Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2019 (22/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Domingo 22 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Estado de derecho y de la institucionalidad, integrado al mundo y proyectado hacia un futuro que garantiza la defensa de la persona humana y de su dignidad en todo el territorio nacional. Estamos orgullosos de nuestra identidad, propia de la diversidad étnica, historia y patrimonio milenario, y protegemos nuestra biodiversidad. El Estado constitucional es unitario y descentralizado. Su accionar es ético, transparente, eficaz, eficiente, moderno y con enfoque intercultural. Juntos hemos logrado un desarrollo inclusivo, en igualdad de oportunidades, competitivo y sostenible en todo el territorio nacional, que ha permitido erradicar la pobreza extrema y asegurar el fortalecimiento de la familia; Esta visión está fundamentada en: la acción del Estado, orientada al desarrollo humano en todo el territorio nacional, continúa centrada en superar la pobreza, en erradicar la discriminación y en asegurar la igualdad en el acceso a oportunidades; nninguna persona pierde su potencial por causas evitables. El Perú ha superado la pobreza extrema y la pobreza multidimensional ha disminuido considerablemente. Se han reducido significativamente todas las formas de discriminación y las inequidades sociales provenientes de desigualdades territoriales. Asimismo, contamos con sistemas de protección que garantizan los derechos de la niñez, mujeres, adultos mayores y personas con discapacidad; La gestión y aprovechamiento sostenible de los ecosistemas compromete a todos los actores de cada territorio del país, asegurando un desarrollo social y económico armónico, libre de contaminación y saludable para todas las personas en el tiempo, en un contexto de cambio climático; El Perú diversifica su producción; incentiva la industria, la manufactura y el sector servicios; impulsa la asociatividad de las pequeñas unidades productivas urbanas y rurales, les brinda asistencia técnica, promueve la innovación tecnológica y fomenta su desarrollo, así como su articulación a ciudades intermedias y a grandes empresas; promueve el valor agregado de bienes y servicios; e incrementa sus exportaciones, especialmente las no tradicionales; El planeamiento estratégico concertado y las políticas de desarrollo elaboradas en base a las potencialidades y capacidades de los diferentes territorios, han permitido el crecimiento de las economías regionales y locales. El uso de nuestros territorios se da en armonía con el bien común e integrando valores sociales, culturales, económicos, políticos y ambientales; Que, con relación a la accesibilidad de los servicios de transportes y comunicaciones al ciudadano: En el año 2030, la Red Vial Nacional estaría 100% pavimentada con asfalto y/o con solución básica. A su vez, en la Red Vial Departamental, 15,000 Km. vinculados a los corredores logísticos han sido pavimentados con soluciones básicas y los 25,000 Km. prioritarios de la Red Vial Vecinal relacionados a los corredores logísticos se encuentran con pavimentos económicos o afirmados en buen estado. El desarrollo de las tres redes de carreteras permite un desarrollo más equilibrado entre las diferentes regiones del país, potenciando la agricultura y el turismo de forma significativa pues se logra un círculo virtuoso entre el campo y la ciudad. Todas las mejoras contribuyen a reducir los costos logísticos, el transporte multimodal se incrementa a través de la mejor conectividad con todos los modos de transporte; Que, en general, el sistema de transporte en esta parte del país, contribuirá a mejorar la competitividad y productividad, propiciando el menor costo de transacción (costos asociados a deficiencias de calidad del servicio, de infraestructura, de gestión y de transferencia entre modos); aprovechando las condiciones productivas, geográficas y naturales del territorio; Que, los lineamientos de política en el Sector Transporte, es fundamental la aprobación de la Ordenanza Regional, porque el proyecto se enmarca en los lineamientos del sector transportes, los mismos que son: - Descentralización de la inversión de Transportes y Comunicaciones.- Fortalecer los niveles de coordinación y articulación con los ministerios, gobiernos regionales y locales, para la implementación de las políticas sectoriales y la consolidación del proceso de descentralización. Reducción de brechas de conectividad física y digital a nivel de los departamentos.- Gestionar las inversiones de

modo de que se logre un equilibrio territorial que reduzca la inequidad en el acceso de los servicios de transportes y comunicaciones y se atienda con prioridad a las zonas rurales y de preferente interés social. Accesibilidad a los servicios de transportes y comunicaciones.- Facilitar el acceso de los usuarios a los servicios de transportes y comunicaciones, promoviendo la inclusión social, la integración, la movilidad y la conectividad de los ciudadanos; Que, la Comisión Ordinaria de Transportes, Comunicaciones, Energía y Minas e Hidrocarburos, conformado mediante Acuerdo de Consejo Nº 003-2019-G.R.PASCO/CR, ha estudiado y evaluado los documentos remitidos a la Comisión con relación al pedido de "Declarar de Necesidad Pública e Interés Regional la Construcción del Puente Pichis". En aplicación a lo establecido en el artículo 15, inciso a) de la Ley Orgánica de los Gobiernos regionales N° 27867, concordante con el artículo 33 del Reglamento Interno del Consejo Regional, se procedió al debate en reunión ordinaria de la Comisión desarrollada el día 19 de agosto del año 2019, determinado dictaminar por UNANIMIDAD; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores y de conformidad con la Constitución Política del Estado, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DECLARAR de Necesidad Pública e Interés Regional la Construcción del Puente Pichis del Distrito de Puerto Bermúdez, Provincia de Oxapampa, Región Pasco. Artículo Segundo: ENCARGAR al Gerente General Regional, disponer la Publicación de la Presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" con las formalidades de Ley, para conocimiento y fines correspondientes. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los veintidós días del mes de agosto del dos mil diecinueve. BLEDHY CRISTIAN MOALE COLINA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se Publique, Registre y Cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los veintitrés días del mes de agosto del dos mil diecinueve. PEDRO UBALDO POLINAR Gobernador Regional 1809251-1

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Modifican la Res. N° 148-2018/GRP-GR que aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE del Gobierno Regional Piura
(Se publica la Resolución de la referencia a solicitud del Gobierno Regional Piura, mediante Oficio Nº 0582019-GRP-100011, recibido el 20 de setiembre de 2019) RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 703 -2018/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR Piura, 17 de diciembre de 2018