Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2007 (22/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, lunes 22 de enero de 2007

de Lima; el mismo que se encuentra inscrito bajo la denominacion Supremo Gobierno (Ministerio de Marina) en la Partida Nº 41109815 del Registro de Predios de MORDAZA y registrado en el Asiento N° 4109 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 001-MD/DM de fecha 3 de enero de 2007 el Ministerio de Defensa, en la persona del Ministro del sector, solicita la transferencia predial de diversos inmuebles asignados a su sector, con la finalidad de consolidar la titularidad a su favor y disponer a traves de PROINVERSION de determinados predios para que MORDAZA destinados a generar recursos para un fideicomiso orientado a atender necesidades de bienestar de los miembros de las Fuerzas Amadas; Que, entre los predios propuestos para su regularizacion se encuentran los MORDAZA descritos, los mismos que mantienen como titular registral al Supremo Gobierno representado por el ex Ministerio de MORDAZA, razon por la cual en el presente caso se solicita la regularizacion registral para que se inscriba como titular de los mismos al Ministerio de Defensa, entidad que tiene bajo su administracion a los citados predios. Al respecto se debe tener en cuenta que por mandato de la Ley Nº 24654 se integra el ex Ministerio de MORDAZA bajo el ambito del Ministerio de Defensa; Que, estando a lo expresado en el Informe Tecnico Legal N° 007-2007/SBN-GO-JAD de fecha 9 de enero de 2007 e Informe Tecnico Legal Nº 011-2007/SBN-GO-JAD de fecha 10 de enero de 2007, resulta atendible autorizar en via de regularizacion la transferencia predial a favor del Ministerio de Defensa de los predios de propiedad del Estado, MORDAZA descritos; con la finalidad de regularizar su titularidad registral y permitir que MORDAZA destinados a los proyectos del Ministerio de Defensa, orientados a generar recursos para un fideicomiso destinado a atender necesidades de bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas; Que, en el presente caso es de aplicacion el articulo 17º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y modificatorias, el cual senala que en caso de transferencia patrimonial predial entre entidades publicas pertenecientes a distintos sectores o pliegos se aprueba mediante Resolucion de esta Superintendencia; Que, solo para efectos registrales a pesar de tratarse de una transferencia patrimonial predial a titulo gratuito, se fija en S/. 1.00 (un MORDAZA sol con 00/100) el valor unitario de los inmuebles materia de transferencia; Que, el articulo 19º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo N° 154-2001-EF y normas modificatorias, senala que cuando el adquirente de un predio de propiedad estatal no utilice el mismo para la finalidad para la cual le fue transferido, el Estado revertira el predio a su dominio; Que, de conformidad con el articulo 21º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo N° 154-2001-EF y normas modificatorias, se establece que la transferencia entre entidades publicas, se inscribe en los Registros Publicos por el merito de la correspondiente resolucion aprobatoria; Que, de acuerdo a lo senalado en los literales b) y j) del articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolucion N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, realizar las transferencias patrimoniales de la propiedad inmobiliaria estatal, asi como emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25556 modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Ley N° 25554 modificado por Decreto de Urgencia N° 071-2001, Decreto Supremo N° 131-2001EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y modificatorias, Resolucion Nº 315-2001/SBN y Resolucion Nº 003-2007/ SBN;

Articulo 1°.- Aprobar en via de regularizacion la Transferencia Patrimonial Predial Interestatal a titulo gratuito al Ministerio de Defensa, de los siguientes predios de propiedad del Estado: - Predio de 10 000,00 m², denominado terreno MORDAZA formado por parte del Sector B del Fundo Maranga, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; el cual se encuentra inscrito en la Partida Nº 41102608 del Registro de Predios de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. - Predio de 36 041,00 m², denominado terreno MORDAZA formado por parte del Sector B del Fundo Maranga, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; el cual se encuentra inscrito en la Partida Nº 41109815 del Registro de Predios de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. Las transferencias se efectuan para consolidar la titularidad de los inmuebles del sector y con la finalidad de proceder, de ser el caso, a su disposicion a traves de PROINVERSION para destinar los recursos que se generen a un fideicomiso orientado a atender las necesidades de bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas. Articulo 2°.- En caso no se cumpla la finalidad para la cual se transfieren ambos predios, los mismos revertiran al dominio del Estado. Articulo 3°.- La MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion procedera a inscribir lo resuelto en el articulo primero y segundo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adjudicaciones
18233-5 JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 020-2007/SBN-GO-JAD

La MORDAZA, 17 de enero de 2007 Visto el Expediente N° 017-2007/SBNJAD mediante el cual se tramita la transferencia patrimonial predial interestatal a favor del Ministerio de Defensa del predio de propiedad del Estado de 25 721,41 m², constituido por el denominado Lote B, ubicado con frente a la avenida MORDAZA MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la partida registral 47447321 del Registro de Predios de MORDAZA, para asi consolidar la titularidad de los bienes inmuebles del sector; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales aprobado por Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y modificatorias, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad optimizar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para el registro, inscripcion y fiscalizacion de los bienes de propiedad estatal; Que, el Estado es propietario del predio de 25 721,41 m², constituido por el Lote B, ubicado con frente a la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito a fojas 11 del Tomo 1972 con continuacion en la Partida