Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2002 (11/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 11 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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MORDAZA, en su condicion de ex Director de Obras y ex Presidente del Comite de Adjudicacion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, por encontrarse inmersos en las siguientes observaciones: 1. Ejecucion de Obra por Contrata MORDAZA A.H. "Villa MORDAZA, realizado por la Entidad en Terreno de Propiedad Privada Se ha establecido que la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, ha ejecutado durante el periodo 1996, la obra: "CONSTRUCCION DEL MORDAZA MORDAZA MARIA", en terreno de propiedad privada, correspondiente al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pese a haber tenido conocimiento los funcionarios de estos hechos, ya que el propietario presenta documentos probatorios que demuestran la titularidad del terreno, sin embargo se procedio a la ejecucion de la mencionada obra, contraviniendo el Art. 4.1.1 Inc. a) del RULCOP, en cuanto a la acreditacion del saneamiento del terreno. En consecuencia, le asiste responsabilidad administrativa al Sr. MORDAZA MORDAZA ICO, en su condicion de ex Director Municipal, por haber autorizado el otorgamiento del adelanto de obra, ya que con dicho adelanto se dio inicio a la ejecucion de la obra, teniendo conocimiento del terreno en litigio; asi mismo le recae responsabilidad administrativa al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su condicion de ex Director de Desarrollo MORDAZA y Obras y ex Presidente de la Comision de Procesos de Seleccion de Adjudicacion de Obras, por no haber objetado el inicio de los trabajos y haber dado tramite al adelanto solicitado por el contratista. 2. Presuntas irregularidades en el MORDAZA de seleccion por la Adjudicacion Directa y la Ejecucion de la obra: "CONSTRUCCION MORDAZA A.H. MORDAZA MARIA" Se ha determinado que en el MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion para la Ejecucion de la obra: "Parque A.H. MORDAZA Maria", ha existido vicios en agilizar de manera irregular el mencionado proyecto; toda vez que las invitaciones a los postores han sido realizadas MORDAZA de la aprobacion del expediente tecnico, asi mismo la apertura de sobres se han realizado el mismo dia de la aprobacion del mencionado expediente, favoreciendo con la Buena Pro a la empresa J&J Ingenieros Asociados; en consecuencia le asiste responsabilidad administrativa al ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex miembro de la Comision de Procesos de Adjudicacion de Obras, por no haber dado cumplimiento a lo establecido en las Normas Vigentes a esa fecha, referente al MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Obras. Que, los aludidos funcionarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, con su accionar habrian incurrido en falta administrativa disciplinaria, tipificada en el Art. 28º Inc. d) del D. Leg. Nº 276, concordante con el Art. 150º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, estando a lo MORDAZA expuesto, y de conformidad con lo prescrito en los Arts. 163º, 164º, 165º, 166º, 167º, 168º y 169º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º numerales 6) y 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y con cargo a dar cuenta en Sesion de Concejo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURESE MORDAZA Administrativo Disciplinario, contra los ex funcionarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA ICO, por haber incurrido en presunta falta de caracter disciplinario, en merito a las consideraciones MORDAZA expuestos. Articulo Segundo.- DISPONER se notifique la presente Resolucion a las personas indicadas en el articulo precedente, de manera personal o mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de 72 horas, contadas a partir del dia siguiente de la expedicion del presente acto resolutivo. Articulo Tercero.- OTORGUESE a los ex funcionarios procesados, un plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion o publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, para que haga uso de su derecho de descargo conforme a Ley. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios se encar-

gue de proceder conforme a sus atribuciones conferidas de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA OSTOLAZA GANOZA MORDAZA 21743 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 211-2002-MDNCH MORDAZA Chimbote, 9 de diciembre de 2002 VISTO: El Informe Nº 013-2002-MDNCH-CPPA de fecha 26-noviembre-2002, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 053-2001MDNCH se conformo la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, encargada de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de aperturar MORDAZA administrativo disciplinario, de conformidad a lo establecido por el Art. 166º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa; Que, en atencion al Informe Nº 004-2002-02-3948, emitido por la Oficina de Auditoria de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, sobre: "Ejecucion de Obra Publica realizado por la Municipalidad en Terreno de Propiedad Privada", la Comision Permanente de Procesos Administrativos ha emitido el Informe Nº 013-2002-MDNCH-CPPA de fecha 26-noviembre-2002, de conformidad a lo prescrito por el Art. 32º del D. Leg. Nº 276 concordante con lo dispuesto por el Art. 165º, 166º y 167º del D.S. Nº 005-90PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa, a traves del cual sugiere que se proceda a instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra el servidor ING. MORDAZA EDMAR MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Miembro de la Comision de MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Obras; y al ex servidor ARQ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex miembro de la Comision de MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Obras, por presunta responsabilidad administrativa durante el desempeno de sus funciones, al encontrarse inmersos en la siguiente observacion: 1. Presuntas irregularidades en el MORDAZA de seleccion por la Adjudicacion Directa y la Ejecucion de la obra: "CONSTRUCCION MORDAZA A.H. MORDAZA MARIA" Se ha determinado que en el MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa para la Ejecucion de la obra: "Parque A.H. MORDAZA Maria", ha existido vicios en agilizar de manera irregular el mencionado proyecto; toda vez que las invitaciones a los postores han sido realizadas MORDAZA de la aprobacion del expediente tecnico; asi mismo la apertura de sobres se ha realizado el mismo dia de la aprobacion del mencionado expediente, favoreciendo con la Buena Pro a la empresa J&J Ingenieros Asociados; en consecuencia le asiste responsabilidad administrativa al ING. MORDAZA EDMAR MORDAZA MORDAZA y al ARQ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no haber dado cumplimiento a lo establecido en las normas vigentes a esa fecha, referente al MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Obras, lo cual permitio adjudicar la Buena Pro a la Empresa que no cumplio con los plazos y el pago de mano de obra a sus trabajadores, producto de la apresurada seleccion. Que, por los hechos MORDAZA expuestos se presume que el servidor y el ex servidor MORDAZA citados, habrian incurrido en falta administrativa de caracter disciplinario tipificado en el Inc. d) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, concordante con el articulo 150º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, estando a lo MORDAZA expuesto, y de conformidad con lo prescrito por los Arts. 163º, 164º, 165º, 166º y 167º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, y en uso de las facultades