Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2019 (12/09/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 8
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NORMAS LEGALES
Jueves 12 de setiembre de 2019 /
El Peruano
Que, asimismo, el referido evento se enmarca dentro de lo dispuesto en la Línea de Acción 1.5 del Pilar 1, correspondiente al Objetivo Estratégico 1 y en la Línea de Acción 2.2 del Pilar 2, correspondiente al Objetivo Estratégico 2 del Plan Estratégico Nacional Exportador PENX 2025 aprobado mediante Resolución Ministerial N° 377-2015-MINCETUR, las cuales se encuentran referidas a la consolidación de la presencia y promoción comercial del Perú en el Exterior y la diversificación de la oferta exportable; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárase de Interés Nacional la realización de la Feria EXPOALIMENTARIA a llevarse a cabo del 25 al 27 de setiembre de 2019 en la ciudad de Lima, República del Perú, así como sus actividades, eventos conexos y demás reuniones que correspondan. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1806430-5
y Análisis de Información de Turismo y Artesanía de la Dirección General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía del Viceministerio de Turismo, Nivel F-3, cargo de Directivo Superior de libre designación y remoción. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1805039-1
DEFENSA
Reglamento de la Ley N° 30758, Ley que reconoce como Defensores Calificados de la Democracia a los mineros que participaron en el Operativo Militar Chavín de Huántar
DECRETO SUPREMO N° 008-2019-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29031, Ley que instituye el Día de los Defensores de la Democracia y crea la condecoración, se condecora como Defensores de la Democracia a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, a los Comandos integrantes del Operativo Militar Chavín de Huántar, a los miembros del Grupo Especial de Inteligencia (GEIN) de la Dirección contra el Terrorismo (DIRCOTE) de la Policía Nacional del Perú, a los integrantes de los comités de autodefensa y ciudadanos que fallecieron, quedaron heridos o discapacitados como resultado de la lucha contra el terrorismo; y a todos aquellos que en la lucha contrasubversiva prestaron eminentes servicios a la Nación; Que, a través de la Ley N° 30758, Ley que declara Defensores Calificados de la Democracia a los mineros que participaron en el Operativo Militar Chavín de Huántar, se incluye dentro del grupo de personas reconocidas en la Ley N° 29031, a los mineros y personal auxiliar que participaron en la construcción de los túneles subterráneos que posibilitaron el Operativo Militar Chavín de Huántar, así como los rehenes que contribuyeron con acciones de inteligencia al Operativo Militar Chavín de Huántar; denominándolos Defensores Calificados de la Democracia; Que, el artículo 4 de la Ley N° 30758 dispone otorgar a los Defensores Calificados de la Democracia, así como a sus hijos, cónyuge o concubina el acceso a becas y facilidades económicas que permitan continuar estudios de educación superior; Que, con la promulgación de la citada Ley existe un nuevo reconocimiento para las personas que contribuyeron durante la lucha contra el terrorismo denominado Defensor Calificado de la Democracia, así como el otorgamiento de beneficios educativos; por lo que, resulta necesario desarrollar las reglas para el reconocimiento y el acceso a los referidos beneficios; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 1) del artículo 6 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. DECRETA: Artículo 1.- Aprobación Apruébase el Reglamento de la Ley N° 30758, Ley que declara Defensores Calificados de la Democracia a los mineros que participaron en el Operativo Militar Chavín de Huántar, que consta de tres (03) Títulos, catorce (14)
Designan Directora de la Dirección de Investigación y Análisis de Información de Turismo y Artesanía
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 315-2019-MINCETUR Lima, 6 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Investigación y Análisis de Información de Turismo y Artesanía de la Dirección General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía del Viceministerio de Turismo, Nivel F-3, cargo de Directivo Superior de libre designación y remoción; Que, en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De acuerdo con la propuesta del Viceministerio de Turismo; Con la opinión favorable de la Oficina de Personal mediante Informe Nº 138-2019-MINCETUR/SG/OGA-OP, remitido con el Memorándum Nº 1877-2019-MINCETUR/ SG/OGA; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora LEYGE VILLANUEVA ROSILLO como Directora de la Dirección de Investigación