDAZA, utilizando indebidamente la Partida de Nacimiento de una menor fallecida en el ano 1984, segun informa el Jefe del Registro Civil del Concejo Distrital de Velille, mediante Oficio Nº 014-05-MDV-CH/JRC; En consecuencia, mediante Resolucion Nº 204-2005GP/SGDAC-RENIEC, emitida por la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, se dispuso la exclusion definitiva del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales la Inscripcion Nº 29708775, por usurpacion de identidad; Que, si bien se ha procedido administrativamente mediante la exclusion de la inscripcion afectada por suplantacion de identidad, se desprende que los hechos MORDAZA descritos realizados por la persona que se identifico como MORDAZA MORDAZA MORDAZA, declarando datos falsos en instrumento publico, con el objeto de suplantar la identidad de otra persona, han perjudicado la seguridad juridica registral; lo que constituye indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos que anteceden y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497;

MORDAZA, 29 de diciembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 5198-2006/GO/RENIEC y el Informe Nº 1529-2006-GAJ/RENIEC de fecha 13 de diciembre del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, con el Informe Nº 2949-2006-SGREC-GO/ RENIEC se ha determinado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se presento ante el Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Menor de Chalhuanca, distrito de MORDAZA, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, a inscribir el nacimiento de su hijo a quien registro como MORDAZA WUILBER MORDAZA IDME, ocurrido el 8 de febrero de 1987, consignando como MORDAZA del menor a BIATRIZ MORDAZA IDME QUICO, registrandose en el Libro Nº 25, de fojas 04 del ano 1987; Que, posteriormente a esta inscripcion y como consecuencia de un MORDAZA de inscripcion administrativa de nacimiento, presentado conjuntamente por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA titular de la Inscripcion Nº 30640433 y la ciudadana MORDAZA MORDAZA IDME QUICO titular de la Inscripcion Nº 30642882, declararon ante la Oficina Registral de la Municipalidad Provincial de Caylloma - Chivay, Departamento de MORDAZA, el nacimiento del mismo ciudadano bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA IDME, generandose el Acta Nº 011795 del Libro de Nacimientos del ano 1995, consignandose que nacio el 14 de febrero de 1987, sustentando su propuesta con la MORDAZA de estudios, declaracion jurada de existencia de menor, declaracion de no existencia de inscripcion anterior y la declaracion de dos testigos; Que, mediante solicitud de fecha 13 de MORDAZA del 2004, el ciudadano MORDAZA WUILBER MORDAZA IDME actualmente titular de la Inscripcion Nº 44166381, solicito ante el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Caylloma la cancelacion del Acta de Nacimiento Nº 011795 del Libro de Nacimiento del ano 1995 correspondiente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA IDME, por cuanto precisa que tiene Partida de Nacimiento bajo el nombre de MORDAZA WUILBER MORDAZA IDME de fecha 8 de febrero de 1987, y que la duplicidad se ha producido por cuanto su padrastro tuvo la voluntad de darle su apellido cuando el no estaba obligado hacerlo;