Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2003 (23/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 23 de marzo de 2003

cion, comercio y otros, a los depositos y estacionamientos como predios pasibles de pago por concepto de arbitrios municipales, situacion prevista conjuntamente en la Ordenanza Nº 132-MDB, que establece los importes a pagar por los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo en la jurisdiccion de Barranco; Que, si bien se aprecia que el MORDAZA mantiene una estabilidad macroeconomica, reflejandose ello en un ajuste inflacionario minimo, la economia de la poblacion no muestra alteraciones, manteniendose la falta de poder adquisitivo suficiente que le permita el cumplimiento de las obligaciones tributarias; En uso de las facultades establecidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo aprobo por Mayoria la siguiente: ORDENANZA PRECISAN MONTOS A PAGAR POR CONCEPTO DE ARBITRIOS PARA ESTACIONAMIENTOS Y DEPOSITOS Articulo Primero.- Precisar que el monto a pagar por concepto de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para los predios con uso de estacionamiento y deposito, consiste en el diez por ciento (10%) de los importes referidos al Anexo I de la Ordenanza Nº 084-MDB correspondiente a MORDAZA HABITACION, es decir el 10% del importe puesto a cobro, segun el tramo en que se encuentre el valuo del predio (en este caso el valuo del estacionamiento o deposito). DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Disponer que los pagos efectuados por concepto de arbitrios municipales respecto de los predios con uso de estacionamiento o deposito, MORDAZA considerados como pagos a cuenta de los importes que se prorratearan de acuerdo a lo establecido en el Articulo Primero. Segunda.- Disponer que los saldos de los pagos efectuados en exceso, MORDAZA considerados como credi-

tos a favor del contribuyente, y segun sea el caso, MORDAZA compensados con deudas tributarias a futuro. DISPOSICION FINAL Unica.- Encarguese a la Oficina de Administracion Tributaria, asi como a la Unidad de Informatica y Estadistica de la Oficina de Planeamiento, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese, ratifiquese y cumplase. MORDAZA ARRESE MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05651

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Ordenanza referente a la exoneracion de pagos a contrayentes de matrimonio comunitario
ORDENANZA Nº 063-MDL
Lince, 17 de marzo del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: Visto en Sesion Extraordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 009-2003-CEA/MDL de la Comision de Economia y Administracion, de conformidad con lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por UNANIMIDAD y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente:

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LICA DEL P E

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION