Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2003 (23/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 23 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONAFU
Disponen no autorizar el Funcionamiento Provisional de la Universidad Moderna Para las Humanidades
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 063-2003-CONAFU MORDAZA, 20 de marzo del 2003 VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 41598 del 25 de setiembre del 2000, organizado por la Promotora Universidad Moderna para las Humanidades, para solicitar la autorizacion provisional de funcionamiento de la denominada Universidad Moderna para las Humanidades; el Memorandum Nº 1999-2000-CONAFU-CEAA del 28 de noviembre del 2000; el Expediente Nº 42160 del 25 de octubre del 2000; el Oficio Nº 651-2000-CONAFU-P del 12 de diciembre del 2000; el Expediente Nº 44907 del 16 de marzo del 2001; el Expediente 45775 del 2 de MORDAZA del 2001; el Memorandum Nº 38-2002-CONAFU-CEAA del 5 de marzo del 2002; el Expediente 52227 del 30 de enero del 2002; el Expediente Nº 55519 del 21 de marzo del 2002; el Oficio Nº 157-2002-CONAFU-P del 18 de marzo del 2002; el Expediente 55812 del 03 de MORDAZA del 2002; la Publicacion del Aviso de Admision a tramite en el Diario Oficial el Peruano del 01 de MORDAZA del 2002; el Informe Legal Nº 0067-2002-CONAFU-AL del 13 de MORDAZA del 2002; el Informe Nº 35-2002-CONAFU-CEAA del 21 de MORDAZA del 2002; la Resolucion Nº 160-2002CONAFU del 11 de MORDAZA del 2002; el Expediente 59438 del 22 de MORDAZA del 2002; el Expediente 59819 del 01 de agosto del 2002; el Informe del 16 de agosto del 2002 de la Comision Evaluadora; el Informe Nº 070-2002-CDAYC de la Comision de Analisis y Consolidacion del 11 de noviembre del 2002; el Oficio Nº 704-2002-CONAFU-P del 19 de noviembre del 2002, que traslada a la solicitante las Observaciones establecidas al Proyecto por el CONAFU; el Expediente Nº 64355 del 9 de diciembre del 2002; el Informe Nº 016-2003-CDAYC del 7 de marzo del 2003; el Acuerdo Nº 054-2003-CONAFU de la Sesion Ordinaria del 13 de marzo del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, y, emitir resoluciones autorizando o denegando su funcionamiento provisional o definitivo, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley; Que, con documento de Vistos, la Promotora Universidad Moderna para las Humanidades, solicita al CONAFU, otorgue autorizacion provisional de funcionamiento al Proyecto de la denominada Universidad Moderna para las Humanidades, bajo los alcances de la Ley 26439, la Ley Nº 23733, para prestar servicios educativos de nivel universitario en la MORDAZA y departamento de MORDAZA, a traves de las carreras profesionales de: Administracion, Derecho, Economia, Ingenieria de Sistemas e Informatica, Linguistica, Psicologia; Que, las Comisiones, Evaluadora y de Analisis y Consolidacion del CONAFU luego de evaluar el Proyecto y los Informes presentados, recomendaron al CONAFU, traslade a su Asociacion Promotora las Observaciones establecidas en la evaluacion del Proyecto de Desarrollo Institucional, para que supere las debilidades encontradas, a traves de la MORDAZA de una MORDAZA version definitiva del Proyecto; Que, como resultado del analisis de la nueva version del Proyecto de Desarrollo Institucional la Comision de Analisis y Consolidacion, con Informe Nº 016-2003-CDA-

