Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2019 (22/09/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

4
Nombres y apellidos Rocío Ingred Barrios Alvarado

NORMAS LEGALES
Viáticos por 1 día US $ 440,00

Domingo 22 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Artículo 3.- Encargar el Despacho de la Ministra de la Producción, a la señora Sylvia Elizabeth Cáceres Pizarro, Ministra de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del 24 de septiembre de 2019, y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1809688-3

Otorgan la Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia" a integrantes que participaron en el Operativo Militar Chavín de Huántar
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 143-2019-PCM Lima, 20 de setiembre de 2019 VISTOS: El Oficio N° 02825-2019-MINDEF/SG, de la Secretaria General del Ministerio de Defensa y el Acta de sesión del Consejo de la Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia", del 09 de setiembre de 2019; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio N° 02825-2019-MINDEF/ SG, el Ministerio de Defensa remite el Oficio N° 1123-2018-MINDEF/DM y el Oficio N° 1520/S-CGEN/N-01.3/05.00, a través de los cuales se remite la relación de las personas que participaron en el Operativo Militar Chavín de Huántar, y propone el otorgamiento de la Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia" en los grados de "Gran Cruz" y "Gran Oficial"; en mérito a lo dispuesto en la Ley N° 30554­Ley que declara Héroes de la Democracia a los Comandos Chavín de Huántar; Que, la citada Ley N° 30554, tiene por objeto reconocer a los comandos que participaron en el Operativo Militar Chavín de Huántar, por su distinguido servicio a la Nación y valeroso accionar en la lucha contra el terrorismo, en el proceso de pacificación y defensa de nuestra democracia; Que, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 29031­Ley que instituye el Día de los Defensores de la Democracia y crea la condecoración correspondiente, se instituye el 22 de abril y el 12 de setiembre de cada año como Días de los Defensores de la Democracia, en homenaje a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, a los Comandos integrantes del Operativo Militar Chavín de Huántar, a los miembros del Grupo Especial de Inteligencia (GEIN) de la Dirección contra el Terrorismo (DIRCOTE) de la Policía Nacional del Perú, a los integrantes de los comités de autodefensa y ciudadanos/ as que fallecieron, quedaron heridos o con discapacidad como resultado de la lucha contra el terrorismo, y a todos aquellos que en la lucha contrasubversiva prestaron eminentes servicios a la Nación;

Que, asimismo, la Ley Nº 29031 crea la Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia", que se concede mediante resolución suprema en la que consta el nombre de los/as ciudadanos/as que han destacado en la lucha contra el terrorismo, designados de acuerdo a los requisitos y procedimientos que se determinen en el Estatuto, aprobado por el Consejo de la Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia"; Que, el Consejo de la Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia", fue creado por el artículo 3 de la Ley Nº 29031 y está conformado por el Presidente del Consejo de Ministros, quien lo preside, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0762014-PCM se aprueba el Estatuto del Consejo de Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia" que establece las funciones del Consejo, requisitos y el procedimiento para la concesión de la Medalla, los impedimentos, suspensión, pérdida y devolución de la Condecoración, entre otros; Que, el Estatuto del Consejo de Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia", establece como una de las funciones del Consejo de la Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia", evaluar y recomendar el otorgamiento de la Condecoración; Que, mediante el documento de Visto, el Consejo de la Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia", luego de la evaluación y calificación de las propuestas presentadas por el Ministro de Defensa, así como los hechos expuestos, y en atención a los requisitos establecidos en el artículo 12 del Estatuto del Consejo de Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia"; ha acordado por unanimidad recomendar conceder la Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia" a las personas señaladas en la citada Acta; De conformidad con la Ley Nº 29031­Ley que instituye los Días de los Defensores de la Democracia y crea la condecoración correspondiente; Ley N° 30554­Ley que declara Héroes de la Democracia a los Comandos Chavín de Huántar; y, la Ley Nº 29158­Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la Condecoración "Medalla al Defensor de la Democracia", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, a los siguientes integrantes que participaron en el Operativo Militar Chavín de Huántar:
N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 GRADO CORONEL CORONEL CAPITAN DE FRAGATA MAYOR CORONEL TENIENTE CORONEL MAYOR CAPITAN CAPITAN TENIENTE TENIENTE TENIENTE NOMBRES Y APELLIDOS JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA LUIS RUBÉN ALATRISTA RODRIGUEZ CARLOS ALBERTO TELLO ALIAGA ROLANDO GUSTAVO CAPUCHO CÁRDENAS LEONEL CABRERA PINO JORGE ORLANDO FERNÁNDEZ ROBLES CÉSAR AUGUSTO ASTUDILLO SALCEDO RUBÉN CASTAÑEDA LAYSECA MOISÉS WILFREDO CHÁVEZ FARFAN NELSON ALEGRIA BARRIENTOS CARLOS ENRIQUE RIVERA SALAZAR HENRY MANUEL JAIME MIRANDA CONDECORACION GRAN CRUZ GRAN CRUZ GRAN CRUZ GRAN CRUZ GRAN CRUZ GRAN CRUZ GRAN CRUZ GRAN CRUZ GRAN CRUZ GRAN CRUZ GRAN CRUZ GRAN CRUZ