Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2020 (19/07/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 19 de julio de 2020 /

El Peruano

· Informe Legal N`920-2018-GAJ-MDCH. la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Chilca, emite opinión legal sobe solicitud del cambio de zonificación. · Informe Legal N°920-2018-GAJ-MDCH, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Chilca, emite aclaración del informe Legal N°920-2018GAJ-MDCH, sobre la solicitud del cambio de zonificación. · Informe N°277-2018-JEBQ-SOPCPU-GDYPUMDCH. la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Planeamiento Urbana, remite aclaración del Informe N-198-2018JEBQ-SOPCPU-GDYPU-MDCI-1, con respecto al trámite de cambio de zonificación. · Acuerdo de Concejo N°016-2018-MDCH, donde se acuerda declarar favorable; a propuesta de Cambio de Zonificación del Predio denominado: "Quebrada de Parca". con un área de 174,863_63 m2 (17 has), ubicado en el Distrito de Chilca, actualmente con Zonificación de tipo I-2 al cambio de Zonificación Residencial de Densidad lo solicitado para la empresa "LOS PORTALES S.A..", y conforme a los informes técnicos y legal. Que, mediante Expediente Administrativo N°14202019 de fecha 14 de febrero de 2019, el Sr. Romel Paredes Palacios, en representación la empresa PORTALES S.A., solicita REACTIVACIÓN DE EXPEDIENTE DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN INDUSTRIAL I2 A ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIDA (RDM), DEL PUEBLO DENOMINADO "QUEBRADA PARCA", ubicado en la Altura del KM 62 5 de la autopista Panamericana Sur, Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima; Que, mediante escrito de fecha 21 de febrero de 2019, el Sr. Romel Paredes Palacios representación de la empresa PORTALES S.A, solicita anexión de documentos a expediente, fin de poder continuar con la solicitud de CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE INDUSTRIAL A ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM). Adjunta Certificado de vigencia (escaneado), Memoria Descriptiva (pone a consideración de la Municipalidad Distrital de Chilca, el cambio de zonificación de la zona denominada "INDUSTRIAL LIVIANA (l2) a ZONA RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM) y ZONA COMERCIO ZONAL (CZ), sobre el terreno del lugar denominado "QUEBRADA PARCA", cuya área de terreno matriz es de 174,863.65 m2.; Que, mediante Carta N°184-2019/SGOP-MPC, de fecha 05 de marzo de 2019, la Sub Gerencia de Obras Privadas de la MPC, realiza 6 observaciones la solicitud del administrado, a efectos de que sean levantadas en el plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la presente, a fin de que haga su descargo, asimismo cumplido los días que estipula el Art. 191 de la Ley 27444; Que, mediante escrito ingresado por tramite documentario en fecha 01 de Julio de 2019, el Sr. Romel Omar Paredes Palacios, en representación de la empresa, presenta el descargo respecto a las observaciones indicadas en la Carta N°184-2019/SGOP-MPC, emitida por la Sub Gerencia de Obras Privadas de la MPC; Que, mediante Informe N°463-DYCH-SGOP-2019, de fecha 19 de julio de 2019, la Sub Gerencia de Obras Privadas de la MPC, advierte lo siguiente: A. Mediante Ordenanza Municipal N° 17-2014-MPC, de fecha 02/06/2014, se aprueba la modificación del plan urbano del Distrito de Chilca; mediante los procedimiento de anexión al área urbana 181,175.98 m2, para los predios de propiedad de VEREDA KORROQI BISIAK DE VALENTIN, CHRISTA KARRODI BISIAK DE TOMATIS, ALEJANDRA SOFIA KORRODI BISIAK DE FIGARI Y LJUBA MARIA KORRODI BISIAK DE TOMATIS, para el predio ubicado en el Sector A, Lote A cuenta con un área: 181,175.92 m2, que forma parte del predio inscrito en la partida electrónica P90284911, ubicado en el Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima y asignarle la Zonificación Industrial para Industria liviana (I-2). B. Dicha ordenanza actualmente se encuentra vigente. C. Certificado de Zonificación y vías N°122-2018SGPCUC-GODUR-MPC, de fecha 01/06/2018; certifica

que el predio denominado quebrada de Parca con un Área 181,175.98 m2, Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Región Lima Provincia, tiene la zonificación indica en el Item A. La misma que, es ratificada y forma parte del certificado mencionado la Resolución de Gerencia N°451-2018-GODUR-MPC; del 01/06/2018. D. Existe un Acuerdo de Concejo N°016-2018-MDCH, de fecha 17/07/2018, que declara favorable la propuesta de cambio de zonificación del predio denominado "Quebrada de Parca" con un área: 174,863.63 m2 (17 has), ubicado en el distrito de Chilca; actualmente I-2 a cambio de zonificación Residencial de Densidad Media; según lo solicitado por la empresa "LOS PORTALES S.A.", según los informes técnico y legal respectivo en los considerandos antes expuestos. Firmado por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chilca, Damián Alfredo Huapaya Arias. E. El administrado viene solicitando la aprobación del cambio de zonificación, el mismo que no se encuentra culminado en la Municipalidad Distrital de Chilca su Procedimiento administrativo de acuerdo a ley N°27444. F. Por lo expuesto, la Sub Gerencia de Obras Privadas, solicita apoyo legal en virtud de que se puede proseguir el tramite con el Acuerdo de Concejo N°016-2018-MDCH, de fecha 17.07.2018, realizado en la Municipalidad Distrital de Chilca. Que, mediante Informe Legal N°0140-2019-AJVALA-GODUR-MPC, de fecha 01 de agosto de 2018, el Asesor Legal de la GODUR, manifiesta que estando al acuerdo de concejo de la Municipalidad Distrital de Chilca (Acuerdo de Concejo N°016-2018-MDCH), se recomienda que la jefatura de Obras Privadas comunique a dicha comuna Distrital sirva agotar y/o regularizar el trámite de cambio de zonificación conforme a lo establecido en D.S. 022-2016-VIVIENDA, y elevar a la comuna Provincial de Cañete, la Ordenanza Municipal respectiva y adjunto la opinión técnica pertinente (Art. 160.1 D.S. N°022-2016-VIVIENDA), toda vez que el administrado no es responsable de la interpretación y/o aplicación errada de la norma (culpa inexcusable), en su defecto fundamentar la Municipalidad distrital de Chilca, la validez del citado acuerdo de concejo y adjunta la opinión técnica correspondiente, para los fines de Ley; Que, mediante Informe N°522-DYCH-SGOP-2019, de fecha 09 de agosto de 2019, la Sub Gerencia de Obras Privadas de la MPC, deriva la documentación con la, finalidad de dar conocimiento a la Municipalidad Distrital de Chilca, de acuerdo a lo mencionado en el Informe Legal N°0140-2019-AJ-VALA-GODUR-MPC; Que, mediante Oficio N°02-2019-CRLM-SGPCUCGODUR-MPC, de fecha 23 de agosto de 2019, la Sub Gerencia de Planificación Control Urbano y Catastro de la MPC, comunica a la Municipalidad Distrital de Chilca sobre las observaciones indicadas en el Informe Legal N°0140- 2019-AJ-VALA-GODUR-MPC, a efectos de que sean atendidos a la brevedad posible su petitorio. De la misma manera, se cumplió con comunicar al administrado sobre la situación de su solicitud mediante Oficio N°032019-CRLM-SGPCUC-GODUR-MPC, de fecha 23 de agosto de 2019; Que, la Empresa los Portales S.A., en fecha 06 de setiembre de 2019, en atención al Oficio N°03-2019CRLM-SGPCUC-GODUR-MPC, presenta descargo, señalando que el D.S. N°22-2016-VIVIENDA fue publicado en el diario el peruano el 24 de Diciembre de 2016, y en la primera disposición complementaria transitoria, indica: "Los Gobiernos locales en un plazo de 02 años, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma tienen que adecuar sus disposiciones en materia de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano a la contenidas en el presente reglamento", por lo que el expediente mediante el cual se solicitó cambio de zonificación se inició el 13 de junio de 2017, el Acuerdo de Concejo se emitió el 17 de julio de 2018, los dos actos dentro del plazo de los dos años que tienen los gobiernos locales para adecuar sus disposiciones en materia de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, por lo tanto, la opinión que la Municipalidad distrital de Chilca emitido no debe ser materia de observación por plasmarse