YC del 7 de marzo del 2003, senala que, en la Seccion I, Fundamentacion del Proyecto, el Estudio de MORDAZA presentado no ha cumplido con analizar la oferta de carreras en las universidades de la MORDAZA de influencia de la nueva Universidad, no se ha considerado la oferta laboral de los egresados enfocando aquellas que ofreceria la nueva Universidad, no se ha presentado un estudio de las caracteristicas socioeconomicas del area de influencia; en Infraestructura Fisica y Recursos Educacionales, se presenta informacion contradictoria sobre si se compraran o alquilaran los locales que ocupara la Universidad, si el terreno para el campus universitario sera comprado o donado por las Municipalidades de los "Conos de Lima; en el FORM 4B, no se detallan las caracteristicas de los ambientes que se construiran o alquilaran, no se acompanan los planos de los laboratorios y aulas; la descripcion del equipamiento y mobiliario de los 13 laboratorios propuestos es muy generica, no se ofrece informacion a detalle para la Biblioteca y el financiamiento presupuestado es insuficiente si se calcula el costo promedio por volumen de S/. 4.92 c/u; los FORM 4-G y 4-H no han sido llenado con los detalles solicitados, lo que impide su evaluacion; los ingresos han sido calculados con una dependencia del 90.1% de las tasas de ensenanza, lo que pone en riesgo el funcionamiento de la institucion; la promotora no ha sustentado su capacidad economica para ejecutar sus aportes; Que, en la Seccion Nº 3, Carreras Profesionales, los docentes propuestos como responsables de las carreras profesionales de Derecho e Ingenieria Informatica y de Sistemas, no reunen los requisitos para desempenar el cargo; no se describen con claridad los perfiles profesionales de los futuros egresados, y no son coherentes con los Planes de Estudios propuestos; los Planes de Estudios salvo la MORDAZA Profesional de Linguistica son poco flexibles al haberse proyectado 80 asignaturas en 10 semestres academicos; se ha reducido solo 09 vacantes para la MORDAZA de Ingenieria de Informatica y de Sistemas, sin haber presentado el estudio de la oferta del MORDAZA laboral de los futuros egresados de la Universidad que se proyecta, considerando que 16 Universidades de MORDAZA ofrecen la MORDAZA y las 35 Universidades del resto del pais; tampoco se especifican los equipos con que seran implementados los laboratorios de la MORDAZA de Ingenieria de Informatica y de Sistemas como: Electronica, Fisica, Quimica, Ecologia, Sistemas operativos, Redes de Telecomunicaciones, Redes Corporativas y Globales; Que, por lo MORDAZA expuesto, el proyecto en su calificacion final ha alcanzado 131 puntos que representan el 55% del puntaje MORDAZA para su aprobacion, asimismo, todas las carreras profesionales propuestas en su evaluacion no han alcanzado puntaje minimo aprobatorio, por lo que no se dan en el Proyecto de la Universidad Moderna para las Humanidades, las condiciones necesarias para asegurar su adecuado desarrollo, lo que constituiria garantia de la calidad de los servicios que pretende ofrecer; Que, el Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, en su Sesion Ordinaria del 13 de marzo del 2003, luego de revisar el Expediente, con lo informado por las Comisiones Evaluadora, de Analisis y Consolidacion y Comision Especial del CONAFU, acordo, por unanimidad, de conformidad a lo dispuesto en el literal d) del articulo 23º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, no autorizar el funcionamiento provisional de la Universidad Moderna para las Humanidades, por existir en el proyecto deficiencias muy notorias que no permiten garantizar su adecuado desarrollo, ni niveles minimos aceptables de calidad en la formacion profesional que se pretende impartir en las carreras profesionales propuestas; Estando a lo expuesto, en concordancia con el literal a) del articulo 2º de la Ley Nº 26439; el literal a) del articulo 3º del Estatuto; el literal b) del articulo 9º del Reglamento General del CONAFU, los articulos 23º inciso b), 24º y 25º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Nuevas Universidades; el Acuerdo 054-2003 del 13 de marzo del 2003; y en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Art. 16º del Reglamento General del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- No aprobar el Proyecto de la Universidad Moderna Para las Humanidades, por tener deficien-