Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2019 (22/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Pasajes Aéreos Viáticos Nombres y Apellidos Clase Económi- por día ca USD USD Elmer Guerrero Yupanqui 1153.04 370.00 Número de días 6

NORMAS LEGALES
Total de viáticos USD 2220.00

Domingo 22 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Artículo 2°.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización. Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1809503-1

- Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Julio César Sánchez Cornejo, Subdirector de Integración Fronteriza, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América; y - Señor Javier Octavio Raúl Lossio Olavarría, Contratado Administrativo de Servicios, Especialista en Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección General de América. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Julio César Sánchez Cornejo Javier Octavio Raúl Lossio Olavarría Pasajes aéreos Viáticos por Número Clase Económica día US$ de días US$ 1,590.00 1,590.00 440.00 440.00 2 2 Total viáticos US$ 880.00 880.00

Autorizan viaje de funcionario diplomático y especialista a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0652/RE-2019 Lima, 19 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, en el marco del Gabinete Binacional Perú Colombia, se anunció el próximo inicio y supervisión del primer grupo de proyectos que serán financiados con recursos del Fondo para el Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza, así como la ejecución del segundo grupo de proyectos en el 2020; Que, con el fin de coordinar dichas acciones entre las Secretarías Ejecutivas de la Comisión Binacional para la Zona de Integración Fronteriza Perú - Colombia, así como con el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, se realizarán reuniones de trabajo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 23 y 24 de septiembre de 2019; Que, se estima importante la participación de funcionarios de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección General de América, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político al tema; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 1352010-RE; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 23 y 24 de septiembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución:

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático y el especialista deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1809623-1

Autorizan viaje de especialista a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0654/RE-2019 Lima, 19 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, la XXX Reunión de los Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL), se realizará en la ciudad de Viña del Mar, República de Chile; del 29 de septiembre al 2 de octubre de 2019; Que, la RAPAL representa a nivel Latinoamericano, el foro de coordinación sobre los temas de orden científico, logístico y ambiental con relevancia en el área antártica y tiene por objetivo fortalecer la presencia de los países de la región en el área del Tratado Antártico; Que, durante la XXX RAPAL se llevará a cabo un Taller sobre bioprospección antártica, que permitirá evaluar la legislación antártica vigente en la materia, así como efectuar mejores aproximaciones respecto a la definición de los conceptos fundamentales; Que, se estima necesaria la participación de la especialista en medio ambiente de la Dirección de Asuntos Antárticos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, en los eventos antes mencionados, a fin de dar seguimiento a los temas a tratar; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones