Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2019 (12/09/2019)
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NORMAS LEGALES
Jueves 12 de setiembre de 2019 /
El Peruano
la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Francisco Ricardo Ramírez Legonia; y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, conforme al Tratado vigente y la normativa interna aplicable al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1806430-11
expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, mediante el Informe Nº 039-2019/COE-TPC, del 12 de marzo de 2019, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de ampliación de la extradición activa del ciudadano peruano MARTÍN ANTONIO BELAÚNDE LOSSIO, para ser procesado por el delito de colusión agravada en agravio del Estado peruano; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Bolivia, suscrito en Lima el 27 de agosto de 2003, y vigente desde el 3 de marzo de 2010; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano MARTÍN ANTONIO BELAÚNDE LOSSIO, formulada por el Segundo Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional, y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de colusión agravada en agravio del Estado peruano; y disponer su presentación por vía diplomática a las autoridades judiciales del Estado Plurinacional de Bolivia, conforme al Tratado vigente y la normativa interna aplicable al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1806430-12
Acceden a solicitud de ampliación de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación a Bolivia
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 202-2019-JUS Lima, 11 de setiembre de 2019 VISTO; el Informe Nº 039-2019/COE-TPC, del 12 de marzo de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la ampliación de la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano MARTÍN ANTONIO BELAÚNDE LOSSIO, formulada por el Segundo Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional a las autoridades judiciales del Estado Plurinacional de Bolivia, para ser procesado por la presunta comisión del delito de colusión agravada, en agravio del Estado peruano; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 11 de setiembre de 2018, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de ampliación de la extradición activa del ciudadano peruano MARTÍN ANTONIO BELAÚNDE LOSSIO, formulada por el Segundo Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional a las autoridades judiciales del Estado Plurinacional de Bolivia, para ser procesado por el delito de colusión agravada, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 105-2018); Que, el inciso a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa y su ampliación, conforme al numeral 1 del artículo 520 del Código Procesal Penal, remitido por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición activa, mediante Resolución Suprema
Acceden a solicitud de extradición pasiva de ciudadana peruana formulada por autoridades de Argentina
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 203-2019-JUS Lima, 11 de setiembre de 2019 VISTO; el Informe Nº 136-2018/COE-TPC, del 21 de agosto de 2018, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva de la ciudadana peruana MARTINA NEREIDA ZAPATA CASTILLO, formulada por el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 2 de la Capital Federal de la República Argentina, para ser procesada por la presunta comisión del delito de tentativa de contrabando de estupefacientes con el ulterior fin de comercialización; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;