Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2002 (11/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 11 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Declaran consentida liquidacion de pago emitida dentro de tramite administrativo sobre licencia de regularizacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2227-02-26-DDU/MSI
San MORDAZA, 7 de agosto de 2002 EL DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO: VISTO, el Expediente Nº 83563 seguido por la ASOCIACION CIVIL CAMBIO Y DESARROLLO, con domicilio en MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 130 - San MORDAZA, sobre Licencia de Regularizacion; CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo dispuesto por los articulos 38º y siguientes del D.S. Nº 025-94-MTC MORDAZA que aprobo el Reglamento para el Otorgamiento de Licencias de Construccion, Control y Conformidad de Obra, con fecha 5.5.99 se emitio la Liquidacion de Pago Nº 8643; Que, tal como consta a fojas 101 y 104 de autos, con Oficios Nºs. 780-99-DOP-DDU/MSI y 3182-99-26-DOPDDU/MSI fue requerido el pago de la mencionada Liquidacion de Pago, no habiendose hasta la fecha procedido al pago de la misma y/o a su reclamacion o impugnacion, de conformidad a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS (norma aplicable al caso de conformidad con la Primera Disposicion Transitoria Ley Nº 27444); Que, encontrandose actualmente vencidos todos los plazos establecidos en la MORDAZA MORDAZA mencionada, para la debida reclamacion o impugnacion, la citada Liquidacion de Pago, se encuentra legalmente consentida, por cuanto resulta necesario proceder a su declaracion formal, a fin de que surtan los efectos legales pertinentes; De conformidad a lo dispuesto por el articulo 65º inciso 11 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, articulos 38º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-94-MTC; Estando a la Octava Disposicion Final del D.S. Nº 0082000-MTC, Reglamento de la Ley Nº 27157, Ley de Regularizacion de Edificaciones, Procedimiento para Declaratoria de Fabrica y el Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun; En uso de las facultades delegadas mediante Resolucion de Alcaldia Nº 168-01-ALC/MSI; RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar CONSENTIDA la Liquidacion de Pago Nº 8643 emitida dentro del tramite administrativo seguido con Expediente Nº 83563 seguido por la ASOCIACION CIVIL CAMBIO Y DESARROLLO, en consecuencia establecer que la citada Liquidacion de Pago se encuentra expedida para su cobranza coactiva. Articulo 2º.- Encargar al Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de San MORDAZA, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA COSSIO MORDAZA Director Direccion de Desarrollo MORDAZA 21783

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de San MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 6 de diciembre del 2002, aprobo por unanimidad aprobar el pedido de reconsideracion del Dictamen Nº 0074-2002-CEPAL-CDSL emitido por la Comision de Economia, Presupuesto y Asuntos Legales, por el cual propone se otorgue un plazo de diez dias habiles, para el empadronamiento de comerciantes ambulantes que vienen trabajando en el distrito con una anterioridad de varios anos. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 084-MDSL se otorga un plazo de quince dias calendario para que la Municipalidad de San MORDAZA, a traves de la Division de Comercializacion y Control empadrone a los comerciantes ambulantes a efecto de que MORDAZA considerados en el reordenamiento del comercio ambulatorio; Que, mediante Informe Nº 0092-2002-MDSL-GFDCC el Jefe de la Division de Comercializacion y Control informa que existen aun comerciantes informales que residen en San MORDAZA, vienen trabajando con una anterioridad de varios anos atras, que han sido debidamente evaluados y aun no han regularizado su situacion; Que, es funcion de las Municipalidades en materia de Abastecimiento y Comercializacion de Productos, regular y controlar el comercio ambulatorio, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 68º numeral 3 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; Que, la Municipalidad de San MORDAZA, asumiendo su compromiso de ejecutar las acciones necesarias para planificar, realizar e impulsar labores tendientes a formalizar el comercio informal, asi como brindar condiciones de orden y seguridad de sus vecinos, mediante Ordenanza Nº 019MDSL de fecha 14-4-99 aprobo la reorganizacion del comercio ambulatorio; Que, en Sesion de Concejo de fecha 27-4-99 se aprobo el Reglamento del Comercio ambulatorio, el cual fue modificado con fecha 31-8-99; Que, es politica de la Municipalidad de San MORDAZA, ordenar el comercio ambulatorio y otorgar las facilidades del caso para que los ambulantes regularicen su situacion, por lo que estando a que existen aun comerciantes informales que residen en San MORDAZA, vienen trabajando con una anterioridad de varios anos atras, cuyas labores no han sido materia de queja por parte de los vecinos, y que han sido debidamente evaluados, es oportuno proceder a empadronarlos; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo informado por la Division de Comercializacion y Control, asi como articulos pertinentes de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, se expide la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- OTORGAR un plazo de diez habiles computados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, a efecto de que la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, a traves de la Gerencia de Finanzas, proceda a empadronar a los comerciantes ambulantes que vienen trabajando en el distrito con una anterioridad de varios anos y fueron evaluados previamente durante el periodo 2002, a fin de que se les incluya en el Programa de reordenamiento del comercio ambulatorio, previo pago de los derechos correspondientes y MORDAZA de MORDAZA Domiciliaria que certifique que viven en el distrito de San Luis. Vencido el plazo que mediante la presente Ordenanza se otorga, se procedera a erradicar a todo comerciante informal que no este comprendido en el reordenamiento mencionado. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas en cuanto le corresponda. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21788

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Otorgan plazo para que el municipio proceda a empadronar a comerciantes ambulantes que vienen trabajando en el distrito y que fueron evaluados durante el periodo 2002
ORDENANZA Nº 0146-2002-MDSL
San MORDAZA, 9 de diciembre del 2002